En el recurso contencioso-administrativo número 1.121/1995-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Cartier, Sociedad Anónima", contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 6 de marzo y 13 de julio de 1995, se ha dictado, con fecha 3 de diciembre de 1997 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que, estimando el recurso contencioso-administrativo número 1.121/95-04, interpuesto por el Procurador don Rafael Rodríguez Montaut, actuando en nombre y representación de "Cartier, Sociedad Anónima", contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 13 de julio de 1995 ("Boletín Oficial de la Propiedad Industrial" de 1 de septiembre), en cuanto desestimatoria del recurso ordinario entablado frente a la de 6 de marzo de ese mismo año ("Boletín Oficial de la Propiedad Industrial" de 16 de mayo), por la que se concedió la inscripción registral de la marca denominativa número 1.681.290 "Ardier", para distinguir productos de la clase 14 del nomenclátor, debemos declarar y declaramos que las resoluciones impugnadas no son conformes con el ordenamiento jurídico, y, en consecuencia, las anulamos. Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 27 de febrero de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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