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Documento BOE-A-1998-29255

Orden de 14 de diciembre de 1998 por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso por promoción interna en la Escala de Titulados Técnicos Especializados del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 18 de diciembre de 1998, páginas 42535 a 42541 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-29255

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 493/1998,

de 27 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 28), por el que

se aprueba la oferta de empleo para 1998, y con el fin de atender

las necesidades de personal en la Administración Pública, este

Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas

en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe favorable

de la Dirección General de la Función Pública, y acuerdo de la

Junta de Gobierno del CSIC, acuerda convocar pruebas selectivas

para el ingreso, por promoción interna, en la Escala de Titulados

Técnicos Especializados (código 5421) del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir por

promoción interna 15 plazas de la Escala de Titulados Técnicos

Especializados (código 5421) del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas, desde Cuerpos o Escalas del grupo C, distribuidas entre

los diferentes grupos de materias específicas de la forma en que

figura en el anexo II de la presente convocatoria.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado" del 3); la

Ley 23/1988, de 28 de julio, de Modificación de la Ley de Medidas

para la Reforma de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado"

del 29); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que

se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al

Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de

Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado ("Boletín Oficial

del Estado" de 10 de abril), y lo dispuesto en la presente

convocatoria.

1.3 La adjudicación de las plazas a los aspirantes aprobados

se efectuará de acuerdo con la suma total de las puntuaciones

obtenidas por éstos en las diferentes fases de que consta el proceso

selectivo.

No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número

de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier

propuesta que contradiga lo señalado será nula de pleno derecho.

1.4 El procedimiento de selección de los aspirantes constará

de las siguientes fases: Concurso y oposición.

1.5 El proceso selectivo estará formado por las fases,

ejercicios y valoraciones que se especifican en el anexo I de esta

Orden.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará

a partir de la segunda quincena del mes de abril de 1999.

1.7 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como anexo II a la presente Orden.

1.8 Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el

comienzo del siguiente no podrá transcurrir más de cuarenta y cinco

días naturales.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

c) Pertenecer como funcionario de carrera a algún Cuerpo

o Escala del grupo C incluidos en el artículo 1.1 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto.

d) Estar incluido a efectos de promoción profesional en el

ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,

por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del

Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de

Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los

Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

e) Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicio

en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan el día de la finalización

del plazo de presentación de solicitudes de participación

(artículo 76 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo).

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 en

puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las

de los Cuerpos o Escalas del grupo C serán computables, a efectos

de antigüedad, para participar en estas pruebas selectivas.

f) Estar en posesión de la titulación exigida para el ingreso

en Cuerpos o Escalas del grupo B en el artículo 25 de la

Ley 30/1984, de 2 de agosto (título de Ingeniero Técnico,

Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional

de tercer grado o equivalente), o en condiciones de obtenerlo en

la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes

(artículo 76 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo).

g) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

h) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes

funciones.

2.2 Todos los requisitos enumerados en esta base deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta la toma de posesión como

funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo, en cuyo ángulo

superior derecho figura "Modelo 750"), que será facilitado

gratuitamente en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades

Autónomas, en las Subdelegaciones del Gobierno, así como en

el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas (calle María de Molina, 50, de Madrid), en

la Dirección General de la Función Pública (calle María de

Molina, 50, de Madrid), en el Instituto Nacional de Administración

Pública (calle Atocha, 106, de Madrid), en las representaciones

diplomáticas o consulares de España en el extranjero, así como

en la sede central del Consejo Superior de Investigaciones

Científicas (calle Serrano, 117, de Madrid) y los locales del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas (calle Serrano, 113, de

Madrid).

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Educación

y Cultura". En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar

"Consejo Superior de Investigaciones Científicas". En el espacio

destinado a código que figura debajo, se cumplimentará el 18202.

En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen, en el

espacio destinado a código se hará constar el 18 020, rellenándose

sólo los dos primeros dígitos.

En el recuadro número 15 se señalará "Titulados Técnicos

Especializados", consignándose el código 5421 en el espacio reservado

para el mismo que figura a su lado.

En el recuadro número 17, relativo a la forma de acceso, se

consignará "P" (acceso por el sistema de promoción interna).

En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín

Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente

convocatoria.

En el recuadro número 20. Provincia de examen: Se hará

constar "Madrid".

En el epígrafe número 24. "Títulos Académicos Oficiales" se

hará constar la titulación que se posee para participar en estas

pruebas, en virtud de lo señalado en la base 2.1.f) de esta

convocatoria.

En el recuadro A) del epígrafe 25 "Datos a consignar según

las Bases de la Convocatoria", del modelo de solicitud, se hará

constar expresamente el grupo de materia específica a la que

concurre, elegido de entre los propuestos en la presente convocatoria

(ver anexo II).

En el recuadro B) del mismo epígrafe 25, se consignará el

Cuerpo o Escala a la que pertenece el aspirante.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, calle

Serrano, número 117, 28006 Madrid, o en la forma establecida en

el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), en

el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la

publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Los aspirantes no podrán presentar más de una solicitud ni

solicitar más de un grupo de materias específicas de las que se

encuentran en el anexo II.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario

de haber satisfecho los derechos de examen, mediante el oportuno

ingreso del importe correspondiente en la cuenta corriente

número 2038-1183.46.6000548962, abierta en la sucursal 1183 de

Caja Madrid, calle López de Hoyos, número 68, a nombre de

"CSIC Tasas 18.20 derechos de examen".

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de

Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas

por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

3.3 El importe de la tasa correspondiente a los derechos de

examen será de 1.500 pesetas que se consignará en el recuadro

destinado al mismo en el modelo de solicitud. El abono de la

tasa de dichos derechos de examen podrá efectuarse en cualquier

Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa de Crédito, de las que

actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria,

sin que sea preciso indicar un número de cuenta corriente al efecto.

Estarán exentos del pago de la tasa las personas con grado

de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo

acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

Junto con la solicitud deberá acompañarse resguardo

acreditativo del pago de los derechos de examen. Esta acreditación se

realizará mediante certificación mecánica, por medio de impresión

de máquina contable, o mediante el sello y firma autorizada en

los tres ejemplares del modelo de solicitud. En caso de que el

pago se haya efectuado mediante transferencia bancaria, deberá

acompañarse a la solicitud el resguardo acreditativo de la misma.

La falta de una justificación del abono de los derechos de

examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago en el Banco supondrá

la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,

de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.4 Las solicitudes, dirigidas al excelentísimo señor

Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, deberán

acompañarse de una fotocopia del documento nacional de

identidad o pasaporte.

3.5 Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la

misma. Asimismo, deberán solicitar expresándolo en el recuadro

número 23, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para

la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea

necesaria.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la

Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas

dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, que se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado", declarando aprobada la lista

de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación, en este último

caso, de las causas de exclusión. En la lista deberá constar en

todo caso los apellidos, nombre y número del documento nacional

de identidad o pasaporte.

Además, se determinará el lugar y fecha de comienzo de los

ejercicios.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la Resolución, para subsanar el defecto que haya motivado

su exclusión.

Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27), en

el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su

publicación, ante el órgano competente del orden jurisdiccional

contencioso-administrativo.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto

de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los

aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la

relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan

en la pertinente lista certificada completa de admitidos y excluidos,

que se expondrán al público en los tablones de anuncios de la

sede central del Consejo Superior de Investigaciones Científicas,

calle Serrano, número 117; en los locales del CSIC, calle Serrano,

número 113; en los centros e institutos del organismo, en la

Dirección General de la Función Pública, y en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio de las Administraciones Públicas

4.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputable al sujeto

pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos

de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas

por causa imputable al interesado.

5. Tribunales

5.1 Los Tribunales calificadores de estas pruebas selectivas

estará constituido en la forma que se determina en el anexo III

de esta convocatoria.

5.2 Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Presidente del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas cuando concurran en ellos

circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27), o si hubiesen realizado tareas de

preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años

anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá exigir de los miembros de los Tribunales

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado"

del 27).

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de

los Tribunales de acuerdo con lo establecido en el artículo 29

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27).

5.3 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo,

la autoridad convocante hará público el nombramiento de los

nuevos miembros de los Tribunales que hayan de sustituir a los que

hayan perdido su condición por alguna de las causas anteriores.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal, con la asistencia del Presidente y Secretario, y la mitad,

al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrarán su

sesión de constitución, al menos, diez días antes de la realización

del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar

validamente, requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o,

en su caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad al menos

de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se debe hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación de los Tribunales se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del

Estado" del 27).

5.7 Los Tribunales calificadores adoptarán las medidas

precisas de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares

condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de

los participantes. En este sentido, se establecerán para las

personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la

base 3.5, las adaptaciones posibles en tiempos y medios para

su realización.

A tal efecto, los Tribunales podrán recabar informe y, en su

caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración

laboral, sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de

Trabajo y Asuntos Sociales.

5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias los

Tribunales tendrán su sede en los locales del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 113, 28006

Madrid, teléfonos 91 585 52 65/5264/5263.

5.9 Los Tribunales que actúen en estas pruebas selectivas,

tendrán la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV del

Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19). Una vez conocido el número de aspirantes, por el

Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas se

establecerá el número máximo de sesiones que podrá realizar el

Tribunal.

5.10 Los Tribunales no podrán aprobar ni declarar que han

superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes

al de plazas convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Las pruebas selectivas para ingresar en la Escala de

Titulados Técnicos Especializados del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas por el sistema de promoción interna constarán

de dos fases: Fase de concurso y fase de oposición.

6.2 El orden de actuación de los opositores de iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ", de conformidad con

la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública de fecha 15 de abril de 1998 por la que se hace público

el resultado del sorteo celebrado el día 3 de abril de 1998 ("Boletín

Oficial del Estado" del 18).

En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer

apellido comience por la letra "Ñ", el orden de actuación se iniciará

por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra "O", y

así sucesivamente.

6.3 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su

identidad.

6.4 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas selectivas

quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del

segundo y tercer ejercicio se efectuará por el Tribunal, al menos,

en los locales donde se haya celebrado el primero, con veinticuatro

horas, como mínimo, de antelación a la señalada para la iniciación

del mismo. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será

publicado en los locales donde se haya celebrado y por cualquier

medio, si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de

antelación.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, la autoridad

convocante, por sí o a propuesta del Presidente del Tribunal, si

tuvieran conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a

los órganos competentes, poniendo en su conocimiento las

inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes

en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la resolución definitiva de exclusión del aspirante podrá

interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos

meses, contados a partir del día siguiente a su comunicación,

ante el órgano competente del orden jurisdiccional del

contencioso-administrativo, de acuerdo con lo establecido en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

("Boletín Oficial del Estado" del 27).

6.6 Los aspirantes que superen el primer ejercicio de la fase

de oposición deberán presentar, en un plazo de veinte días

naturales, contados a partir del siguiente al que se hagan públicas

las listas de aprobados del primer ejercicio, certificación expedida

por los servicios de personal de los Ministerios, organismos o

entidades donde presten o hayan prestado sus servicios. La

certificación (según modelo que figura como anexo V a esta

convocatoria) hará mención expresa de la antigüedad en el Cuerpo

o Escala de procedencia, referida al día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes, del grado personal consolidado

y de los años de servicios efectivamente desempeñados en el

Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

La lista que contenga la valoración provisional de méritos de

la fase de concurso se hará pública mediante Resolución del

Presidente del CSIC para aquellos aspirantes que hayan superado

la fase de oposición.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles,

contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha

Resolución, para alegar las rectificaciones pertinentes respecto a la

valoración provisional de méritos en la fase de concurso. Por la

misma autoridad se publicará Resolución que contenga la relación

de las puntuaciones definitivas en dicha fase.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo

de dos meses, a contar a partir del día siguiente a su publicación,

ante el órgano competente del orden jurisdiccional

contencioso-administrativo.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, los Tribunales harán

públicas en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio,

así como en la sede de los Tribunales, y en aquellos otros que

estime oportuno, la relación de aprobados dentro de cada grupo

de materias específicas por orden de puntuación total alcanzada,

con indicación de su número de documento nacional de identidad

o pasaporte.

Los Presidentes de los Tribunales enviarán una copia certificada

de la relación de aprobados al Presidente del Consejo Superior

de Investigaciones Científicas.

Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

8. Presentación de documentos

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el

día siguiente a aquel en que se publicaron las relaciones de

aprobados en el "Boletín Oficial del Estado", los aspirantes aprobados

deberán presentar en los locales del Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, calle Serrano, número 113, 28006 Madrid,

los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido [base 2.1.f)] o

certificación académica que acredite su posesión en la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad

ni estar afectado por limitación física ni psíquica que sea

incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna

Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV

a esta convocatoria.

8.2 Quienes, dentro del plazo indicado y salvo los casos de

fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen

de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos

exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber

incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

9. Nombramiento de funcionarios

9.1 Los candidatos propuestos serán nombrados funcionarios

de carrera de la Escala de Titulados Técnicos Especializados, por

el Ministerio de Educación y Cultura, con especificación del destino

adjudicado.

Los nombramientos serán publicados en el "Boletín Oficial del

Estado".

9.2 La toma de posesión de los candidatos nombrados

funcionarios de carrera se efectuará en el plazo de un mes desde

la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial

del Estado".

10. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser

impugnados en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27).

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las Resoluciones de los Tribunales, conforme a lo

previsto en la mencionada Ley.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 14 de diciembre de 1998.-P. D. (Orden 1 de marzo

de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 2), el Presidente del

Consejo Superior de Investigaciones Científicas, César Nombela

Cano.

ANEXO I

Ejercicios y valoración

El sistema selectivo será el concurso-oposición.

La fase de concurso se calificará con un máximo de 14 puntos.

La fase de oposición se calificará con un máximo de 20 puntos.

La puntuación final del proceso selectivo vendrá dada por la

suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases,

concurso y oposición.

En el supuesto de producirse empates al confeccionar la lista

de aspirantes aprobados, aquéllos se dirimirán a favor del que

hubiese obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de

la fase de oposición. En caso de persistir el empate se acudirá

a la puntuación obtenida en el primer ejercicio. De mantenerse

esta circunstancia, se dirimirá a favor de la mayor puntuación

alcanzada en el mérito de trabajo desarrollado previamente en

el CSIC y, de persistir aún la situación de empate, se atenderá

a la puntuación otorgada a la antigüedad en el Cuerpo o Escala

de procedencia y al grado consolidado, por este orden:

a) Fase de concurso:

1. Antigüedad en el Cuerpo o Escala de procedencia: Se

valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados o

reconocidos hasta la fecha de finalización del plazo de presentación

de instancias, en el Cuerpo o Escala de procedencia, a razón

de 0,20 puntos por año hasta un máximo de cuatro puntos.

2. Trabajo desarrollado en el CSIC: Se valorarán los años

de servicios efectivamente prestados en el Consejo Superior de

Investigaciones Científicas, a razón de 0,30 puntos por año hasta

un máximo de seis puntos.

3. Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de

reconocimiento de grado por la autoridad competente en la fecha de

finalización del plazo de presentación de solicitudes, se otorgará

la siguiente puntuación:

Grados 11 y 12: Un punto.

Grados 13 y 14: Dos puntos.

Grados 15 y 16: Tres puntos.

Grados 17 y superiores: Cuatro puntos.

Las listas que contengan las puntuaciones definitivas en la fase

de concurso se harán públicas con la calificación final de la fase

de oposición.

b) Fase de oposición:

La fase de oposición constará de los ejercicios eliminatorios

que se indican a continuación:

1. Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito,

en un plazo máximo de dos horas, de dos temas a elegir entre

cinco temas extraídos por sorteo de entre los que figuran en el

programa de materias específicas elegido por el aspirante y que

figura en el anexo II. Para la realización de este ejercicio no se

podrá consultar documentación alguna. El ejercicio será leído por

el opositor en sesión pública ante el Tribunal, quien podrá dialogar

con el opositor durante un tiempo máximo de veinte minutos sobre

aspectos de los temas que ha desarrollado.

En este ejercicio se valorará los conocimientos, la claridad y

orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su

forma de presentación o exposición, y el enfoque práctico que

el opositor dé a dichos conocimientos.

2. Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito,

en un plazo máximo de dos horas, de dos temas a elegir entre

cinco temas extraídos por sorteo de entre los que figuran en el

programa común que figura en el anexo II de esta convocatoria.

Para la realización de este ejercicio no se podrá consultar

documentación alguna. El ejercicio será leído por el opositor en sesión

pública ante el Tribunal, quien podrá dialogar con el opositor

durante un tiempo máximo de veinte minutos sobre aspectos de

los temas que ha desarrollado.

En este ejercicio se valorará los conocimientos, la claridad y

orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su

forma de presentación o exposición.

Todos los ejercicios de la fase de oposición se calificará de

cero a 10 puntos. El valor medio de las puntuaciones computadas

constituirá la calificación del ejercicio, siendo necesario alcanzar

cinco puntos como mínimo para pasar al ejercicio siguiente.

Al calcular el valor medio de las puntuaciones en cada uno

de los ejercicios, se excluirá del cómputo de puntuaciones la más

alta y la más baja, sin que en ningún caso pueda ser excluida

más de una máxima y una mínima.

En los dos ejercicios la calificación se hará al término de cada

ejercicio, publicándose la relación de quienes los hubieran

superado y sus puntuaciones.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios.

ANEXO II

Programa

M ATERIAS COMUNES A TODOS LOS OPOSITORES

1. La Constitución Española de 1978: Características.

Derechos fundamentales y libertades públicas.

2. La Administración Pública: Principios constitucionales

informadores. La Administración General del Estado. Órganos

superiores de la misma.

3. La Administración institucional. Repercusión de la Ley de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado (LOFAGE).

4. El procedimiento administrativo: Concepto y naturaleza.

La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común.

5. Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Características. Ámbito de aplicación. Órganos Superiores de la

Función Pública.

6. Planificación de Recursos Humanos. Relaciones de Puestos

de Trabajo.

7. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Derechos y deberes de los funcionarios.

8. El Consejo Superior de Investigaciones Científicas:

Naturaleza y funciones. La Ley de Fomento y Coordinación General

de la Investigación Científica y Técnica. El Reglamento del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas.

G RUPOS DE MATERIAS ESPECÍFICA S

1. Documentación, Biblioteconomía, Humanidades y Ciencias

Sociales

Número de plazas: Tres

1. Bibliotecas especializadas en España. Organización y

servicios.

2. La red de bibliotecas del CSIC. Estructura y funciones.

3. El análisis documental. La descripción bibliográfica.

4. Principales sistemas de clasificación documental y

clasificación.

5. Proceso técnico en un entorno automatizado: Catalogación

y clasificación en Aleph.

6. Internet y la documentación. Correo electrónico, Telnet,

Webs. Descripción de recursos Webs.

7. El servicio de referencia: Objetivos y perspectivas.

8. Principales fuentes de información en Ciencias Sociales

y Humanidades.

9. Búsqueda y tratamiento de la información al servicio de

la investigación humanística y social.

10. Préstamo interbibliotecario. Acceso al documento

original. Transmisión electrónica de documentos.

11. Sistemas de información geográfica. Cartografía.

12. Estadística aplicada a las Ciencias Sociales.

2. Técnicas en Biología

Número de plazas: Tres

1. Principios y fundamentos del metabolismo celular.

Procesos anabólicos y catabólicos y sus mecanismos generales de

regulación.

2. Crecimiento y división celular. Ciclo celular. Mitosis y meiosis.

3. Fundamentos de cinética enzimática. Ensayos y

determinaciones enzimáticas o de cualquier otra molécula con actividad

biológica. Técnicas de preparación de extractos celulares y de

fraccionamiento subcelular.

4. Técnicas de análisis bioquímico o biológico.

Espectrofotometría ultravioleta, infrarrojo y otras. Espectrofluorimetría. Otras

técnicas analíticas de ensayo y valoración de moléculas biológicas

y/o de interés biotecnológico.

5. Utilización de radioisótopos en experimentación en

Ciencias de la Vida y de la Tierra.

6. Cultivo de microorganismos. Técnicas de aislamiento y

propagación de cultivos puros. Cuantificación y control del

crecimiento microbiano. Colecciones de microorganismo.

7. Cultivos celulares (células animales). Medios y métodos

de selección, crecimiento y mantenimiento. Técnicas para el

desarrollo de modelos animales por manipulación genética.

8. Cultivos celulares (células vegetales). Cultivos in vitro de

tejidos vegetales. Plantas transgénicas.

9. Técnicas de purificación y análisis de proteínas u otras

moléculas biológicas o de interés biotecnológico. Métodos

cromatográficos y electroforéticos.

10. Técnicas analíticas relacionadas con el metabolismo lipídico.

11. Técnicas y procedimientos relacionados con

experimentación animal en Fisiología y Farmacología.

12. Técnicas de observación microscópica. Citogenética

animal y vegetal. Microscopía visible, ultravioleta, electrónica y

confocal. Técnicas de inmunolocalización y inmunocitoquímicas.

3. Técnicas Físicas, Matemáticas e Informática

Número de plazas: Dos

1. Medidas dimensionales: Equipos, técnicas, calibración.

2. Problemas generales de las medidas: Aislamiento,

conexionado, ruido, tierra, apantallamiento.

3. El laboratorio de medidas eléctricas: Equipos para medir

voltajes y corrientes, medida de resistencia e impedancias,

medidas de alta frecuencia.

4. El laboratorio de medidas ópticas.

5. Medidas y calibraciones acústicas.

6. Medidas y calibraciones de temperatura y otras magnitudes

térmicas.

7. Técnicas de calibración de instrumentos de laboratorio.

8. Taller mecánico de precisión: Instrumentos, herramientas

y técnicas.

9. Instalación y mantenimiento de equipos informáticos:

Hardware y software.

10. Instalación y mantenimiento de redes de PCs.

11. Uso de equipos informáticos en el laboratorio:

Adquisición de datos, control de instrumentos.

12. Programas para la representación de datos: instalación

y uso.

4. Técnicas en Química

Número de plazas: Dos

1. Leyes fundamentales de las reacciones químicas.

Estructura atómica y molecular.

2. Ácidos y bases. Concepto de pH. Métodos de

determinación, electrodos selectivos de iones.

3. Cinética química. Velocidad de reacción y equilibrio químico.

4. Seguridad en laboratorios. Agentes de riesgo, prevención.

5. Técnicas analíticas e instrumentales. Gravimetría.

Aspectos prácticos, instrumental, fuentes de error.

6. Técnicas analíticas e instrumentales. Volumetría. Aspectos

prácticos, instrumental, fuentes de error.

7. Cromatografía de gases y líquidos. Fundamentos,

parámetros e instrumentación básica.

8. Técnicas espectroscópicas en química orgánica.

Fundamentos, identificación y cuantificación.

9. Espectroscopia infrarroja. Tipos de técnicas,

instrumentación, preparación de muestras, análisis de sólidos y líquidos,

cuantificación.

10. Espectroscopía UV-visible. Fundamento, ley de

Beer-Lambert, preparación de muestras, análisis de sólidos y líquidos.

11. Técnicas de microscopía: Ópticas y electrónica.

12. Espectrometría de masas. Fundamento, instrumentación

y ejemplos de aplicación.

5. Instalaciones, Equipos e Instrumentación

Número de plazas: Dos

1. Técnicas generales de mantenimiento y gestión de

animalarios.

2. Técnicas generales de mantenimiento y gestión de

invernaderos, fincas experimentales y plantas piloto.

3. Instalación y mantenimiento de equipos informáticos.

4. Sistemas de conducción de gases, normas de instalación,

condiciones de seguridad.

5. Ahorro y calidad de la energía eléctrica, seguridad de las

instalaciones.

6. Protecciones eléctricas, fusibles, relés térmicos,

interruptores automáticos magnetotérmicos, protección diferencial,

aislamiento y resistencia a tierra.

7. Climatización, sistemas de refrigeración y calefacción, la

bomba de calor.

8. Agua sanitaria, sistemas de calentamiento, tipos de

intercambiadores de calor, circuitos de refrigeración.

9. Grupos electrógenos y sistemas de alimentación

interrumpida. Protección contra sobretensiones transitorias.

10. Circuitos de corriente alterna, corrientes polifásicas,

análisis de circuitos.

11. Electromagnetismo, el motor eléctrico, transformadores,

relés, transductores y sensores.

12. Mantenimiento y control de cámaras de crecimiento

controlado y frigoríficas.

6. Gestión I+D

Número de plazas: Tres

1. El Consejo Superior de Investigaciones Científicas:

Organización, estructura y funcionamiento.

2. Sistema informático de gestión contable aplicada a los

proyectos de investigación.

3. Gestión económica en los Centros e Institutos del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas.

4. Gestión de la adquisición de equipamiento científico en

el Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Inventario de

los Centros e Institutos del Consejo.

5. Protección de resultados. Gestión de la propiedad

industrial en organismos públicos. Ley de Propiedad Intelectual.

6. Contratos de transferencia de tecnología.

7. Los programas comunitarios de investigación y desarrollo.

Instituciones europeas de Ciencia y Tecnología.

8. Cooperación bilateral y multilateral del Consejo Superior

de Investigaciones Científicas en I+D en el ámbito internacional.

9. El sistema de becas en el Consejo Superior de

Investigaciones Científicas.

10. Regulación de las Escalas de personal propias del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas. Modalidades de

contratación laboral en el Consejo Superior de Investigaciones

Científicas.

11. La provisión de puestos de trabajo de los funcionarios

públicos. Las situaciones administrativas.

12. Sistema retributivo del personal al servicio del Consejo

Superior de Investigaciones Científicas.

ANEXO III

Tribunales

Documentación, Biblioteconomía, Humanidades y Ciencias Sociales

Tribunal titular:

Presidente: Don Tomás Fraile Santos, Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Vocales: Don Antonio Ezquerro Esteban, Titulado Técnico; don

José María Sánchez Nistal, Titulado Técnico, y doña Isabel Morón

Merchante, Titulada Técnica.

Secretaria: Doña Agnes Ponsati Obiols, Titulada Superior.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Emilio Fernández Galiano, Investigador

Científico.

Vocales: Don Juan Jesús Rey Rocha, Titulado Técnico; doña

Esperanza Iglesias Fernández, Ayudante Diplomado de

Investigación, y doña María Luisa Tárraga Baldó, Titulada Superior.

Secretaria: Doña Yolanda Ríos García, Titulada Técnica.

Técnicas en Biología

Tribunal titular:

Presidenta: Doña Isabel Goicoechea Aranguren, Cuerpo

Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales: Doña María Teresa Margarita Suárez González,

Colaboradora Científica; doña Dolores Piulats Baga, Colaboradora

Científica, y doña Teresa Alberdi Alonso, Profesora de

Investigación.

Secretaria: Doña Pilar Pastor San Juan, Titulada Técnica.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Juan Ramón Vericad Corominas, Investigador

Científico.

Vocales: Don José Pérez Martín, Colaborador Científico; doña

María del Pilar Santisteban Sanz, Colaboradora Científica, y don

Javier Felipe Oroquieta, Colaborador Científico.

Secretario: Don Esteban Limón Machado, Cuerpo de Gestión

de la Administración General del Estado.

Técnicas Físicas, Matemáticas e Informática

Tribunal titular:

Presidente: Don Tomás Fraile Santos, Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Vocales: Don Germán Rodríguez Corral, Titulado Técnico; don

Jesús Reviejo Sánchez, Titulado Técnico, y don Santiago Sánchez

Solano, Colaborador Científico.

Secretaria: Doña Agnes Ponsati Obiols, Titulada Superior.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Emilio Fernández Galiano, Investigador

Científico.

Vocales: Don Alfonso Blanco Blanco, Titulado Técnico; don

Aurelio Herrero Pertierra, Cuerpo Superior de Tecnologías de la

Información de la Administración, y don José Montserrat Martí,

Titulado Superior.

Secretaria: Doña Yolanda Ríos García, Titulada Técnica.

Técnicas en Química

Tribunal titular:

Presidente: Don Miguel Dolç Rincón, Escala Técnica de

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del MEC.

Vocales: Don Enrique Lomba García, Colaborador Científico;

don Pedro Ávila García, Colaborador Científico, y doña María

Soledad Faraldos Izquierdo, Titulada Técnica.

Secretaria: Doña Pilar Pastor San Juan, Titulada Técnica.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Juan Ramón Vericad Corominas, Investigador

Científico.

Vocales: Doña Ana Martínez Gil, Colaboradora Científica; don

Alfonso Fernández-Mayorales Álvarez, Colaborador Científico, y

doña Carmen Pérez Becares, Titulada Técnica.

Secretario: Don Esteban Limón Machado, Cuerpo de Gestión

de la Administración General del Estado.

Instalaciones, Equipos e Instrumentación

Tribunal titular:

Presidente: Don Miguel Dolç Rincón, Escala Técnica de

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del MEC.

Vocales: Don José Julián Ríos Martín, Titulado Técnico; don

José Carrero Vivas, Cuerpo Superior de Tecnologías de la

Información de la Administración, y doña Adelaida Jover Carrero,

Titulada Técnica.

Secretaria: Doña Pilar Pastor San Juan, Titulada Técnica.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Juan Ramón Vericad Corominas, Investigador

Científico.

Vocales: Doña María Luisa Cifuentes Aguirre, Cuerpo Superior

de Tecnologías de la Información; don Román Mario Guerra

García, Titulado Técnico, y don Antonio Galán Lasierra, Titulado

Superior.

Secretario: Don Esteban Limón Machado, Cuerpo de Gestión

de la Administración General del Estado.

Gestión I+D

Tribunal titular:

Presidente: Don Tomás Fraile Santos, Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Vocales: Don Miguel Ángel Domínguez López, Titulado

Técnico; don Pedro de Cabo Gómez, Titulado Técnico, y don Carlos

Ramón García López-Egea, Cuerpo de Gestión de Sistemas de

Información de la Administración.

Secretaria: Doña Agnes Ponsati Obiols, Titulada Superior.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Emilio Fernández Galiano, Investigador

Científico.

Vocales: Doña Mercedes García Pérez, Titulada Técnica; don

Ángel Carlos Herrero Pertierra, Cuerpo Superior de Tecnologías

de la Información de la Administración, y doña Soledad Vela

Herrera, Cuerpo de Gestión de Sistemas de Información de la

Administración.

Secretaria: Doña Yolanda Ríos García, Titulada Técnica.

ANEXO IV

Don ..............................................................,

con domicilio en.....................................................

y documento nacional de identidad número.......................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala de.........................................,

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

En ................., a ...... de ................. de 19 ...

ANEXO V

(El certificado debe extenderse en fotocopia de este anexo)

Don/doña.......................................................,

cargo................................................................,

centro directivo o unidad administrativa...........................

CERTIFICO: Que según los antecedentes obrantes en este

Centro, el funcionario abajo indicado está incluido en el ámbito de

aplicación de la Ley 30/1984 y tiene acreditados los siguientes

extremos a la fecha del plazo de presentación de solicitudes.

Apellidos...............................Nombre...............

Cuerpo o Escala a que pertenece (grupo C).........................

Código de Cuerpo...................................................

DNI:..........Número Registro de Personal:.....................

Destino actual.......................................................

.......................................................................

Situación administrativa............................................

.......................................................................

Número total de años de servicios completos prestados en el

Cuerpo o Escala de pertenencia:......

Grado personal consolidado y formalizado:......

Número de años de servicios completos prestados en el CSIC:......

Y para que conste expido la presente certificación en..............

(Localidad, fecha, firma y sello.)

Conforme el interesado

Subdirección General de Recursos Humanos, Consejo Superior

de Investigaciones Científicas, calle Serrano, 117, 28006

Madrid.

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid