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Documento BOE-A-1998-9124

Orden de 26 de marzo de 1998 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso contencioso-administrativo 692/1995, promovido por don Pedro García Carrasco.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 1998, páginas 12738 a 12738 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1998-9124

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha dictado sentencia, con fecha 9 de diciembre de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 692/1995, en el que son partes, de una, como demandante, don Pedro García Carrasco, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 5 de diciembre de 1991, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 30 de septiembre de 1991, sobre concurrencia de pensiones públicas.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

"Fallamos:

Primero.-Desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Pedro García Carrasco, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto por el recurrente contra el acuerdo de la MUFACE de fecha 30 de septiembre de 1991, por el que se le reconocía pensión de jubilación del Montepío de Funcionarios de la Organización Sindical, integrado en el Fondo Especial de dicha Mutualidad, en la cuantía de 63.069 pesetas mensuales, si bien, quedaba reducida a 8.525 pesetas por concurrencia de pensiones, y, en consecuencia, se confirman los actos impugnados por ser ajustados a derecho.

Segundo.-No hace especial pronunciamiento sobre las costas causadas."

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 26 de marzo de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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