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Documento BOE-A-1998-9231

Orden de 20 de marzo de 1998, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro privado de música de grado elemental «Colegio Narval» de Cartagena (Murcia).

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 17 de abril de 1998, páginas 12898 a 12898 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-9231

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a instancia de la "Sociedad Cooperativa de Trabajo Asociado Narval", titular del centro privado "Colegio Narval" de Cartagena (Murcia), en el que se solicita autorización para la apertura y funcionamiento de un centro de grado elemental de música según lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, sobre autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento del centro que se describe a continuación y proceder a su inscripción en el Registro de Centros:

Denominación genérica: Centro autorizado de grado elemental de música.

Denominación específica: "Colegio Narval".

Titular: "Sociedad Cooperativa de Trabajo Asociado Narval".

Domicilio: Avenida de Génova, sin número, urbanización Santa Ana.

Localidad: Cartagena.

Municipio: Cartagena.

Provincia: Murcia.

Enseñanzas que se autorizan: Piano, Violín, Viola, Violoncello, Contrabajo, Flauta Travesera, Clarinete, Trompa, Trompeta y Guitarra.

Número de puestos escolares: 80.

Segundo.-De acuerdo con la disposición adicional cuarta del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, el centro queda adscrito, a efectos administrativos, al Conservatorio Profesional de Música de Murcia.

Tercero.-Los supuestos de modificaciones y extinción, en su caso, de la presente autorización se regirán por lo establecido en los capítulos III y IV del Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero.

Cuarto.-Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados a partir del día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con el artículo 37.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 20 de marzo de 1998.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996 "Boletín Oficial del Estado" del 19), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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