La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado sentencia con fecha 10 de septiembre de 1998, en el recurso contencioso-administrativo número 1.957/1995, en el que son partes, de una, como demandante don Manuel Gutiérrez Artacho, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 9 de octubre de 1995, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 24 de abril de 1995, sobre asistencia a minusválido.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo, declarando la corrección de las resoluciones recurridas. Sin costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 3 de diciembre de 1998.‒P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario general Técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.
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