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El Real Decreto 68/1998, de 23 de enero, ha dispuesto que el Ministro de Economía y Hacienda podrá autorizar durante 1998 la emisión o contracción de Deuda del Estado hasta el límite fijado en el artículo 45 de la Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998, y ha establecido además los criterios a los que ha de ajustar el ejercicio de sus competencias. En virtud de esta autorización, y de acuerdo con lo previsto en el número 10 del artículo 104 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por el Real Decreto legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 26 de enero de 1998 ha autorizado a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante 1998 y enero de 1999 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, manteniéndose la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, lo que permite continuar con la técnica de agregación de emisiones cuya práctica ha contribuido al desarrollo de los mercados de Deuda.
Para cumplimiento de las citadas normas, la Resolución de esta Dirección General de 26 de enero de 1998, reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado, incluidas las segundas vueltas, e hizo público el calendario de las subastas ordinarias para 1998, siendo necesario, a tal efecto, fijarlas características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se pondrán en circulación en el próximo mes de marzo de 1998 y convocar las correspondientes subastas.
En estas subastas, dado el volumen que requieren las emisiones en la actualidad para garantizar su liquidez en los mercados secundarios, se considera conveniente emitir nuevos tramos de las referencias que se vienen poniendo en oferta, y que tienen la calificación de Bonos segregables, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997.
Por todo ello, la Subdirectora general que suscribe tiene el honor de proponer a V. I. la siguiente Resolución:
"La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 26 de enero de 1998 autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante 1998 y enero de 1999, señalando los instrumentos en que podrá materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado, y estableciendo las reglas básicas a las que su emisión ha de ajustarse que, con ligeras modificaciones, son una prórroga de las vigentes en 1997, manteniéndose la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad.
En virtud de la citada autorización, la Resolución de esta Dirección General, de 26 de enero de 1998, reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado, incluidas las segundas vueltas, e hizo público el calendario de las subastas ordinarias para 1998, siendo necesario, a tal efecto, fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se pondrán en circulación en el próximo mes de marzo de 1998 y convocar las correspondientes subastas.
En estas subastas, dado el volumen que requieren las emisiones en la actualidad para garantizar su liquidez en los mercados secundarios, se considera conveniente emitir nuevos tramos de las referencias que se vienen poniendo en oferta, y que tiene la calificación de Bonos segregables, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997.
En consecuencia, en uso de las autorizaciones contenidas en la Orden de 26 de enero de 1998, esta Dirección General ha resuelto:
Primero.-Disponer la emisión de Bonos del Estado a tres y cinco años y de Obligaciones del Estado a diez y quince años en el mes de marzo de 1998 y convocar las correspondiente subastas, que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden de 26 de enero de 1998, en la Resolución de esa misma fecha de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.
Segundo.-Características de los Bonos y Obligaciones que se emiten: El tipo de interés nominal anual y las fechas de emisión, amortización y de vencimiento de cupones serán los establecidos por la Resolución de esta Dirección General de 20 de junio de 1997 para las emisiones de 15 de julio de 1997 de Bonos del Estado a tres años al 5,0 por 100, de 15 de julio de 1997 de Bonos del Estado a cinco años al 5,25 por 100, de 15 de julio de 1997 de Obligaciones del Estado a diez años al 6,0 por 100 y de 15 de julio de 1997 de Obligaciones del Estado a quince años al 6,15 por 100, siendo el primer cupón a pagar en los valores que se emitan de dichas emisiones, por su importe completo, el de 31 de enero de 1999.
Tercero.-Según se determina en el punto 1 de la Resolución de 26 de enero de 1998, los Bonos y Obligaciones del Estado que se emitan se pondrán en circulación los días 6 y 9 de marzo de 1998, fechas de desembolso y adeudo en cuenta fijadas para los titulares de cuentas en la Central de Anotaciones, y se agregarán, respectivamente, a las emisiones de 15 de julio de 1997 al 5,0 por 100, 15 de julio de 1997 al 5,25 por 100, 15 de julio de 1997 al 6,0 por 100 y 15 de julio de 1997 al 6,15 por 100, teniendo, en cada caso, la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
Cuarto.-Existiendo la posibilidad de formular ofertas no competitivas en las subastas que se convocan, según se prevé en el apartado 1.b) de la Resolución de 23 de enero de 1997 de esta Dirección General, con posterioridad a la celebración de las subastas no existirá período de suscripción pública de la Deuda que se emite.
Quinto.-En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el apartado 5.8.3 de la Orden de 26 de enero de 1998."
Madrid, 16 de febrero de 1998.-El Director general, Jaime Caruana Lacorte.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a tres años, emisión de 15 de julio de 1997 al 5,0 por 100
Subasta mes de marzo
(Porcentaje)
Precio / Rendimiento bruto *
102,05 / 4,404
102,06 / 4,400
102,07 / 4,397
102,08 / 4,393
102,09 / 4,389
102,10 / 4,386
102,11 / 4,382
102,12 / 4,378
102,13 / 4,375
102,14 / 4,371
102,15 / 4,367
102,16 / 4,363
102,17 / 4,360
102,18 / 4,356
102,19 / 4,352
102,20 / 4,349
102,21 / 4,345
102,22 / 4,341
102,23 / 4,338
102,24 / 4,334
102,25 / 4,330
102,26 / 4,327
102,27 / 4,323
102,28 / 4,319
102,29 / 4,316
102,30 / 4,312
102,31 / 4,308
102,32 / 4,304
102,33 / 4,301
102,34 / 4,297
102,35 / 4,293
102,36 / 4,290
102,37 / 4,286
102,38 / 4,282
102,39 / 4,279
102,40 / 4,275
102,41 / 4,271
102,42 / 4,268 102,43 / 4,264
102,44 / 4,260
102,45 / 4,257
102,46 / 4,253
102,47 / 4,249
102,48 / 4,246 / 4,242
102,49 / 4,242
102,50 / 4,238
102,51 / 4,235
102,52 / 4,231
102,53 / 4,227
102,54 / 4,224
102,55 / 4,220
102,56 / 4,216
102,57 / 4,213
102,58 / 4,209
102,59 / 4,205
102,60 / 4,202
102,61 / 4,198
102,62 / 4,194
102,63 / 4,191
102,64 / 4,187
102,65 / 4,183
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a cinco años, emisión de 15 de julio de 1997 al 5,25 por 100
Subasta mes de marzo
(Porcentaje)
Precio / Rendimiento bruto *
102,85 / 4,707
102,86 / 4,704
102,87 / 4,702
102,88 / 4,700
102,89 / 4,697
102,90 / 4,695
102,91 / 4,693
102,92 / 4,691
102,93 / 4,688
102,94 / 4,686
102,95 / 4,684
102,96 / 4,681
102,97 / 4,679
102,98 / 4,677
102,99 / 4,675
103,00 / 4,672
103,01 / 4,670
103,02 / 4,668
103,03 / 4,665
103,04 / 4,663
103,05 / 4,661
103,06 / 4,658
103,07 / 4,656 103,08 / 4,654
103,09 / 4,652
103,10 / 4,649
103,11 / 4,647
103,12 / 4,645
103,13 / 4,642
103,14 / 4,640
103,15 / 4,638
103,16 / 4,636
103,17 / 4,633
103,18 / 4,631
103,19 / 4,629
103,20 / 4,626
103,21 / 4,624
103,22 / 4,622
103,23 / 4,620
103,24 / 4,617
103,25 / 4,615
103,26 / 4,613
103,27 / 4,610
103,28 / 4,608
103,29 / 4,606
103,30 / 4,604
103,31 / 4,601
103,32 / 4,599
103,33 / 4,597
103,34 / 4,594
103,35 / 4,592
103,36 / 4,590
103,37 / 4,588
103,38 / 4,585
103,39 / 4,583
103,40 / 4,581
103,41 / 4,578
103,42 / 4,576
103,43 / 4,574
103,44 / 4,572
103,45 / 4,569
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a diez años, emisión de 15 de julio de 1997 al 6,0 por 100
Subasta mes de marzo
(Porcentaje)
Precio / Rendimiento bruto *
105,00 / 5,407
105,05 / 5,401
105,10 / 5,395
105,15 / 5,388
105,20 / 5,382
105,25 / 5,375
105,30 / 5,369
105,35 / 5,362
105,40 / 5,356
105,45 / 5,349
105,50 / 5,343
105,55 / 5,337
105,60 / 5,330
105,65 / 5,324
105,70 / 5,317
105,75 / 5,311
105,80 / 5,305
105,85 / 5,298
105,90 / 5,292
105,95 / 5,285
106,00 / 5,279
106,05 / 5,273
106,10 / 5,266
106,15 / 5,260
106,20 / 5,253
106,25 / 5,247
106,30 / 5,241
106,35 / 5,234
106,40 / 5,228
106,45 / 5,222
106,50 / 5,215
106,55 / 5,209
106,60 / 5,203
106,65 / 5,196
106,70 / 5,190
106,75 / 5,184
106,80 / 5,177
106,85 / 5,171
106,90 / 5,165
106,95 / 5,158
107,00 / 5,152
107,05 / 5,146
107,10 / 5,139
107,15 / 5,133
107,20 / 5,127
107,25 / 5,120
107,30 / 5,114
107,35 / 5,108
107,40 / 5,102
107,45 / 5,095
107,50 / 5,089
107,55 / 5,083
107,60 / 5,076
107,65 / 5,070
107,70 / 5,064
107,75 / 5,058
107,80 / 5,051
107,85 / 5,045
107,90 / 5,039
107,95 / 5,033
108,00 / 5,026
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a quince años, emisión de 15 de julio de 1997 al 6,15 por 100
Subasta mes de marzo
(Porcentaje)
Precio / Rendimiento bruto *
106,00 / 5,607
106,05 / 5,602
106,10 / 5,597
106,15 / 5,592
106,20 / 5,587
106,25 / 5,582
106,30 / 5,578
106,35 / 5,573
106,40 / 5,568
106,45 / 5,563
106,50 / 5,558
106,55 / 5,553
106,60 / 5,549
106,65 / 5,544
106,70 / 5,539
106,75 / 5,534
106,80 / 5,529
106,85 / 5,524
106,90 / 5,520
106,95 / 5,515
107,00 / 5,510
107,05 / 5,505
107,10 / 5,500
107,15 / 5,496
107,20 / 5,491
107,25 / 5,486
107,30 / 5,481
107,35 / 5,476
107,40 / 5,472
107,45 / 5,467
107,50 / 5,462
107,55 / 5,457
107,60 / 5,453
107,65 / 5,448
107,70 / 5,443
107,75 / 5,438
107,80 / 5,434
107,85 / 5,429
107,90 / 5,424
107,95 / 5,419
108,00 / 5,415
108,05 / 5,410
108,10 / 5,405
108,15 / 5,400
108,20 / 5,396
108,25 / 5,391
108,30 / 5,386
108,35 / 5,381
108,40 / 5,377
108,45 / 5,372
108,50 / 5,367
108,55 / 5,363
108,60 / 5,358
108,65 / 5,353
108,70 / 5,348
108,75 / 5,344
108,80 / 5,339
108,85 / 5,334
108,90 / 5,330
108,95 / 5,325
109,00 / 5,320
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
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