La entidad "Aseguradora Valenciana, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros", inscrita en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras, previsto en el artículo 74.1 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, ha presentado en la Dirección General de Seguros solicitud de autorización para operar en los ramos de accidentes y enfermedad (excluida la asistencia sanitaria), números 1 y 2, respectivamente, de los clasificados en la disposición adidicional primera de la citada Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
De la documentación que adjunta la entidad a la solicitud formulada se desprende que "Aseguradora Valenciana, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros" ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la legislación vigente.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto autorizar a la entidad "Aseguradora Valenciana, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros", para operar en los ramos de accidentes y enfermedad (excluida la asistencia sanitaria) números 1 y 2, respectivamente, de los clasificados en la disposición adicional primera de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 28 de noviembre de 1997.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.
Ilma. Sra. Directora general de Seguros.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid