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Documento BOE-A-1998-29085

Resolución de 20 de noviembre de 1998, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, declarada firme, en el recurso contencioso-administrativo número 1827/96, promovido por «Auchán, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 16 de diciembre de 1998, páginas 42223 a 42223 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-29085

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1827/96, interpuesto

ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Auchán, Sociedad

Anónima", contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas

de 9 de mayo de 1996, se ha dictado, con fecha 27 de febrero de 1998,

por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva

es como sigue:

"Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso

contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Rodríguez Montaut, en

representación de la entidad ªAuchán, Societe Anonymeº, contra la

Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 9 de mayo

de 1996 que, con estimación del recurso ordinario deducido por ªÁnfora

Import-Export, Sociedad Anónimaº, contra Acuerdo anterior, denegó la

inscripción de la marca internacional número 622.510 ªBorneoº, para

amparar productos de las Clases 29, 30 y 31 del nomenclátor, debemos

declarar y declaramos la mencionada Resolución disconforme con el

ordenamiento jurídico en cuanto denegó la marca pretendida para la Clase

31, anulándola en dicho extremo y acordando, en consecuencia, la

inscripción de la marca reseñada para los productos que reivindica en la

Clase 31.

Asimismo, desestimamos el recurso en cuanto a la denegación de la

inscripción para las Clases 29 y 30 del nomenclátor, declarando la

Resolución impugnada, en este particular, ajustada a derecho.

Todo ello, sin hacer especial imposición de las costas procesales

causadas."

En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en

la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se

cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el

aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".

Lo que comunico a V. S.

Madrid, 20 de noviembre de 1998.-El Director general, José López

Calvo.

Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones

Internacionales.

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