Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, el recurso número 03/0000296/1995, interpuesto por el Procurador don Alejandro González Salinas, en nombre y representación de don Antonio Rubio Vázquez, don José Luis Rufo Salamanca Herrero, don Julián Marcos Mínguez Martín Luengo, don Andrés Benítez Ortiz, don José Luis Esteban Carcedo y don Nemesio López Tapia, sobre reintegro de haberes dejados de percibir durante el tiempo que estuvieron en situación de suspensión provisional, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 5 de febrero de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos:
Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 296/1995, interpuesto por la representación de don Antonio Rubio Vázquez, don José Luis Rufo Salamanca Herrero, don Julián Marcos Mínguez Martín Luengo, don Andrés Benítez Ortiz, don José Luis Esteban Carcedo y don Nemesio López Tapia, contra las Resoluciones del Ministerio de Justicia e Interior (Director general de Administración Penitenciaria, por delegación de la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios), de 9 de enero de 1995, por las que se les deniegan sus solicitudes de reintegro de los haberes dejados de percibir durante el tiempo que estuvieron en situación de suspensión provisional.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I., para su conocimiento y efectos.
Madrid, 31 de marzo de 1998.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid