La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado sentencia con fecha 10 de
septiembre de 1998, en el recurso contencioso-administrativo número
1.957/1995, en el que son partes, de una, como demandante don Manuel
Gutiérrez Artacho, y de otra, como demandada, la Administración General
del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para
las Administraciones Públicas, de fecha 9 de octubre de 1995, que
desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la resolución de la
Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 24 de abril
de 1995, sobre asistencia a minusválido.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo,
declarando la corrección de las resoluciones recurridas. Sin costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de
conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás
preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín
Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus
propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 3 de diciembre de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre
de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general Técnico,
Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General
de Funcionarios Civiles del Estado.
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