Contido non dispoñible en galego
En el recurso contencioso-administrativo número 1.708/1996, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Yoplait, Sociedad Anónima", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 15 de marzo de 1994 y de 21 de mayo de 1996, se ha dictado, con fecha 11 de junio de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que estimando en parte el presente recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal de "Yoplait, Sociedad Anónima", debemos revocar y revocamos la concesión de la marca internacional 578.342 IOMI para los productos de la clase 29, para los que fue concedida por no ser dicha concesión ajustada a derecho, y, en consecuencia, debemos acordar y acordamos la denegación de la marca internacional 578.342 IOMI para productos de la clase 29. Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 27 de febrero de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid