En el recurso contencioso-administrativo número 270/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Indiba, Sociedad Anónima», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 7 de mayo de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 22 de octubre de 1992, se ha dictado, con fecha 1 de abril de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre y representación de “Indiba, Sociedad Anónima”, contra el acuerdo dictado por la Oficina Española de Patentes y Marcas de 22 de octubre de 1992 por el que se desestimaba previo recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo otorgando el modelo de utilidad de referencia, número 8901325(5), acuerdos que declaramos nulos y sin efecto alguno, por no ser ajustados a derecho, procediendo en consecuencia dejar sin efecto alguno el registro del modelo de utilidad impugnado. Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 20 de noviembre de 1998.‒El Director general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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