Visto el expediente de indulto de don Antonio Gabarre Escudero, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 5 de junio de 1984, como autor de un delito de robo con violencia en las personas, en grado de frustración, a la pena de tres meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1983, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de febrero de 1998,
Vengo en indultar a don Antonio Gabarre Escudero la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 20 de febrero de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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