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En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Tomás Acha Alday, contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la indemnización por responsabilidad patrimonial de la Administración de Justicia, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 22 de julio de 1998, cuya parte dispositiva dice:
«Fallamos: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Tomás Acha Alday, contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la solicitud de indemnización por responsabilidad patrimonial de la Administración de Justicia formulada por el interesado, por ser dicha desestimación, en los extremos examinados, conforme a derecho.
Sin hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio de Justicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 18 de noviembre de 1998.-P. D. (Orden de 29 de octubre de 1996), el Subsecretario, Ramón García Mena.
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.
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