La SAT número 207-LR "La Galera", de Aldeanueva (La Rioja), cuyo
ámbito de actuación es superior al de una Comunidad Autónoma, fue
prereconocida como organización de productores de frutas y hortalizas
según el artículo 14 del Reglamento (CE) número 2200/96, el 26 de marzo
de 1997, por Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Rural de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Esta entidad ha extendido
su ámbito a otras Comunidades Autónomas y ha solicitado el
prereconocimiento como organización de productores de frutas y hortalizas de
ámbito nacional para la categoría I (frutas y hortalizas), según lo establecido
en el artículo 14 del Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo, de
28 de octubre, y la Orden de 30 de abril de 1997;
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa
que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:
Primero.-Conceder el prereconocimiento como organización de
productores de frutas y hortalizas de ámbito nacional, conforme a lo
establecido en el artículo 14 del Reglamento (CE) número 2200/96, del Consejo,
de 28 de octubre de 1996, y la Orden de 30 de abril de 1997, para la
categoría I (frutas y hortalizas) a la SAT número 207-LR "La Galera", de
Aldeanueva (La Rioja).
Segundo.-Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de
Productores de Frutas y Hortalizas a la SAT número 207-LR "La Galera", de
Aldeanueva (La Rioja), para la categoría I (frutas y hortalizas), asignándole
el número registral 601.
Madrid, 20 de noviembre de 1998.-El Director general, Rafael Milán
Díez.
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