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Documento BOE-A-1998-29547

Resolución de 25 de septiembre de 1998, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos de Gestión por el turno de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 22 de diciembre de 1998, páginas 43053 a 43060 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-29547

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria

decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado"

del 3), adicionada por la Ley 23/1988, de 28 de julio ("Boletín

Oficial del Estado" del 29), y en artículo 37 de la Ley de

Presupuestos Generales del Estado para 1991, este Rectorado, en

uso de las competencias atribuidas en el artículo 18 de la Ley

de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.2.e) de

la misma, así como en los Estatutos de la Universidad de Málaga,

aprobados por Decreto 173/1985, de 31 de julio, del Consejo

de Gobierno de la Junta de Andalucía ("Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" de 27 de agosto), y el artículo 5 del Acuerdo del

Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991 ("Boletín Oficial

del Estado" de 1 de abril), acuerda convocar pruebas selectivas

para el ingreso en la Escala de Técnicos de Gestión de la

Universidad de Málaga, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Número de plazas convocadas: Se convocan pruebas

selectivas para cubrir una plaza de funcionario de la Escala de

Técnicos de Gestión de esta Universidad, por el turno de "plazas

afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas", modificada

por la Ley 23/1988, de 28 de julio, que corresponde a puesto

de trabajo desempeñado por personal laboral de esta Universidad

que ha sido clasificado como reservado a personal funcionario.

1.1.1 Las plazas convocadas y no cubiertas no podrán ser

acumuladas a otros turnos de acceso, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 9.8 del Acuerdo del Consejo de Ministros

de 27 de marzo de 1991.

1.2 Disposiciones aplicables: A las presentes pruebas

selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín

Oficial del Estado" del 3); la Ley 23/1988, de 28 de julio ("Boletín

Oficial del Estado" del 29); el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril); el

artículo 37 de la Ley 91/1990, de 27 de diciembre ("Boletín Oficial

del Estado" del 28), de los Presupuesto Generales del Estado para

1991; lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de

27 de marzo de 1.991 ("Boletín Oficial del Estado" de 21 de abril);

los Estatutos de la Universidad de Málaga, y lo dispuesto en la

presente convocatoria.

1.3 Sistema de selección: El proceso selectivo constará de

una fase de concurso y otra de oposición con las pruebas y

puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 El aspirante que supere las pruebas selectivas quedará

destinado en el puesto de trabajo de personal funcionario en que

su puesto se haya reconvertido.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición no se realizará

antes del 27 de noviembre de 1998.

Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a

la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de

oposición, el Rectorado de la Universidad hará pública la lista

de aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso.

Dicha lista deberá ponerse de manifiesto, en todo caso, en el

local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de la fase de

oposición y en el tablón de anuncios del Rectorado de la

Universidad.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Requisitos generales: Para ser admitido a la realización

de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los

siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado

miembro de la Unión Europea, o nacional de aquellos estados

a los que en virtud de los tratados internacionales celebrados por

la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la

libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta

se halle definida en tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber

cumplido la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero,

Arquitecto o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha

en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente

disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

f) Tener el 31 de abril de 1986 la condición de personal laboral

fijo, estar en la situación de servicio activo y desempeñar una

categoría laboral correspondiente al grupo II en la Universidad

de Málaga.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de

finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos

hasta el momento de la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Modelo de solicitud: Quienes deseen tomar parte en estas

pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será

facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de

Málaga, y en las Subdelegaciones del Gobierno de cada provincia,

siempre que las solicitudes de que dispongan éstas sean de

características similares a la publicada como anexo IV.

A la instancia se acompañará una fotocopia del documento

nacional de identidad.

3.2 Recepción de solicitudes: La presentación de solicitudes

se hará en el Registro General de esta Universidad, plaza de El

Ejido, sin número, edificio Rectorado, o en las formas establecidas

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán al Rector de la

Universidad de Málaga.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero

podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior,

a través de las representaciones diplomáticas o consulares

españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al

organismo competente.

3.3 Justificación de los derechos de examen: El interesado

adjuntará a la solicitud comprobante bancario de haber satisfecho

los derechos de examen. En ningún caso, se dará carácter de

solicitud al simple abono de dichos derechos en la entidad bancaria

correspondiente.

3.4 Derechos de examen: Los derechos de examen serán de

5.000 pesetas y se ingresarán en el Banco Español de Crédito

cuenta corriente número 0870226-271, bajo el nombre de

"Universidad de Málaga. Pruebas Selectivas P.A.S.". En la solicitud

deberá figurar el sello del mencionado banco, acreditativo del pago

de los derechos y cuya falta determinará la exclusión del aspirante.

Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los

aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la

realización de las pruebas.

3.5 Subsanación de errores: Los errores de hecho que

pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio

o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Relación de admitidos y excluidos: Expirado el plazo de

presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Málaga

dictará resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado", declarando aprobada la lista

de admitidos y excluidos.

En dicha Resolución se indicarán los lugares en que se

encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de

aspirantes admitidos y excluidos y se determinará el lugar y la fecha

del comienzo de los ejercicios. Dichas listas deberán ponerse de

manifiesto, en todo caso, en la Universidad de Málaga y en la

Subdelegación del Gobierno de la misma provincia. En ellas

constarán al menos los apellidos, nombre y número de documento

nacional de identidad, así como las causas de exclusión.

4.2 Plazo de subsanación: Los aspirantes excluidos o que no

figuren en la relación de admitidos dispondrán de un plazo de

diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la

publicación de la Resolución en el "Boletín Oficial del Estado" para

poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso ordinario,

en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación,

ante el Rector de la Universidad de Málaga, que resolverá lo

procedente.

De no presentarse recurso ordinario, el escrito de subsanación

de defectos se considerará recurso ordinario si el aspirante fuese

definitivamente excluido de la realización de los ejercicios.

5. Tribunal calificador

5.1 Composición: El Tribunal calificador de estas pruebas es

el que figura en el anexo V de esta convocatoria.

5.2 Abstención y recusación: Los miembros del Tribunal

deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la

Universidad de Málaga cuando concurran en ellos circunstancias de

las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes

a pruebas selectivas de acceso al cuerpo, en los cinco años

anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en dicho artículo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran algunas de dichas circunstancias.

5.3 Cambio en la composición: Con anterioridad a la

iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará

en el "Boletín Oficial del Estado" resolución por la que se nombre

a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los

que hubieran perdido su condición por alguna de las causas

previstas en la base 5.2.

5.4 Constitución: Previa convocatoria del Presidente, se

constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y

Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de

treinta días, a partir de su designación, y mínimo de diez días

antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas (concurso-oposición).

5.5 Sesiones: El Tribunal, a partir de su constitución y para

el resto de las sesiones del mismo, para actuar válidamente

requerirá la misma mayoría de miembros, titulares o suplentes, indicada

en el apartado anterior.

5.6 Actuación del Tribunal: A lo largo del proceso selectivo

el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver

cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.

5.7 Asesores: El Tribunal podrá disponer la incorporación

a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas

correspondientes de los ejercicios que se estime pertinente, limitándose

dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades

técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse

al Rector de la Universidad de Málaga.

5.8 Información a los participantes: A efectos de

comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el

Rectorado de la Universidad de Málaga, plaza de El Ejido, sin número,

29071 Málaga, teléfono 95 213 10 00.

5.9 El Tribunal tendrá la categoría primera de la recogidas

en el artículo 32.2 del Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín

Oficial de la Junta de Andalucía" de 21 de abril).

5.10 En ningún caso, el Tribunal podrá declarar que han

superado las pruebas selectivas, un número superior de aspirantes

que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga

lo establecido en este punto será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Llamamiento único: Los aspirantes serán convocados

para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de

la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza

mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el

Tribunal.

6.2 Orden de actuación: El orden de actuación de los

opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que

corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria,

atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría de

Estado para la Administraciones Públicas y de conformidad con

lo establecido en la correspondiente Resolución de la mencionada

Secretaría de Estado.

6.3 Acreditación de la identidad: En cualquier momento los

aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal

con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.4 Publicación de fechas y ejercicios: La publicación de la

fecha de celebración del segundo ejercicio de la fase de oposición

se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado

el primer ejercicio, así como en la sede del Tribunal, señalada

en la base 5.8, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente

para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al

menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los

mismos.

6.5 Exclusión de participantes: En cualquier momento del

proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que

alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos

por la presente convocatoria, previa audiencia al interesado,

deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad,

comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por

el aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas,

a los efectos procedentes.

7. Calificación final y lista de aprobados

7.1 Finalizados cada uno de los ejercicios de la fase de

oposición, el Tribunal hará público, en el lugar de celebración y en

el Rectorado de la Universidad, la relación de aspirantes

aprobados, con indicación de su documento nacional de identidad,

por orden de la puntuación obtenida.

7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

pública, en el lugar de celebración del último ejercicio, así como en

el Rectorado, la relación de aspirantes que han superado el proceso

selectivo por orden de puntuación final alcanzada.

7.3 La calificación final de las pruebas selectivas, a efectos

de declaración de aprobados, vendrá determinada por la suma

de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición, más la

de concurso.

7.4 En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en la fase de concurso y en el supuesto

de que persistiera el mismo, sucesivamente a la puntuación

obtenida en el primer ejercicio, en el segundo, en el tercer y en último

lugar atendiendo al criterio de preferencia de la mayor edad.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 Documentación a presentar: En el plazo de veinte días

naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hagan

públicas en el "Boletín Oficial del Estado" las listas de aspirantes

que hayan superado las pruebas selectivas, los opositores

aprobados deberán presentar en el Servicio de Personal (P.A.S.), de

la Universidad de Málaga, los siguientes documentos:

a) Fotocopia, debidamente compulsada, del título exigido a

los aspirantes en la base 2.1.c) de la presente convocatoria.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas según el modelo que figura como anexo VI a esta

convocatoria.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad

ni defecto físico que imposibiliten para el servicio. Este certificado

deberá ser expedido por el facultativo de medicina general de

la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso

de que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad

Social, se expedirá por la Delegación de Salud de la Junta de

Andalucía.

8.2 Anulación de actuaciones: Quienes dentro del plazo

fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren los

documentos o del examen de los mismos se dedujera que carece de

algunos de los requisitos señalados, no podrán ser nombrados

funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio

de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en

la solicitud inicial.

8.3 Nombramientos: Por el Rector, y a propuesta del Tribunal

calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de

carrera, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado".

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la

revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en

la mencionada Ley.

Málaga, 25 de septiembre de 1998.-El Rector, Antonio Díez

de los Ríos Delgado.

ANEXO I

1. Sistema de selección: El sistema de selección de los

aspirantes será el de concurso-oposición.

2. Fase de oposición: La fase de oposición estará integrada

por los ejercicios que a continuación se indican, siendo

eliminatorios la totalidad de los mismos, excepto la prueba prevista

en el apartado 2.3.

2.1 Primer ejercicio: Los aspirantes deberán desarrollar por

escrito, durante un tiempo máximo de tres horas, dos temas de

entre cinco propuestos por el Tribunal, relacionados con el

contenido de las materias de Gestión Universitaria, Derecho

Administrativo y Ciencia de la Administración, recogidas en el anexo II.

2.2 Segundo ejercicio (práctico): Consistirá en la resolución,

durante un tiempo máximo de cinco horas, de dos supuestos

prácticos de entre cuatro propuestos por el Tribunal y relacionados

con las restantes materias del anexo II no incluidas en el primer

ejercicio, debiendo los aspirantes redactar, además, la

consiguiente propuesta de resolución.

Los aspirantes podrán utilizar los textos y apuntes que

consideren necesarios, aportados por los mismos o de los existentes

en la Biblioteca del Centro, que oportunamente determine el

Tribunal.

2.3 Tercer ejercicio (idiomas): Voluntario y de méritos. Dicha

prueba será escrita y versará sobre un idioma, inglés o francés,

a elección del aspirante. Consistirá en la traducción directa sin

diccionario, durante un período máximo de una hora, de un texto

determinado por el Tribunal. Al término de la realización del

ejercicio el opositor deberá proceder a su lectura ante el Tribunal,

que podrá estar asistido de asesores en materia lingüística.

Cada opositor hará constar en la instancia por la que solicita

su participación en estas pruebas selectivas el idioma o idiomas

por los que desea examinarse.

2.4 Clasificación de los ejercicios:

2.4.1 Primer ejercicio: Se calificará de cero a 50 puntos cada

uno de los temas desarrollados, superando el mismo aquellos

aspirantes que obtengan en su conjunto 60 puntos y no hayan obtenido

menos de 15 puntos en alguno de los temas.

2.4.2 Segundo ejercicio: Igualmente se calificará de cero a

50 puntos cada uno de los supuestos prácticos desarrollados,

superando el mismo aquellos aspirantes que obtengan en su conjunto

60 puntos y no hayan obtenido menos de 15 puntos en alguno

de los supuestos.

2.4.3 Tercer ejercicio: Se calificará de cero a cinco puntos,

no teniendo este ejercicio carácter eliminatorio.

3. Fase de concurso: En la fase de concurso se valorarán,

al último día de plazo de presentación de solicitudes, los méritos

relacionados con la carrera profesional y el puesto desempeñado,

el nivel de formación y la antigüedad, del modo que a continuación

se indica y conforme al baremo que se señala en cada caso:

a) Por servicios prestados en categorías laborales

pertenecientes al grupo II, a razón de dos puntos por año completo, hasta

un máximo de 20 puntos.

b) Formación: Se valorarán los cursos de formación recibidos,

directamente relacionados con las funciones de administración

general, siempre que se acredite certificado de asistencia o

aprovechamiento expedido por un centro oficial u homologado, a razón

de un punto por cada curso.

Igualmente, los cursos relacionados con las funciones de

administración en general, impartidos por el Gabinete de Formación

del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de

Málaga, se valorarán a razón de un punto por cada diez horas

lectivas.

Los aspirantes podrán obtener en este apartado b), en su

conjunto, una puntuación máxima de siete puntos.

c) Antigüedad: Se valorará a razón de un punto por cada año

de antigüedad reconocida o fracción superior a seis meses,

pudiendo obtener un máximo de 13 puntos por este concepto.

4. Valoración final: La valoración final del proceso selectivo

vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas

fases (oposición y concurso), no pudiendo resultar aprobados, tras

la suma de ellas, un número mayor de aspirantes que el de plazas

convocadas.

ANEXO II

I. Estructura económica y social de España

1. La población. Estructura y evolución. Movimientos

naturales y migraciones. Estratificación y movilidad social. El mercado

de trabajo en España. Población activa, ocupación y paro.

Distribución por sectores económicos, territorial y por edad.

2. El sector primario en la economía española. Principales

macromagnitudes. Evolución histórica. Problemas técnicos y

sociales.

3. El sector industrial en la economía española. Principales

macromagnitudes. El modelo español de crecimiento.

4. El sector servicios en la economía española. Principales

macromagnitudes y distribución por ramas productivas. El

turismo. La influencia del turismo en el crecimiento económico español.

5. La renta nacional en España, Evolución y distribución

actual. Su financiación.

6. La balanza de pagos en España. Las subalanzas. Especial

consideración de la balanza comercial.

7. El gasto público en España. Evolución, características y

distribución actual. Los ingresos públicos en España. Su estructura

y evolución.

8. El sistema fiscal español. Evolución y reforma. Estructura

actual del sistema. Análisis de los principales impuestos. Las tasas

y los precios públicos.

II. Gestión financiera

1. Los presupuestos del sector público. Significado político

y económico. El déficit público: Su financiación y efectos

económicos.

2. El presupuesto. Concepto clásico y evolución de las

funciones del presupuesto. Principios presupuestarios. Crisis de

Presupuesto clásico y nuevas técnicas presupuestarias, especial

referencia al presupuesto por programas.

3. Aspectos básicos de la gestión de los Presupuestos

Generales del Estado: Presupuesto de gastos. Nivel de vinculación de

créditos presupuestarios. Gastos de proyección plurianual.

Proyectos de inversión vinculantes y no vinculantes. Objetivos de los

programas de gastos e indicadores para su seguimiento.

4. La Ley General Presupuestaria: Características y

estructura. La ley anual de Presupuestos. Presupuestos Generales del

Estado. Su estructura.

5. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Su estructura. Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma

Andaluza.

6. El ciclo presupuestario I. Elaboración de la ley anual de

presupuestos. Situación actual. Problemas planteados y posibles

líneas de reforma. Tramitación parlamentaria.

7. El ciclo presupuestario II. Modificaciones de los créditos

presupuestarios. Clasificación por razón de la autoridad

competente para aprobarlas. Clasificación por su contenido.

8. El ciclo presupuestario III. Gestión y liquidación de los

Presupuestos Generales del Estado. Presupuesto de ingresos.

Procesos de gestión del gasto público. Procedimiento general de

gestión. Procedimiento de gestión contable y rendición de cuentas.

Liquidación de los Presupuesto Generales del Estado.

9. El ciclo presupuestario IV. El control presupuestario.

Control previo y posterior. Análisis crítico del sistema actual y

proyección futura. Tipos de controles. La auditoría como instrumento

al servicio del control.

10. El Plan General de Contabilidad Pública. Exposición,

ámbito y contenido. Principios contables.

III. Derecho Laboral

1. El Estatuto de los Trabajadores. Principios generales,

estructura y contenido. La Ley Orgánica de Libertad Sindical.

2. Los Convenios Colectivos de trabajo. Concepto y

naturaleza. Régimen jurídico. Partes. Procedimiento. Contenido.

3. El contrato de trabajo. Concepto. Naturaleza. Sujetos.

Forma. Contenido y régimen jurídico. Extinción.

4. Los conflictos colectivos. Concepto, tipos y procedimientos

de solución. Regulación.

5. Régimen disciplinario laboral. Jurisdicción laboral. El

procedimiento laboral.

6. La Seguridad Social. Régimen general. Afiliación y

cotización. Acción protectora: Contingencias y prestaciones.

Regímenes especiales.

IV. Organización política y administrativa del Estado.

La Unión Europea

1. La organización política y administrativa del Estado

español en la Constitución de 1978. La organización territorial del

Estado.

2. La Corona. Funciones y poderes, según la Constitución

Española.

3. El Tribunal Constitucional. Organización del Tribunal.

Competencias, materias y procedimientos de los recursos ante

el Tribunal.

4. Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado:

Composición y funciones. Aspectos básicos del procedimiento de

elaboración y aprobación de Leyes.

5. La función parlamentaria de control del Gobierno en

España: Distintas modalidades. La Administración Pública. Principios

constitucionales informadores. La Administración Civil y Militar.

Órganos superiores de la Administración Civil.

6. Los Organismos autónomos y las Empresas nacionales.

Regulación y situación actual.

7. Las Comunidades Autónomas I. Los Estatutos de

Autonomía: Naturaleza y tipología. Órganos y funciones. Analogías

y diferencias fundamentales entre sus instituciones y las

competencias asumidas.

8. Las Comunidades Autónomas II. Financiación. Principios

constitucionales estatutarios. La Ley Orgánica de Financiación de

las Comunidades Autónomas. Los instrumentos de nivelación

financiera. Los sistemas de concierto y convenio.

9. La Comunidad Autónoma de Andalucía. El ordenamiento

estatutario: Antecedentes, formación y contenido. Competencias

estatutarias. La reforma del estatuto.

10. Las Instituciones del poder andaluz. El Parlamento.

Órganos dependientes. La Junta y su Presidente. La Administración

Pública andaluza.

11. El municipio y la provincia. Líneas generales de la

organización y competencias de Ayuntamientos y Diputaciones.

Especial referencia a las competencias municipales en materia

urbanística. Los regímenes municipales especiales.

12. La Unión Europea (UE): Sus antecedentes inmediatos.

Tratados originarios y modificativos. Objetivos de la Unión.

13. El Consejo y la Comisión: Composición y funciones. El

procedimiento decisorio. La participación de los Estados miembros

en las diferentes fases del proceso.

14. Medios financieros y personales de la UE. El presupuesto

y la función pública en la UE.

15. Las libertades básicas del sistema de la Unión: Libre

circulación de mercancías, libre circulación de trabajadores,

derecho de establecimiento y libre prestación de servicios. La libertad

de circulación de capitales.

V. Derecho Administrativo y Ciencia de la Administración

1. Administración Pública y Derecho. El principio de

legalidad. El sentido de la legalidad para la Administración Pública.

2. Administración Pública y Derecho. El concepto de

potestad. Potestades regladas y discrecionales. Los conceptos jurídicos

indeterminados.

3. La potestad organizativa. Teoría del órgano. Principios de

organización. La competencia administrativa. La jerarquía.

4. Sistemas de organización: Centralización y

descentralización. La autonomía. La tutela administrativa.

5. Desconcentración, delegación, sustitución, avocación,

suplencia, subrogación. La coordinación administrativa. El

principio de eficacia.

6. La Ley. Las Leyes Orgánicas. Leyes Ordinarias.

Decretos-Leyes y Decretos Legislativos.

7. La legislación de bases. Especial referencia al

artículo 149.1.18. a de la Constitución. Atribución y delimitación de

competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas.

8. El Reglamento. Clases de reglamentos. Fundamentos y

límites de la potestad reglamentaria. Los principios generales del

derecho y de la jurisprudencia.

9. Reglamentos ilegales. Reglamentos de los órganos

constitucionales. Relaciones entre Ley y Reglamento. La reserva de

Ley de la reserva reglamentaria.

10. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos de

la relación jurídico-administrativa. La personalidad jurídica de las

Administraciones Públicas. Su clasificación y capacidad jurídica.

11. El ciudadano como titular de derechos frente a la

Administración. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses

legítimos. Las situaciones especiales de poder y sujeción. El régimen

especial de los derechos fundamentales y libertades públicas en

relación con la Administración. Capacidad jurídica y capacidad

de obrar en el Derecho Administrativo.

12. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos del

acto administrativo: Sujeto, causa, fin y forma. Los actos políticos.

13. La eficacia del acto administrativo: Principios generales.

Ejecutoriedad del acto administrativo. Procedimiento de ejecución.

Nulidad de pleno derecho, anulabilidad y revocación de los actos

administrativos.

14. El procedimiento administrativo I: Concepto y naturaleza.

El procedimiento administrativo como garantía. La Ley del

Régimen Jurídico de la Administración del Estado y del Procedimiento

Administrativo Común: Ámbito de aplicación y principios

informadores.

15. El procedimiento administrativo II: Iniciación,

ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo.

Los procedimientos especiales.

16. La potestad sancionadora de la Administración.

Procedimiento sancionador. Principios generales. Sanciones

administrativas y medidas sancionadoras.

17. Los recursos administrativos. Concepto y clases.

Requisitos generales de los recursos administrativos: Materia recurrible,

legitimación y órgano competente.

18. Estudio de los recursos ordinario y de revisión. Las

reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial. Las

reclamaciones económico-administrativas.

19. La jurisdicción contencioso-administrativa. Capacidad

procesal, legitimación, representación y defensa. Actos

impugnables.

20. El recurso contencioso-administrativo. Procedimiento

general: Requisitos previos, iniciación, tramitación. Recursos de

súplica, apelación y revisión. Ejecución de sentencias.

21. Los contratos administrativos: Naturaleza, caracteres y

clases. Elementos: Sujetos, objeto, causa y forma. Principios

básicos de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Formas de contratación.

22. Contenido y efectos de los contratos administrativos.

Prerrogativas de la Administración y equilibrio financiero. La

extinción de los contratos administrativos. El cumplimiento y la

resolución. Los Convenios Administrativos.

23. Las propiedades administrativas en general. Clases. El

dominio público. Concepto, naturaleza jurídica y elementos.

Régimen jurídico del dominio público.

24. Expropiación forzosa. Potestad expropiatoria: Naturaleza

y justificación. Elementos de la expropiación. Idea general del

procedimiento expropiatorio. Garantía patrimonial.

Expropiaciones especiales.

25. La clasificación tradicional de las formas de acción

administrativa. Fomento, política y servicio público. La actividad

administrativa de servicio público. Formas de gestión de los servicios

públicos.

26. La Administración Pública en sus relaciones con los

poderes públicos. Conflictos jurisdiccionales. Cuestiones de

competencia. Conflictos de atribuciones. Conflictos constitucionales.

27. La responsabilidad patrimonial de la Administración.

28. Selección de los funcionarios públicos. Adquisición de

la condición de funcionario público. Formación y

perfeccionamiento. La carrera administrativa.

29. Situaciones administrativas. Función pública del Estado

y Comunidades Autónomas. Deberes e incompatibilidades de los

funcionarios públicos.

30. Los derechos de los funcionarios públicos. Los derechos

económicos. Los derechos de sindicación, representación y

huelga.

31. La responsabilidad de los funcionarios públicos y de los

agentes de la Administración. Régimen disciplinario de los

funcionarios públicos. Responsabilidad penal y patrimonial.

32. La Seguridad Social de los funcionarios públicos.

Extinción de la relación funcionarial.

33. Personal laboral al servicio de las Administraciones

Públicas. Régimen General. Contratación.

34. La negociación colectiva en relación con el personal

laboral de la Administración. Contenido. Procedimiento. El acuerdo

marco del personal laboral al servicio de la Administración del

Estado.

VI. Gestión universitaria

1. La autonomía universitaria en la Constitución Española.

Concepto genérico de autonomía. Discusiones doctrinales sobre

la autonomía universitaria. La autonomía de la Universidad en

la Ley de Reforma Universitaria: Extensión y límites.

2. Doctrina del Tribunal constitucional sobre la autonomía

universitaria. Configuración técnica sobre derecho fundamental,

consecuencias generales y en los controles del Estado y de las

Comunidades Autónomas sobre las Universidades

3. Las competencias autónomas de la Universidad. Relación

con las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas.

El Consejo de Universidades, especialidades de la jerarquía

normativa en materia universitaria.

4. La naturaleza jurídica de las Universidades. Discusiones

doctrinales. La Universidad como Administración autónoma.

5. Los Estatutos de las Universidades. Naturaleza normativa.

Los Estatutos de la Universidad de Málaga. Redacción originaria.

Modificaciones introducidas.

6. Organización académica de la Universidad de Málaga.

Departamentos, Institutos, Facultades, Escuelas Técnicas

Superiores, Escuelas Universitarias, Colegios Universitarios.

7. Órganos de gobierno: El Rector, los Vicerrectores, el

Secretario general, los Decanos y Directores, el Gerente. Órganos

colegiados del gobierno, especial referencia al Consejo Social.

8. Función económico-administrativa de la Universidad. El

presupuesto universitario. Estructura y dimensión de presupuesto

de ingresos: Ingresos incondicionales y condicionados. Las tasas

académicas. Relación de los ingresos universitarios con los

presupuestos de la Comunidad Autónoma y del Estado.

9. Estructura y dimensión del presupuesto de gastos: Los

controles de la Comunidad Autónoma sobre los gastos de personal

y sobre los de inversiones. La ejecución del presupuesto. Rendición

de cuentas.

10. La gestión de la actividad investigadora de la Universidad.

El artículo 11 de la Ley de Reforma Universitaria.

11. Clases y régimen jurídico del Profesorado universitario.

12. Clases y régimen jurídico del personal de Administración

y Servicios. El Convenio Colectivo del Personal Laboral de las

Universidades Públicas de Andalucía.

13. La representación del personal de la Universidad. Mesas

generales de negociación de Estado y de la Comunidad Autónoma

en relación con el personal de las Universidades. Estructura de

competencias de las distintas Administraciones y órganos de

representación.

14. Régimen de alumnado. Acceso, permanencia y colación

de grados. El reglamento de Gestión Académica de la Universidad

de Málaga. La expedición de títulos académicos. Competencias

estatales y universitarias. El sistema de becas al estudio.

15. La transferencia de las competencias universitarias

estatales a la Comunidad Autónoma de Andalucía. Organización actual

de la Consejería de Educación.

16. Ley de Coordinación del Sistema Universitario Andaluz.

ANEXO III

Don ........................................................,

en calidad de...................................................

Certifico: Que de los antecedentes obrantes en este Centro,

relativos al opositor abajo indicado, se justifican los siguientes

extremos:

Datos del opositor:

Apellidos y nombre..........................................

Categoría laboral y grupo a la que pertenece....................

DNI ........... NRP ...........Fecha de nacimiento...........

Lugar de nacimiento............................................

Número opositor.............................

1. Destino actual:..........................................

2. Antigüedad reconocida en la Universidad de Málaga.

.............años,.............meses y.............días

3. Antigüedad en la categoría profesional de Técnico Auxiliar

de Grabación.

.............años,.............meses y.............días

Y para que conste, expido la presente certificación en........,

a ............ de ..................................... de199...

(Firma y sello)

ANEXO V

Tribunal calificador

El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

Titulares:

Presidente: Don Antonio Díez de los Ríos Delgado,

perteneciente al Cuerpo de Catedráticos de Universidad y Rector de la

Universidad de Málaga.

Secretario: Don Francisco José Andrade Núñez, perteneciente

a la Escala de Técnico de Gestión de la Universidad de Málaga.

Vocales: Don Miguel Porras Fernández, perteneciente a la

Escala de Técnico de Gestión de la Universidad de Málaga; don Gregorio

García Reche, perteneciente a la Escala de Facultativos de

Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Málaga; don Andrés

Marchante Mera, perteneciente al Cuerpo de Catedráticos de

Universidad de la Universidad de Málaga; doña María del Carmen

Gómez Morant, perteneciente al Cuerpo Superior de Inspectores

de Finanzas del Estado, y don Miguel López Quevedo, Letrado

Jefe de la Asesoría Jurídica de la Universidad de Córdoba y

perteneciente a la Escala Técnica de Gestión de la Universidad

Politécnica de Madrid.

Suplentes:

Presidente: Don José Antonio Entrena Palomero, perteneciente

al Cuerpo de Titulados Superiores de Organismos Autónomos y

Gerente de la Universidad de Málaga.

Secretario: Don Francisco Espinosa Romero, perteneciente a

la Escala de Técnico de Gestión de la Universidad de Málaga.

Vocales: Doña Guadalupe Ayala Moscoso, perteneciente a la

Escala de Técnico de Gestión de la Universidad de Málaga; don

Joaquín Canca Cuenca, perteneciente a la Escala Superior de

Sistemas y Tecnologías de la Información de la Universidad de

Málaga; don Luis Colomer Real, perteneciente al Cuerpo de Profesores

titulares de Escuelas Universitarias de la Universidad de Málaga;

don Luis Alberto Barrio Tato, Jefe del Servicio de Auditoría y

control interno de la Universidad de Cádiz y perteneciente al

Cuerpo de Profesores Titulares de Escuela Universitaria, y don Juan

López Domech, Director del Gabinete Jurídico de la Universidad

de Almería y perteneciente a la Escala Técnica de Gestión

(grupo A).

ANEXO VI

Don/doña...................................., condomicilio

en ............................................................,

y con documento nacional de identidad número.................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala........................................,

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de las funciones públicas.

En .................., a ...... de .................. de199...

ANEXO: (Ver Imagen página 43059).

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