Suscrito el 1 de diciembre de 1998, Convenio entre el Ministerio de
Defensa y la Diputación General de Aragón, en cumplimiento de lo
dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el "Boletín
Oficial del Estado" de dicho acuerdo, que figura como anexo de esta
Resolución.
Madrid, 9 de diciembre de 1998.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez
Menéndez.
ANEXO
Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Diputación
General de Aragón
Zaragoza, 1 de diciembre de 1998.
REUNIDOS
De una parte, el excelentísimo señor don Eduardo Serra Rexach,
Ministro de Defensa, actuando según Acuerdo de Consejo de Ministros de 3
de julio de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 16), que modifica el
Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990.
De otra parte, el excelentísimo señor don Santiago Lanzuela Marina,
Presidente de la Diputación General de Aragón, en nombre y representación
de la Comunidad Autónoma de Aragón, conforme a lo dispuesto en el
apartado 10, artículo 12, de la Ley 1/1995, del Presidente y del Gobierno
de Aragón.
Reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para
formalizar y suscribir el presente Convenio, a tal efecto,
EXPONEN
Que la Academia General Militar tiene interés en el desarrollo y la
profundización de la problemática de la Defensa Nacional e Internacional,
a través de la realizacion anual de diversos cursos que investiguen
detenidamente los distintos aspectos interrelacionados con dicha materia,
fomentando la participación mediante diversos seminarios, mesas
redondas y todas aquellas actividades que estrechen lazos y logren ofrecer un
mayor conocimiento del tema.
Que la Diputación General de Aragón tiene entre sus principales
objetivos dar a conocer todos aquellos temas relacionados con la Unión
Europea, y en concreto, aquellos relacionados con la Política Europea
de Seguridad Común, y la proyección de la Seguridad de los Estados en
el ámbito de la internacionalización de la Defensa.
Por todo ello, se considera conveniente formalizar un Convenio de
Colaboración en base a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.-Es objeto del presente Convenio llevar a cabo la realización
anual de diversos cursos sobre la problemática de la Defensa en el contexto
nacional e internacional, así como los distintos aspectos interrelacionados
con dicha materia, tales como la seguridad, la defensa y las Fuerzas
Armadas.
Segunda.-La Diputación General de Aragón y la Academia General
Militar mantendrán un intercambio de información en materias
relacionadas con los diferentes cursos internacionales de defensa, así como sobre
la Unión Europea, y, en concreto, con la Política Europea de la Seguridad
Común.
Tercera.-La Academia General Militar se compromete a realizar
anualmente un curso internacional de defensa, cuyo contenido estará
relacionado con el objeto del Convenio y el interés manifestado en la parte
expositiva por ambas instituciones. El citado contenido se fijará anualmente
en un anexo, el cual será firmado por el Consejero de Economía, Hacienda
y Fomento, en representación de la Diputación General de Aragón, y por
el General Director de la Academia General Militar en representación de
la misma. Para alcanzar el objetivo fijado se llevarán a cabo las necesarias
mesas redondas o foros de debate que propicien un interdisciplinar
coloquio del tratamiento de la cuestión.
Cuarta.-El citado curso será comunicado a la Diputación General de
Aragón, previamente a su preparación definitiva para su confirmación.
Quinta.-Deberá constar la colaboración de la Diputación General de
Aragón en todos aquellos documentos de informacion y de publicidad
de los citados cursos.
Sexta.-La Diputación General de Aragón fijará anualmente el importe
de la aportación financiera al presente Convenio, sobre la base de lo
indicado en el anexo al mismo.
Séptima.-Del desarrollo del Convenio no se producirá ningún tipo de
gasto que haya de ser abonado o subvencionado por el Ministerio de
Defensa.
Octava.-Al objeto de llevar a cabo el seguimiento del presente Convenio
y de sus anexos de desarrollo, se creará una Comisión Mixta formada
por cuatro miembros, dos representantes de la Diputación General de
Aragón designados por el Departamento de Economía, Hacienda y
Fomento, y dos representantes del Ministerio de Defensa: El Director del
Departamento de Ciencias Jurídicas y Sociales y el Secretario de la Cátedra
"Miguel de Cervantes", ambos de la Academia General Militar. La citada
Comisión se reunirá al menos dos veces al año, así como cuando una
de las partes lo estime oportuno.
Novena.-El presente Convenio tiene una vigencia de tres años,
prorrogables tácitamente por el transcurso de tiempo sin denuncia de las partes,
por un mismo período.
Décima.-Serán causas de posible resolución del presente Convenio:
El incumplimiento grave, acreditado por alguna de las partes; el mutuo
acuerdo; la imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin del Convenio y
la denuncia de forma fehaciente con dos meses de antelación.
Undécima.-Este Convenio tiene carácter jurídico-administrativo para
resolver las dudas y lagunas que pudieran suscitarse en su aplicación
se estará a los principios del Derecho Administrativo y, en particular,
a los de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las
Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2
de ésta, así como, en defecto de los anteriores, a los generales del Derecho
Común.
Duodécima.-La resolución de los problemas de interpretación y
cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del Convenio corresponderá
a la Comisión Mixta que se crea al efecto. En defecto de acuerdo, la
competencia de estas cuestiones corresponderá a la jurisdicción
contencioso-administrativa.
En prueba de conformidad, firman el presente Convenio por triplicado
ejemplar en el lugar y fecha indicados.-Por el Ministerio de Defensa,
Eduardo Serra Rexach.-Por la Diputación General de Aragón, Santiago Lanzuela
Marina.
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