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Documento BOE-A-1998-9088

Resolución de 11 de marzo de 1998, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se homologa el Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo para impartir cursos de especialidad marítima.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 1998, páginas 12616 a 12616 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1998-9088

TEXTO ORIGINAL

Recibida en el Ministerio de Fomento la documentación presentada por la ilustrísima señora doña Ana Gallego Castro, Directora general de Formación Pesquera e Investigación, perteneciente a la Consejería de Pes ca, Marisqueo y Acuicultura de la Junta de Galicia, en solicitud de homologación de dicho centro, para impartir cursos de especialidad marítima.

Vista la Orden de 30 de noviembre de 1993 ("Boletín Oficial del Estado"número 300), por la que se establecen los certificados de Operador General y Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima, Manejo de Embarcaciones de Salvamento y Socorrismo Marítimo.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Homologar el Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo para impartir los cursos de especialidad marítima:

Cursos de Operador General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM).

Cursos de Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM).

Segundo.-Esta homologación tendrá validez por un año a partir de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", pudiendo prorrogarse, siempre que se solicite por el interesado antes de la fecha de su expiración y cumpla el centro con los requisitos establecidos en la Orden de 30 de noviembre de 1993.

Tercero.-Quince días antes de la celebración de cada curso, el Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico solicitará la autorización de la Dirección General de la Marina Mercante, Subdirección General de Inspección Marítima, acompañando a esta solicitud de autorización currículum profesional de los Profesores que impartan los cursillos, así como fechas, y horarios de los mismos.

Cuarto.-El centro de formación, a la finalización del curso, remitirá las actas del mismo, en las que deben constar: Nombre, apellidos, documento nacional de identidad y calificación (apto, no apto) de los alumnos, así como firma de los Profesores responsables del curso, con el visto bueno del Director del centro.

Quinto.-El personal marítimo que haya finalizado con aprovechamiento los cursillos impartidos por el Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico, siempre que los planes de estudios y las prácticas se acomoden a los contenidos en la Orden que regula estos cursos, podrán solicitar el certificado que expide la Dirección General de la Marina Mercante (Subdirección General de Inspección Marítima), a la vista de las actas emitidas por el centro de formación.

Sexto.-Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se lleva a cabo con los planes aprobados por la Subdirección General de Inspección Marítima, ésta efectuará inspecciones periódicas.

Madrid, 11 de marzo de 1998.-El Director general, Fernando Casas Blanco.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Inspección Marítima.

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