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Documento BOE-A-1998-5285

Resolución de 17 de febrero de 1998, del Banco de España, en ejecución de Acuerdo de Consejo de Ministros de 8 de mayo de 1992, confirmado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 23 de octubre de 1992, por el que se impusieron, a la entidad «Financiera de Servicios, Sociedad Anónima», las sanciones de revocación de autorización y amonestación pública, y a don Luis Montoro Muñoz, don Ramón Andújar López y don Francisco Javier Jiménez Ruiz, a cada uno de ellos, la sanción de multa de 2.000.000 de pesetas.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 4 de marzo de 1998, páginas 7533 a 7533 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-1998-5285

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 8 de mayo de 1992, el Consejo de Ministros dictó acuerdo resolviendo el expediente de referencia IE/EF-34/91, incoado por el Banco de España a la entidad "Financiera de Servicios, Sociedad Anónima", y a las personas que ostentaban cargos de administración o dirección en la entidad, confirmado posteriormente en reposición por Acuerdo de Consejo de Ministros de 23 de octubre de 1992, y habiendo adquirido firmeza por Sentencia firme de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera del Tribunal Supremo, de 4 de febrero de 1997, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio ("Boletín Oficial del Estado" del 30), de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el "Boletín Oficial del Estado" de las siguientes sanciones por infracciones muy graves impuestas en dicho Acuerdo, que dispuso:

"Primero.-Imponer a "Financiera de Servicios, Sociedad Anónima", las siguientes sanciones, previstas en la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito:

1. Revocación de la autorización, prevista en el artículo 9.b) por la infracción de carácter muy grave, prevista en el artículo 4.b), consistente en mantener durante un período de seis meses unos recursos propios inferiores a los exigidos para obtener la autorización correspondiente.

2. Amonestación pública prevista en el apartado a) del artículo 10, por las infracciones graves consistentes en la omisión de las comunicaciones preceptivas al Banco de España que se reseñan en el apartado de hechos probados y que se tipifican en el artículo 5.b).

Segundo.-Imponer a don Luis Montoro Muñoz, don Ramón Andújar López y don Francisco Javier Jiménez Ruiz, a cada uno de ellos, las siguientes sanciones, todas ellas previstas en la Ley de Disciplina:

1. Multa de 2.000.000 de pesetas [artículo 12.a)] por su participación en el grado que ha quedado acreditado en el expediente en la infracción relativa al incumplimiento de los recursos propios mínimos."

Madrid, 17 de feberero de 1998.-El Secretario general, Joaquín Fanjul de Alcocer.

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