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Visto el expediente instruido a instancia del representante legal de la titularidad del centro concertado de Bachillerato «Mater Amabilis», sito en la calle Gavia Seca, número 15, de Madrid, en solicitud de impartición de las enseñanzas del Curso de Orientación Universitaria,
Este Ministerio ha dispuesto:
Autorizar la impartición de las enseñanzas del Curso de Orientación Universitaria, con efectos del curso académico 1999/2000, al centro concertado de Bachillerato que a continuación se indica:
Provincia: Madrid.
Municipio: Madrid.
Localidad: Madrid.
Denominación: «Mater Amabilis».
Domicilio: Calle Gavia Seca, número 15.
Titular: Pía Unión Mater Amabilis.
Lo anterior se entiende sin perjuicio de la obligación del centro de adaptarse, en cuanto a número de puestos escolares y relación máxima Profesor/alumnos por unidad escolar, a lo dispuesto en el citado Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, y sin perjuicio del calendario de extinción previsto para las enseñanzas del Curso de Orientación Universitaria en el artículo 12.2 del Real Decreto 173/1998, de 16 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 17), por el que se modifica y completa el Real Decreto 986/1991, de 14 de julio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.
Contra esta Resolución el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción-Contencioso Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 27 de noviembre de 1998.–P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Francisco López Rupérez.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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