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Documento BOE-A-1998-954

Orden de 28 de noviembre de 1997, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del Centro de Formación Profesional Específica «Cidex, Secretariado Ejecutivo Multilingüe», de Valladolid.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 1998, páginas 1730 a 1731 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-954

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia de doña Concepción Marzal Valdés, en nombre y representación de la compañía mercantil "Cidex, Secretariado Ejecutivo Multilingüe, Sociedad Limitada", solicitando autorización de cambio de domicilio del centro de Formación Profesional Específica "Cidex, Secretariado Ejecutivo Multilingüe", sito en la plaza de San Pablo, 2, de Valladolid, a unas nuevas instalaciones sitas en la calle Esteban García Chico, 2, de la misma localidad.

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 7.o 3 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento del centro que a continuación se señala:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: "Cidex, Secretariado Ejecutivo Multilingüe".

Domicilio: Calle Esteban García Chico, 2.

Localidad: Valladolid.

Municipio: Valladolid.

Provincia: Valladolid.

Titular: "Cidex, Secretariado Ejecutivo Multilingüe, Sociedad Limitada",.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Turno diurno:

Ciclo formativo de grado superior de Secretariado.

Capacidad: Número de grupos: 2. Número de puestos escolares: 60.

a) Turno vespertino:

Ciclo formativo de grado superior de Administración y Finanzas.

Capacidad: Número de grupos: 2. Número de puestos escolares: 60.

Segundo.-Extinguir la autorización de Formación Profesional Específica "Cidex, Secretariado Ejecutivo Multilingüe", en sus instalaciones de la plaza de San Pablo, 2, de Valladolid, como consecuencia del cambio de domicilio que por la presente Orden se autoriza.

Tercero.-El centro deberá cumplir los requisitos de equipamiento que se acompañaban con anexo a la Resolución de la Dirección General de Centros Educativos de 23 de julio de 1997. Dicha circunstancia será comprobada por el Servicio de Inspección Técnica de Educación.

Cuarto.-Antes del inicio de las actividades educativas, la Dirección Provincial del Departamento en Valladolid, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, deberá aprobar la relación del profesorado con el que contará el centro.

Quinto.-El centro deberá cumplir la Norma Básica para la Edificación NBE CPI/96 de Condiciones de Protección Contra Incendios en los Edificios, aprobada por Real Decreto 2177/1996, de 1 de marzo.

Sexto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artícu los 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1994 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 28 de noviembre de 1997.- P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo Sr. Director general de Centros Educativos.

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