En el recurso contencioso-administrativo número 3/735/1995, interpuesto por don Alfredo Luis López Ares, en su propio nombre y derecho, contra la Resolución del Ministerio de la Presidencia, de 19 de abril de 1995, sobre reconocimiento del derecho al uso de la medalla de la Paz de Marruecos, se ha dictado, por la Sala de lo Contencioso-Admi- nistrativo de la Audiencia Nacional (Sección Tercera), con fecha 24 de noviembre de 1997, sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
"Fallamos:
Primero.-Desestimar el presente recurso número 735/1995, interpuesto por don Alfredo Luis López Ares, contra la Resolución del Ministerio de la Presidencia, de 19 de abril de 1995, descrita en el primer fundamento de Derecho, que se confirma por ser conforme al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacer una expresa condena en costas."
En su virtud, este Ministerio, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia.
Madrid, 10 de febrero de 1998.-P. D. (Orden de 1 de octubre de 1993), el Subsecretario, Juan Junquera González.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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