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Documento BOE-A-1998-3249

Orden de 26 de diciembre de 1997 por la que se autoriza el cambio de denominación específica del centro de Educación Infantil «San Juan», de Oviedo (Asturias), por la de «Auseva», se modifica la autorización del centro de Educación Infantil y se autoriza la extinción del centro de Educación Primaria existentes en el mismo recinto escolar.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 1998, páginas 5172 a 5172 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-3249

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente tramitado a instancia de don Luis Arias, en representación de la congregación religiosa "Instituto de los Hermanos Maristas de la Enseñanza", titular del centro privado de Educación Infantil denominado "San Juan", domiciliado en la avenida de los Monumentos, sin número, de Oviedo (Asturias), solicitando modificación de la autorización del centro por ampliación de cinco unidades de Educación Infantil de segundo ciclo y cambio de denominación del mismo,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Autorizar el cambio de denominación específica del centro de Educación Infantil denominado "San Juan", domiciliado en la avenida de los Monumentos, sin número, de Oviedo (Asturias), por la de "Auseva".

Segundo.-Modificar la actual autorización del centro de Educación Infantil que se describe, quedando configurado de la siguiente manera:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: "Auseva".

Persona o entidad titular: Instituto de los Hermanos Maristas de la Enseñanza.

Domicilio: Avenida de los Monumentos, sin número.

Localidad: Oviedo.

Municipio: Oviedo.

Provincia: Asturias.

Enseñanzas autorizadas: Educación Infantil de segundo ciclo.

Capacidad: Segundo ciclo: Seis unidades con 130 puestos escolares.

Tercero.-Autorizar la extinción del centro de Educación Primaria, existente en el mismo recinto escolar, mencionado en el antecedente primero.

Cuarto.-Provisionalmente, y hasta que no se implanten las enseñanzas definitivas, según lo dispuesto en el apartado cuarto del artículo 17 del Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, modificado por el Real Decre- to 1487/1994, de 1 de julio ("Boletín Oficial del Estado" del 28), el centro "Auseva", hasta la finalización del curso 1999/2000, dispondrá de una capacidad máxima de seis unidades de Educación Infantil, segundo ciclo, con 150 puestos escolares.

Quinto.-El personal que atienda las unidades autorizadas en el centro de Educación Infantil deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio. La titularidad del centro remitirá a la Dirección Provincial del Departamento en Asturias la relación del profesorado, con indicación de su titulación respectiva.

La Dirección Provincial, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, aprobará expresamente la relación del personal que impartirá docencia en el centro.

Sexto.-El centro deberá cumplir la norma básica de la edificación NBE CPI/1996, de condiciones de protección contra incendios en los edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Séptimo.-Queda dicho centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos consignados en la presente Orden.

Octavo.-Contra esta Orden, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 26 de diciembre de 1997.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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