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Documento BOE-A-1998-8174

Orden de 9 de marzo de 1998 por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo, en el recurso de apelación número 3.104/1992, interpuesto contra la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo número 2.530/1988, promovido por don Mario Rigal Maurandi.

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 6 de abril de 1998, páginas 11619 a 11619 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1998-8174

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 16 de julio de 1991, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictó sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 2.530/1988, promovido por don Mario Rigal Maurandi, sobre reducción de jornada y retribuciones; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

"Fallamos: Que debemos declarar y declaramos inadmisible el recurso contencioso-administrativo, por concurrir las causas de existencia de cosa juzgada respecto a los pedimentos de la demanda en relación con los indeterminados afiliados, que han interpuesto recurso sobre los mismos extremos, falta de legitimación activa en la entidad demandante y por presentación del recurso origen de éste, fuera del plazo legal, según las causas previstas en el artículo 82. d), b) y f), imponiendo a la parte recurrente las costas de este procedimiento por estimarse temeridad al conocer la interposición y falta de recursos de esta clase por sus posibles afiliados, desde 1982."

Habiéndose interpuesto recurso de apelación número 3.104/1992 por la parte recurrente, el Tribunal Supremo, con fecha 5 de diciembre de 1997, dictó sentencia cuya parte dispositiva dice así:

"Fallamos: Que desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la Federación Sindical Nacional Independiente de Funcionarios de Cámaras Agrarias (FESINCA), contra la sentencia de la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 16 de julio de 1991, dictada en el recurso 2.530/1988. Sin costas."

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Madrid, 9 de marzo de 1998.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), la Jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Asunción Pérez Román.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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