En el recurso contencioso-administrativo número 1425-95, interpuesto,
ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por "Societé des Produits
Nestlé, Sociedad Anónima", contra resolución de la Oficina Española de
Patentes y Marcas, de 7 de septiembre de 1995, se ha dictado, con fecha 14
de enero de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya
parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso
contencioso-administrativo número 1425-95 interpuesto por el Procurador don
Eduardo Codes Feijoó, en nombre y representación de la ``Societé des
Produits Nestlé, Sociedad Anónima'', contra la resolución de la Oficina
Española de Patentes y Marcas, de 7 de septiembre de 1995, que, al estimar
el recurso ordinario planteado contra la resolución anterior de la misma
oficina, de fecha 17 de enero de 1994, publicada en el ªBOPIº el 16 de
mayo de 1994, denegó la marca internacional ``Polo'', número 573.045,
para productos de la clase 30 (limitada), procediendo declarar nula la
resolución de la OEPM impugnada, y conceder la marca que se acaba
de mencionar. Sin costas."
En su virtud, este Organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 20 de noviembre de 1998.-El Director general, José López
Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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