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Documento BOE-A-1998-6040

Orden de 13 de febrero de 1998 por la que se autoriza la impartición anticipada de las enseñanzas de tercero y cuarto cursos de la Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato LOGSE, a partir del presente curso académico 1997-1998, al centro privado de Educación Secundaria «Centro Escolar Balder», de Las Matas-Las Rozas (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 1998, páginas 8688 a 8688 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-6040

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancias de don Mariano Martínez de Velasco Feyjoó, solicitando autorización para la impartición anticipada de las enseñanzas de tercero y cuarto cursos de la Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato LOGSE, a partir del presente curso académico 1997-1998, en el Centro de Educación Secundaria "Centro Escolar Balder", de Las Matas-Las Rozas (Madrid),

El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:

Primero.-Autorizar, de acuerdo con los artículos 13. d) del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, y 22 del Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, la implantación anticipada de tercero y cuarto cursos de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato LOGSE en el Centro de Educación Secundaria "Centro Escolar Balder", de Las Matas-Las Rozas (Madrid), a partir del presente curso 1997-1998, dejando de impartirse las enseñanzas correspondientes a Bachillerato Unificado y Polivalente, establecidas en la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa.

Segundo.-El Centro de Educación Secundaria deberá cumplir las condiciones que, en materia de ordenación académica y dotación de recursos personales, se establecen para las nuevas enseñanzas en el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, modificado por Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio.

Tercero.-Contra la presente Orden, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 13 de febrero de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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