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Documento BOE-A-1998-3940

Resolución de 1 de octubre de 1997, del Departamento de Cultura, por la que se incoa expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, del casco antiguo de Àger, y se abre un período de información pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 1998, páginas 6061 a 6062 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1998-3940

TEXTO ORIGINAL

Por Decreto de 28 de mayo de 1997, la Dirección General del Patrimonio Cultural propuso la incoación de expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, del casco antiguo de Àger, así como de delimitación de su entorno.

Considerando los artículos 8 y 9 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, resuelvo:

1. Incoar expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, del casco antiguo de Àger, y delimitar el entorno de protección según consta grafiado en el plano que figura en el expediente.

2. Notificar esta Resolución a los interesados, dar traslado de ella al Alcalde de Àger y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente Resolución.

3. Abrir un período de información pública, de acuerdo con lo que prevén el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, y el artículo 7.2 del Decreto 267/1991, de 25 de noviembre, sobre la declaración de bienes de interés cultural y el inventario del patrimonio cultural mueble de Cataluña.

Durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación de esta Resolución en el "Diario Oficial Generalidad de Cataluña", el expediente estará a disposición de todos los que quieran examinarlo en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en Lleida, rambla Aragó, 8, 25002 Lleida. Durante este plazo se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre el expediente citado.

4. Comunicar la presente Resolución al Registro de Bienes Culturales de Interés Nacional de Cataluña, para su anotación preventiva y dar traslado de ella al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 1 de octubre de 1997.-El Consejero, Joan M. Pujals i Vallvé.

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