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Documento BOE-A-1998-8081

Resolución de 3 de marzo de 1998, de la Universidad de Burgos, por la que se convoca a concurso público la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 4 de abril de 1998, páginas 11523 a 11530 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-8081

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria ("Boletín Oficial del Estado" de 1 de septiembre), y en el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre), por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas de los cuerpos docentes universitarios, en su nueva redacción dada por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 11 de julio),

El Rector de esta Universidad ha resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

Primera.-La tramitación del concurso para proveer las citadas plazas será para cada una de ellas y se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto; el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre; la Orden de 28 de diciembre de 1984; y en lo no previsto por la legislación general vigente de Funcionarios Civiles del Estado.

Segunda.-Para ser admitido a los citados concursos los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o ciudadano de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, según lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 24); y en el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de junio), por el que se regula el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido los setenta años de edad.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

Tercera.-Deberán reunir, además, las siguientes condiciones académicas específicas:

a) Para concursar a plazas de Catedrático de Universidad, estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones señaladas en el artículo 4, apartado 1, letra c) del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.

b) Para concursar a plazas de Profesor Titular de Universidad, estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones del artículo 37.4 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto.

c) Para concursar a plazas de Catedrático de Escuela Universitaria, las condiciones señaladas en el artículo 36.1 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, o las de la disposición transitoria tercera del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre.

d) Para concursar a plazas de Profesor titular de Escuela Universitaria, cumplir las condiciones señaladas en el artículo 35.1 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto.

Cuarta.-Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán la correspondiente solicitud al excelentísimo señor Rector Magnífico de la Universidad de Burgos por cualquiera de los métodos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", mediante instancia, según modelo del anexo II, debidamente cumplimentada junto con fotocopia del DNI y los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en el concurso.

De conformidad con el artículo 5.1 del Real Decreto 1427/1986, la concurrencia de los requisitos deberá estar referida, siempre, a la fecha anterior a la de expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso, y mantenerse, hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

Con la solicitud, los aspirantes deberán adjuntar el justificante de haber abonado en la entidad "Caja de Burgos", entidad 2018, oficina principal 0000, cuenta número 1120001005, a nombre de la "Universidad de Burgos", "Cuenta restringida de ingresos de oposiciones", la cantidad de 4.000 pesetas por derechos de examen, bien mediante el correspondiente talón de cargo que le será facilitado en la Secretaría Administrativa de los centros docentes respectivos y en el Registro General de esta Universidad, Rectorado, Hospital del Rey, sin número, bien mediante transferencia bancaria a la citada cuenta. En todo caso, se hará constar la referencia de la plaza a la que se aspira, indicada en el anexo I. La ausencia del justificante de pago determinará la exclusión del aspirante.

Quinta.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Burgos, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, remitirá a todos los aspirantes relación provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de la exclusión.

Contra esta Resolución los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de quince día hábiles, a contar desde el día siguiente al de la notificación. Resueltas las posibles reclamaciones la mencionada relación adquirirá la condición de definitiva.

Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de estas pruebas selectivas. A tal efecto, el reintegro se realizará de oficio.

Sexta.-El Presidente de la Comisión, dentro del plazo habilitado reglamentariamente para la constitución y previa consulta a los restantes miembros de la misma, dictará una resolución que deberá ser notificada a todos los interesados con una antelación mínima de quince días naturales respecto de la fecha del acto para el que se le cita, convocando a:

a) Todos los miembros titulares de la Comisión, y en su caso, a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución de la misma.

b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar el acto de presentación de los concursantes, con señalamiento de día, lugar y hora de celebración de dicho acto.

Séptima.-En el acto de presentación los concursantes entregarán al Presidente de la comisión la documentación señalada en los artículos 9 y 10 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, modificado por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, según se trate, en cada caso, de concurso de acceso o concurso de méritos. Se adjunta en el anexo III modelo de currículum vitae.

Octava.-Los candidatos propuestos para la provisión de plazas deberán presentar -a través del Registro General de esta Universidad- y en el plazo de quince días hábiles siguientes al de finalización de la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

a) Copia compulsada del DNI o, en su caso, documento acreditativo de la nacionalidad, certificado por la autoridad competente del país de origen.

b) Copia compulsada del título académico.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los no españoles deberán presentar documento acreditativo de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública, debidamente certificado por la autoridad competente del Estado de procedencia.

d) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad.

e) Certificación oficial médica de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le inhabilite para el desempeño de las funciones correspondientes a la condición de Profesor de Universidad.

Los que tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependieran, para acreditar su condición de funcionario y servicios.

Novena.-La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación de las Comisiones podrán ser impugnados por los interesados ante el Rector de la Universidad de Burgos, en los casos y en la forma prevista en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, agotadas, en su caso, las reclamaciones previstas en las normas específicas.

Burgos, 3 de marzo de 1998.-El Rector, José María Leal Villalba.

ANEXO I

Titular de Escuela Universitaria

Plaza: 16.1 PTEU 040. Concurso de acceso. Área de conocimiento: "Teoría e Historia de la Educación". Departamento: Ciencias de la Educación. Centro: Facultad de Humanidades y Educación. Actividades: Docencia en Pedagogía Social en el currículum formativo del educador social y tutorización del prácticum de educación social.

Plaza: 16.2 PTEU 041. Concurso de acceso. Área de conocimiento: "Didáctica de la Expresión Musical". Departamento: Didácticas Específicas. Centro: Facultad de Humanidades y Educación. Actividades: Docencia en Didáctica de la Expresión Musical en Educación Infantil "Prácticum".

Plaza: 16.3 PTEU 042. Concurso de acceso. Área de conocimiento: "Ingeniería de la Construcción". Departamento: Construcciones Arquitectónicas e Ingenierías de la Construcción y del Terreno. Centro: Escuela Universitaria Politécnica. Actividades: Docencia en materiales de construcción.

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