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Documento BOE-A-1998-3941

Orden de 4 de febrero de 1998, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas, la Fundación denominada «Alternativa», de Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 1998, páginas 6062 a 6062 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1998-3941

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes de esta Consejería de la Fundación denominada "Alternativa", constituida y domiciliada en Sevilla, calle Eduardo Cano, número 12, planta baja.

Antecedentes de hecho

Primero.-La Fundación fue constituida en escrituras públicas de fecha 25 de marzo de 1997, ante don Manuel Aguilar García, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con número de protocolo 669, corregidas con fecha 2 de octubre de 1997, ante el mismo Notario, figurando como fundadores don Juan Blanco López y otros.

Segundo.-Tendrá, principalmente, los objetivos y fines siguientes:

a) Promover estudios, investigaciones, debates y publicaciones sobre la problemática social, indagando alternativas que respondan a criterios de solidaridad e igualdad.

b) Fomentar el encuentro, el intercambio y la discusión entre personas y colectivos, por una sociedad más justa y solidaria.

c) Impulsar proyectos y actividades para la inserción social y laboral de las personas más desfavorecidas y marginadas.

d) Contribuir a la formación y educación de personas y colectivos para favorecer su desarrollo personal y social.

e) Organizar todo tipo de actividades para jóvenes y adultos, que fomenten un mayor diálogo intergeneracional.

f) Desarrollar iniciativas diversas que, partiendo de la desigualdad entre los sexos, busquen unas relaciones más igualitarias.

g) Profundizar en el estudio sobre la cultura andaluza y su problemática social.

h) Cualesquiera otros fines que el Patronato considere de interés.

Tercero.-La dotación inicial de la Fundación está constituida por la dotación aportada por los fundadores consistente en 16.000.000 de pesetas, que se integran en la siguiente forma:

1. Local comercial sito en calle Eduardo Cano, número 12, planta baja, Sevilla, con una superficie de 186,70 metros cuadrados. Valorada en 12.600.000 pesetas, propiedad de la propia Fundación.

2. El resto de 3.400.000 pesetas se aportará por los socios en el plazo de un año a partir de la fecha de 2 de octubre de 1997.

Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía, de modo exclusivo, a un Patronato que estará formado por cuatro miembros, siendo su Presidente don Juan Blanco López.

Vistos: La Constitución Española; el Estatuto de Autonomía de Andalucía; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general, y el Decreto 2930/1972, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y entidades análogas y demás normas de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/1983, de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las competencias que en materia de Educación se traspasaron por Real Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, y, en particular, sobre las Fundaciones docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía, ejerciendo, en consecuencia, el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo.-Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los requisitos considerados esenciales por la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en actividades de interés general, y el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas, por lo que procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones docentes.

En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derechos hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:

Primero.-Reconocer el interés público de la entidad, e inscribir como Fundación docente privada en el correspondiente Registro a la Fundación "Alternativa", con domicilio en calle Eduardo Cano, número 12, planta baja, de Sevilla.

Segundo.-Aprobar los Estatutos, contenidos en las escrituras públicas de fecha 25 de marzo de 1997, corregidas con fecha 2 de octubre de 1997.

Tercero.-Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de la Fundación, cuyos nombres se recogen en la Carta Fundacional y que han aceptado sus cargos.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con el artículo 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se podrá interponer en el plazo de dos meses a partir de la recepción de su notificación recurso contencioso-administrativo, previo anuncio del mismo al órgano que la dicta, según exigen los artículos 110.3 de la citada Ley, y el 57.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 4 de febrero de 1998.-El Consejero, Manuel Pezzi Cereto.

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