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Documento BOE-A-1998-8082

Resolución de 9 de marzo de 1998, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo correspondiente al grupo B.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 4 de abril de 1998, páginas 11530 a 11533 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-8082

TEXTO ORIGINAL

Vacante el puesto de trabajo de personal de Administración y Servicios que se relaciona en el anexo I, dotado presupuestariamente, y cuya provisión se estima conveniente en atención a las necesidades del servicio,

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 18, en relación con el 3.o, e), de la Ley de Reforma Universitaria, y por el artículo 35 de los Estatutos de la Universidad, aprobados por Real Decreto 1287/1985, de 26 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 31 de julio); de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según la redacción dada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en la relación de puestos de trabajo de la Universidad, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, ha resuelto convocar concurso específico para cubrir el citado puesto vacante con arreglo a las siguientes

Bases de la convocatoria

Primera.-1. Podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios de carrera de los Cuerpos o Escalas clasificados en el grupo B, comprendidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

2. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios comprendidos en el apartado anterior que se encuentren en la situación de servicio activo, servicios especiales, servicios en Comunidades Autónomas, excedencia forzosa, procedentes de la situación de suspenso que hayan cumplido el período de suspensión, excedencia voluntaria y excedencia para el cuidado de hijo.

3. Los funcionarios en activo con destino definitivo podrán participar siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino obtenido, salvo las excepciones a las que se refiere el apartado f) del artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en la redacción dada por la Ley 23/1988, de 28 de julio.

4. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades Autónomas sólo podrán tomar parte en el presente concurso si han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado.

5. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular [artículo 29.3.c) de la Ley 30/1984] sólo podrán participar si han transcurrido dos años desde que fueron declarados en dicha situación.

6. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado de hijos que tengan reservado su puesto de trabajo, sólo podrán participar en el concurso si han transcurrido dos años desde la toma de posesión de dicho puesto.

7. Todos los requisitos y plazos establecidos se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Segunda.-Los funcionarios con alguna discapacidad podrán instar en la propia solicitud de vacante la adaptación del puesto solicitado que no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización. La Comisión de Valoración podrá recabar del interesado, en entrevista personal, la información que estime necesaria en orden a la adaptación aducida, así como el dictamen de los órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de los competentes del Ministerio de Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, respecto de la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto en concreto.

Tercera.-El puesto de trabajo que puede solicitarse se detalla en el anexo I. Los concursantes habrán de reunir los requisitos de grupo que se señalan en el anexo I y Cuerpo o Escala de los establecidos en la relación de puestos de trabajo de esta Universidad.

Cuarta.-Los méritos a valorar serán los que se indican, de acuerdo con el baremo de puntuación que a continuación se detalla:

Primera fase

4.1 Grado personal consolidado:

4.1.1 Por grado personal igual al del puesto solicitado: 3 puntos.

4.1.2 Por grado personal inferior o superior en dos niveles al del puesto solicitado: 2 puntos.

4.1.3 Por grado personal inferior o superior en cuatro o más niveles al del puesto solicitado: 1,5 puntos.

4.2 Valoración del trabajo desarrollado: La valoración del trabajo desarrollado en la Universidad Nacional de Educación a Distancia se hará considerando las unidades y niveles administrativos de los puestos de trabajo donde haya prestado servicios el concursante durante los últimos seis años, siempre que dicha plaza se hubiera obtenido mediante concurso.

En caso de estar desempeñando un puesto que no se hubiera obtenido mediante concurso (en comisión de servicios, adscripción provisional, etc.), la valoración provisional del trabajo se efectuará siempre en el puesto de origen.

Todo ello según la siguiente tabla:

Puesto de trabajo / Número de años en el puesto

En la misma unidad administrativa / 3,2 / 3,4 / 3,6 / 3,8 / 4,0 / 4,2

En la misma área y mismo nivel administrativo / 2,7 / 2,9 / 3,1 / 3,3 / 3,5 / 3,7

En la misma área e inferior nivel / 2,2 / 2,4 / 2,6 / 2,8 / 3,0 / 3,2

En diferente área y mismo nivel / 1,7 / 1,9 / 2,1 / 2,3 / 2,5 / 2,7

En diferente área e inferior nivel / 1,2 / 1,4 / 1,6 / 1,8 / 2,0 / 2,2

Años / 1 / 2 / 3 / 4 / 5 / 6

En el supuesto que de la aplicación de la tabla resultase más de una puntuación, se tendrá en cuenta la más alta, añadiendo a la misma:

Por año trabajado en el área de la plaza objeto de concurso:

a) En un puesto del mismo nivel que ésta: 0,100 puntos.

b) En un puesto de distinto nivel que ésta: 0,075 puntos.

Por año trabajado en un área diferente a la de la plaza objeto de concurso:

a) En un puesto del mismo nivel que ésta: 0,075 puntos.

b) En un puesto de distinto nivel que ésta: 0,050 puntos.

A los efectos de valoración de estos méritos, se considerará la unidad administrativa como la sección objeto del concurso y distinta unidad administrativa como cualquier otra sección de la Biblioteca.

4.3 Cursos de formación y perfeccionamiento: Únicamente se valorarán los cursos específicos de Biblioteconomía y Documentación, así como los cursos de Gestión Económica y Presupuestaria, Procedimiento Administrativo y Gestión de Personal, que deberán acreditarse con el certificado o título correspondiente. En este apartado sólo se tendrán en cuenta los cursos impartidos por la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por el Instituto Nacional de las Administraciones Públicas o por otros organismos oficiales.

Se valorarán con un máximo de 1,4 puntos.

4.4 Antigüedad en la Administración:

4.4.1 Por cada año de servicio reconocidos en la Administración o fracción superior a seis meses: 0,05 puntos, hasta un máximo de 2.

4.4.2 Por cada año de servicios prestados en la Universidad Nacional de Educación a Distancia o fracción superior a seis meses: 0,10 puntos, hasta un máximo de 2.

A los efectos de valoración no se computarán los años de servicio que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.

La valoración máxima por este apartado será de 2 puntos.

4.5 Cuerpo o Escala: Por pertenecer a Cuerpo o Escala del grupo B de clasificación (artículo 25 de la Ley 30/1984), Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos: 1,25 puntos.

Segunda fase

Para acceder a esta fase, el/la aspirante deberá obtener en la primera fase, al menos, 5,9 puntos.

4.6 Méritos específicos: En concepto de méritos específicos adecuados a las características del puesto de trabajo, se valorarán los reseñados en el anexo I de esta convocatoria como determinantes de la idoneidad de quien aspire a desempeñar el puesto.

Para la valoración de estos méritos, los aspirantes deberán presentar su currículum vitae con las certificaciones, títulos o justificantes que estimen pertinentes y una memoria en la que, con carácter general, analicen las tareas, requisitos, condiciones y medios necesarios para el desempeño de la sección, a juicio del candidato, con base en la descripción del puesto contenida en el anexo I.

La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por los concursantes, convocará, para la celebración de una entrevista, a los candidatos que, según la cuantificación de sus méritos por baremo, tengan opción efectiva a la plaza; la entrevista versará sobre aspectos de la Memoria y del currículum y podrá reclamar del concursante cuantas aclaraciones sobre los méritos alegados crea conveniente, a fin de realizar una valoración adecuada de los mismos.

La valoración de esta fase se efectuará mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, desechándose la máxima y mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezca repetidas.

La puntuación máxima para esta fase será de 2,1 puntos.

Quinta.-La propuesta de esta Resolución para la plaza convocada deberá recaer sobre la persona candidata que haya obtenido la mayor puntuación, sumados los resultados finales de las dos fases.

En caso de empate en la puntuación final, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 364/1995, del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, en su artículo 44.4. Si se produjera un nuevo empate, una vez atendido este criterio, se adjudicará la plaza al concursante cuyos apellidos sean los primeros en prelación a partir de la letra "Z", de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 9 de abril de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 12), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 4 de abril.

Sexta.-1. Los méritos, así como los requisitos y datos imprescindibles, deberán ser acreditados por certificado, en copia del modelo que figura como anexo IV de esta Resolución. Dicho certificado deberá ser expedido por el órgano competente en materia de personal de cada organismo, o por la Sección de Personal de Administración y Servicios de la Universidad.

Las certificaciones se expresarán referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la terminación de su período de suspensión.

3. Los excedentes voluntarios por interés particular acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas.

4. Los expectantes de destino por supresión de puesto aportarán certificado al respecto, expedido por la Dirección General de la Función Pública.

Séptima.-1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso, dirigidas al Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, se ajustarán al modelo publicado como anexo II de esta Resolución, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", bien directamente en las Unidades de Atención al público de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, sitas en la calle Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid; Edificio de Humanidades, calle Senda del Rey, sin número, y Pabellón de Gobierno, Ciudad Universitaria, sin número, 28040 Madrid, bien en las formas establecidas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. El concursante deberá unir a la solicitud la documentación que hubiera de acompañar, con su correspondiente índice, adaptándose al efecto a los modelos que figuran en los anexos respectivos, así como el currículum vitae, certificaciones, títulos o justificantes a que hace referencia el baremo correspondiente.

Los anexos a presentar son los siguientes:

Anexo II: Solicitud de participación.

Anexo III: Puesto solicitado.

Anexo IV: Certificación de la Unidad de Personal.

Anexo V: Currículum vitae profesional.

Octava.-Los méritos serán valorados por la siguiente Comisión:

Titulares:

Presidenta: Doña María Teresa Mendiguchía González, Vicegerente de Coordinación Administrativa de la Universidad.

Vocales: Doña Isabel Belmonte Martínez, Directora de la Biblioteca de la Universidad; doña María Antonia González Díez, Jefa del Servicio de Presupuestos y Sistemas, y doña Ascensión Hernández Vázquez, en representación de la Junta de Personal.

Secretaria: Doña María Roca Bernal, Jefa del Servicio de Personal.

Suplentes:

Presidente: Don Juan José de la Vega Viñambres, Vicegerente de Asuntos Económicos.

Vocales: Doña Paloma Centeno Fernández, Jefa del Servicio de Investigación; doña Paloma Isla Álvarez de Tejera, Jefa del Servicio de Infraestructura, y doña Concepción San Isidro Corrales, en representación de la Junta de Personal.

Secretario: Don Antonio Castiñeiras Pérez, Jefe de la Sección de Personal Docente.

Novena.-1. Una vez transcurrido el período de presentación de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para el peticionario, y el destino adjudicado será irrenunciable, excepto si hubiera obtenido otro en distinto concurso antes de finalizar el plazo de toma de posesión, en cuyo caso podrá optar entre ambos puestos de trabajo, viniendo obligado a comunicar la opción realizada al Rectorado de la Universidad por escrito, dentro del plazo de tres días desde la notificación de la adjudicación del otro puesto.

2. El traslado a que pueda dar lugar la adjudicación del puesto de trabajo tendrá, a todos los efectos, consideración de voluntario.

Décima.-El plazo para la resolución del concurso será de tres meses, contados desde el día siguiente al de la finalización del de la presentación de solicitudes.

Undécima.-1. El concurso se decidirá por resolución del Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", determinándose el puesto de trabajo que se adjudica y el funcionario que se destina al mismo.

2. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días si radica en la misma localidad, o de un mes si radica en distinta localidad o comporta el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución que resuelve el concurso. Si la resolución comporta reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde el día siguiente a dicha publicación.

3. El cómputo del plazo posesorio se iniciará una vez finalizados los permisos y licencias que, en su caso, hayan sido concedidos al interesado.

4. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo.

Duodécima.-Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, previa comunicación a este Rectorado.

Madrid, 9 de marzo de 1998.-El Rector, Jenaro Costas Rodríguez.

ANEXO I

Localidad de destino del puesto de trabajo objeto de la convocatoria: Madrid

Núm.

de

orden / Denominación del puesto / Descripción / Nivel / Comp. espec.

-

Pesetas / Adsc.

grupo / Méritos / Puntos

máx.

1 / Jefe/a Sección Adquisiciones. / Responsable, bajo la dependencia orgánica de la Dirección de la Biblioteca, de la selección y gestión administrativa de todas las adquisiciones bibliográficas en cualesquiera de sus modalidades.

Seguimiento y control del presupuesto para adquisiciones de la Biblioteca. / 24 / 856.476 / B / Conocimiento amplio del sector editorial.

Experiencia en la selección y adquisición de material bibliográfico en cualquier soporte.

Conocimiento y experiencia en el sistema informático DOBIS/LIBIS.

Cursos de formación: Se valorarán los cursos específicos de Biblioteconomía y Documentación, así como los cursos de Gestión Económica y Presupuestaria, que deberán acreditarse en el certificado o título oficial correspondiente. / 2,1

ANEXO II

Concurso de méritos convocado por Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, de fecha .............. ("Boletín Oficial del Estado" número ......)

Solicitud de participación en el concurso de méritos que formula:

Don/doña Documento nacional de identidad número Domicilio Teléfono Localidad C. P. Administración a la que pertenece Número de Registro de Personal Grupo Grado consolidado

Solicita: Participar en el concurso referenciado en el encabezamiento, de acuerdo con las bases de la convocatoria, y al efecto acompaña reseña del puesto al que aspira, así como la documentación que en el índice se detalla, justificativa de circunstancias, requisitos y méritos.

En a de de 199...

ANEXO III

Concurso de méritos convocado por Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, de fecha .............. ("Boletín Oficial del Estado" número ......)

Reseña del puesto que solicita don/doña

Número

del puesto / Denominación del puesto

ANEXO IV

(El certificado debe extenderse por la Unidad de Personal

del organismo donde preste servicios el/la funcionario/a)

Don/doña Cargo

Certifico: Los datos que siguen previa verificación del expediente de la persona interesada (1).

1. Datos personales:

Apellidos y nombre Cuerpo o Escala Grupo DNI Código de Cuerpo o Escala NRP

2. Situación administrativa (señálese el recuadro correspondiente, cumplimentando los datos adicionales, en su caso):

i Servicio activo.

i Servicios especiales.

i Servicio en Comunidades Autónomas.

i Suspensión de funciones.

Fecha de finalización del período de suspensión

i Excedencia forzosa.

i Excedencia voluntaria.

Artículo 29.4 (2) o apartado artículo 29.3 de la Ley 30/1984.

Fecha de cese en el servicio activo

i Otras situaciones Fecha cese serv. activo

3. Puesto de trabajo:

i Definitivo (3)i Provisional (4)

Organismo Localidad Denominación Fecha toma de posesión Nivel complemento destino

4. Puesto de trabajo desempeñado en comisión de servi cios (5):

Organismo Localidad Denominación Fecha toma de posesión Nivel complemento destino

5. Particularidades (determinar en su caso):

i Se encuentra exceptuado del período de permanencia previsto en la base primera, número 3.

i Por tener destino dentro de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

i Por haber sido removido del puesto de trabajo al que accedió por concurso o libre designación.

i Por supresión del puesto de trabajo.

6. Méritos que acredita (base cuarta):

6.1 Que tiene consolidado grado

6.2 Puesto de trabajo desempeñado en la actualidad: Años y meses

Otros puestos desempeñados:

Denominación / Desde / Hasta / Años y meses

completos

6.3 Antigüedad en la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Tiempo de servicio efectivo reconocido:

Años Meses Días

6.4 Antigüedad en otras Administraciones. Tiempo de servicio reconocido:

Años Meses Días

Lo que expido a petición de la persona interesada y para que surta efectos en el concurso de méritos convocados por Resolución de la Universidad Nacional de Educación a Distancia con fecha de de 199 ("Boletín Oficial del Estado" ).

El/la Jefe/a de la Unidad de Personal,

(Lugar, fecha, firma y sello)

(1) Los datos se referirán a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.

(2) Si no hubiera transcurrido un año desde la fecha de cese, deberá cumplimentarse el apartado 3 (puesto de trabajo).

(3) Puestos obtenidos por concurso, libre designación, nuevo ingreso y permuta. (4) Supuestos de adscripción provisional por reingreso al servicio activo y por los motivos previstos en el artículo 72.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

(5) En caso de desempeñar un puesto de trabajo en comisión de servicios, cumplimentar también el apartado 3, referido al puesto de trabajo en propiedad.

ANEXO V

Currículum vitae

A) Datos personales:

Apellidos

Nombre

Documento nacional de identidad

Domicilio (calle)

Domicilio (localidad)

Código postal

Teléfono

B) Datos profesionales:

Cuerpo o Escala

Nivel de complemento de destino

Grado consolidado

Historial profesional (con breve descripción de tareas)

C) Datos académicos y aptitudes:

Títulos

Cursos

Idiomas

Otros

Notas: Por favor, cíñase a los datos solicitados, si no tiene espacio suficiente con el disponible en el modelo, puede usted usar hojas suplementarias.

Importante: La inclusión de comentarios o datos no solicitados en este modelo puede ser causa de invalidación del currículum vitae a todos los efectos.

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