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Documento BOE-A-1998-990

Resolución de 18 de diciembre de 1997, del Instituto Tecnológico Geominero de España, por la que se dispone la publicación del Convenioespecíficio para la ejecución de cinco hojas geológicas, suscrito entre el Instituto Cartográfico de Cataluña y el Instituto Tecnológico Geominero de España.

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 1998, páginas 1773 a 1774 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1998-990

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, entre el Instituto Cartográfico de Cataluña y el Instituto Tecnológico Geominero de España, el día 9 de diciembre de 1997, un Convenio específico para la ejecución de cinco hojas geológicas, y en cumplimiento de lo establecido en el punto noveno del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990 ("Boletín Oficial del Estado" del 16), procede la publicación de dicho Convenio que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 18 de diciembre de 1997.-El Director general, Emilio Custodio Gimena.

ANEXO

Convenio específico entre el Instituto Tecnológico Geominero de España y el Instituto Cartográfico de Cataluña para la ejecución de cinco hojas geológicas

En Barcelona, a 9 de diciembre de 1997.

REUNIDOS

De una parte, don Emilio Custodio Gimena, Director general del Instituto Tecnológico Geominero de España (de aquí en adelante ITGE), Real Decreto 230/1997 de 14 de febrero, conforme le previene el artículo 15 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica y el Real Decreto 2402/77, de 17 de junio, y demás disposiciones que regulan el funcionamiento del organismo y actuando conforme al Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995, por el que se delega la competencia para la celebración de Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

De otra parte, don Jaume Miranda Canals, Director del Instituto Cartográfico de Cataluña (de aquí en adelante ICC), según el Decreto 499/1983 de 28 de octubre, publicado en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" número 385, de 30 de noviembre de 1983.

Reconociéndose ambas partes capacidad legal suficiente para celebrar este Convenio específico, en nombre de los organismos que representan, y en uso de las atribuciones que les otorga su propio cargo.

EXPONEN

Que el ITGE, tiene entre sus objetivos la realización del Mapa Geológico Nacional a escala 1:50.000 (MAGNA), estando en la actualidad llevando a cabo con medios propios la cartografía de las Hojas números 150, 181, 182, 214, 215 y 253 del citado mapa.

Que el ICC, a través del Servicio Geológico de Cataluña, tiene entre sus objetivos la adquisición de datos geológicos sobre el territorio de Cataluña y la realización del Mapa Geológico de Cataluña a escala 1:25.000.

Por otro lado, el ITGE y los Departamentos de Política Territorial y Obras Públicas y de Industria y Energía de la Generalidad de Cataluña, al primero de los cuales está adscrito el ICC, suscribieron un Convenio de colaboración que fue firmado el 18 de julio de 1984 en Barcelona, que se encuentra actualmente vigente dado su carácter de Marco.

El presente Convenio específico se inscribe dentro del citado Convenio de Colaboración según prevé el punto siete del mismo.

La experiencia adquirida por el ICC así como el espíritu de colaboración que rige entre este organismo público y el ITGE, tal y como contempla el Convenio de colaboración suscrito y del que se ha hecho referencia en el apartado anterior justifica la realización del presente Convenio específico, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El objetivo del Convenio es la confección de las cinco hojas geológicas a escala 1:50.000 del Mapa Topográfico Nacional números 216, 254, 291, 292 y 328.

Segunda.-El ICC, a través de su Servicio Geológico, se compromete a la realización del trabajo, desarrollando las distintas unidades o fases que componen el mismo, de acuerdo con la normativa establecida en el "Modelo de Hoja Geológica a escala 1:50.000 del Mapa Geológico Nacional (MAGNA)" y anexos específicos.

Tercera.-En concreto los productos finales que se obtendrán tras la realización de los trabajos contemplados en este Convenio específico, son:

Mapa Geológico a escala 1:50.000 de las hojas 216, 254, 291, 292 y 328.

Mapa Geomorfológico a escala 1:50.000 de las hojas 216, 254, 291, 292 y 328.

Memorias: Una para cada hoja.

Informes complementarios:

Estratigráfico-sedimentológico.

Paleontológico.

Tectónico y neotectónico.

De puntos de interés geológico (informes individualizados para cada hoja).

Columnas estratigráficas.

Álbum fotográfico.

Colección de muestras de mano, láminas y levigados.

Fichas de análisis.

Estos resultados deberán ser conformes con la norma y especificaciones establecidas para los mismos.

Cuarta.-El ICC, en relación a las prestaciones que implica la cláusula anterior, proporcionará el personal técnico experimentado en las áreas de estudio que se considere necesario para la buena ejecución de los distintos trabajos que comprende el Convenio. Para este fin, el director del equipo de trabajo, nombrado por el ICC presentará un Plan de Trabajo, con el Equipo Técnico para su ejecución que deberá ser aprobado de una manera expresa por el ITGE.

Quinta.-El ITGE tendrá en todo momento libre acceso a los trabajos para conocer y aprobar la progresión de los mismos, a cuyo fin el ICC dará toda clase de facilidades. A estos efectos el ITGE designará un Técnico Superior, como director del Proyecto, que será, además, el encargado de expedir las correspondientes certificaciones para el abono de los trabajos realizados. Por su parte el ICC designará a un Técnico Superior como director del Equipo de Trabajo.

Sexta.-Tanto el ITGE como el ICC se comprometen al intercambio de la información geológica que dispongan de las hojas objeto del Convenio así como del Proyecto de Cartografía que el ITGE está llevando a cabo en el Pirineo leridano, entre otros motivos para asegurar la coherencia cartográfica de ambos proyectos.

Séptima.-El presente Convenio entrará en vigor a todos los efectos a partir de la fecha de la firma por ambas partes. Permanecerá vigente hasta la finalización de los trabajos no debiendo éstos exceder tres años desde la fecha de la firma del Convenio, sin perjuicio de las prórrogas que ambas partes puedan pactar.

Octava.-El importe de los trabajos a realizar en este Convenio asciende a la cantidad de 75.000.000 de pesetas, de los que 50.000.000 de pesetas serán aportados por el ITGE y 25.000.000 de pesetas lo serán por el ICC.

Novena.-El ITGE abonará al ICC la cantidad precitada con cargo al Programa 542/E, del Presupuesto vigente del organismo con arreglo al siguiente calendario:

20.000.000 de pesetas a la firma del Convenio. El resto en las siguientes anualidades:

Año 1998 / Año 1999 / Año 2000 /

5.000.000 / 10.000.000 / 15.000.000

Décima.-El ICC aportará a la firma del Convenio una serie de documentos cartográficos realizados en años anteriores con cargo exclusivamente a sus presupuestos.

La aportación de los 25.000.000 de pesetas del ICC, se hará con arreglo al siguiente calendario:

Año 1998 / Año 1999 / Año 2000 /

10.000.000 / 8.000.000 / 7.000.000

Undécima.-La propiedad de los estudios realizados será del ITGE. No obstante, el ICC podrá utilizar toda la información generada para la elaboración de sus propias cartografías, en particular, el Mapa Geológico de Cataluña a escala 1:25.000.

Duodécima.-El presente Convenio específico es de los contemplados en el artículo 3.1.c) de la Ley 13/1995 de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, siéndole de ampliación los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, y se regirá por las cláusulas del mismo y supletoriamente por las normas generales de Derecho Administrativo, y sin perjuicio de lo establecido en los artículos 6 y 8 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, relativos a los Convenios de colaboración entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

En prueba de conformidad con lo expresado, las partes suscriben el presente Convenio Específico en el lugar y fecha al principio indicados.

El Director general del Instituto Tecnológico Geominero de España, Emilio Custodio Gimena.-El Director del Instituto Cartográfico de Cataluña, Jaume Miranda y Canals.

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