Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial,
del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad
de Cataluña, la solicitud presentada por "Reyde, Sociedad Anónima", con
domicilio social en la calle de L'Om, 15, municipio de El Prat de Llobregat
(Barcelona), para la homologación e inscripción en el registro del siguiente
producto, fabricado por "Reyde, Sociedad Anónima", en su instalación
industrial ubicada en El Prat de Llobregat: Jerricán de plástico de tapa
fija, marca "Reyde", modelos 25 NM-1,9 y 20 NM-1,9, para el transporte
de mercancías peligrosas.
Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida
por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e
inscripción en el registro se solicita, y que la EIC-ENICRE, ICICT, mediante
informe, certificado y actas con clave BB.VE.1551/99-1, ha hecho constar
que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente
establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 ("Boletín Oficial del Estado"
del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones
de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas,
he resuelto homologar el tipo del citado producto con la contraseña de
inscripción J-353, y definir, por último, como características técnicas para
cada marca y modelos registrados las que se indican a continuación:
Marca "Reyde", modelos 25 NM-1,9 y 20 NM-1,9.
Características y productos autorizados a transportar: Según anexo.
Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17
de marzo de 1986 ("Boletín Oficial del Estado" del 31), modificada por
la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes
destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto con
independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro reglamento
o disposición que le sea aplicable; debiéndose presentar la conformidad
de la producción con el tipo homologado antes de 18 de marzo de 2001
(Orden de 28 de febrero de 1989).
Esta Resolución de homologación solamente puede ser reproducida
en su totalidad.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se
puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria,
Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción
de esta Resolución, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso
que se considere oportuno.
Barcelona, 18 de marzo de 1999.-El Director general, P. D. (Resolución
de 7 de octubre de 1996, "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña"
de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología,
Joan Pau Clar Guevara.
ANEXO
Datos del fabricante
Fabricante: "Reyde, Sociedad Anónima".
Domicilio social: P.I. "Riera Fonollar", calle Joventud, 23, 08830 Sant
Boi de Llobregat (Barcelona).
Nombre y número EIC: "ICICT, Sociedad Anónima", BB.VE.1551/99-1.
Contraseña de homologación: J-353.
Características del envase
Reglamentación aplicable: ADR/RID, IMDG/IMO, IATA/OACI.
Identificación del envase/embalaje: 25 NM-1,9, 20 NM-1,9.
Tipo de envase/embalaje: Jerricán de plástico tapa fija.
Código de envase/embalaje: 3H1.
Modelos: 25 NM-1,9, 20 NM-1,9.
Descripción y características del envase/embalaje
25 NM-1,9 20 NM-1,9
Capacidad (litros)...................... 25 20
Altura exterior (milímetros).......... 445>5 385>5
Sección (milímetros)................... 295^245>5 295^245>5
Espesor mínimo (milímetros)......... 1,2 1,2
Tara mínima (gramos)................. 1.200 1.000
Densidad más alta de todas las materias a transportar: 1,9
kilogramos/decímetro cúbico.
Material empleado: Polietileno alta densidad-alto peso molecular.
Densidad a 23 o C después de acondicionamiento térmico de una hora a
100 o C 0,940 (Norma ISO 1183). Índice de fluidez a 190 o C y 21,6
kilogramos de carga: ¬ 12 gramos/10 minutos (ISO 1133).
La tara podrá variar siempre que no sea inferior a la mínima señalada.
Dispositivo de cierre: Tapón roscado con junta de estanqueiedad,
Ref. K-60. Opcionalmente podrá llevar un respiradero.
Material de los cierres: Polietileno alta densidad.
Material de las juntas: "Polexan" (espuma de polietileno de célula
cerrada) o polietileno.
Marcado: UN/3H1/Y1,9/180/*/E/**/***.
*: Año de fabricación (las dos últimas cifras).
**: Anagrama del fabricante.
***: Contraseña de homologación.
Materias a transportar para la clase 3
Tensión de vapor máxima a 55 o C. Se tendrá que cumplir:
1,5y 1,71x " 180
siendo
X: tensión de vapor a 15 o C (Kpa).
Y: tensión de vapor a 55 o C (Kpa).
Densidad máxima admisible relativa: 1,9 kilogramos/litro.
ADR:
Grupo de envase/embalaje: II y III. Apartados b) y c) del marginal 2301.
Excepto: Las materias del 1. o , las materias del 2. o , la nitroglicerina
en solución alcohólica del 6. o , la propilenimina del 12. o y el isocianato
de etilo del 13. o
El transporte de las materias del 31. o c) y 32. o c) que desprendan
CO 2 yNO 2 deberá realizarse en envases con cierre provisto de venteo.
RID/TPF:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Apartados b) y c) del marginal 301.
Excepto: Las materias del 1. o , las materias del 2. o , la nitroglicerina
en solución alcohólica del 6. o , la propilenimina del 12. o y el isocianato
de etilo del 13. o
El transporte de las materias del 31. o c) y 32. o c) que desprendan
CO 2 yNO 2 deberá realizarse en envases con cierre provisto de venteo.
IMO/IMDG:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Materias con punto de inflamación medio o elevado que
requieran grupo de embalaje II, y materias que requieran grupo de
embalaje III.
Excepto: Números ONU 1308, 1222, 3064, 1865, 3256, 1261.
IATA/OACI:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Materias que requieran grupos de embalaje II o III y requieran
las siguientes instrucciones de embalaje: 307, 308 (sólo números ONU 1154,
1184, 1277, 1278, 1279, 2478, 2486, 2493), 309 y 310.
Materias a transportar para la clase 5.1
Tensión de vapor máxima a 55 o C. Se tendrá que cumplir:
1,5y 1,71x " 180
siendo
X: tensión de vapor a 15 o C (Kpa).
Y: tensión de vapor a 55 o C (Kpa).
Densidad máxima admisible relativa: 1,9 kilogramos/litro.
ADR:
Grupo de envase/embalaje: II y III. Apartados b) y c) del marginal 2501.
Excepto: Las materias del 5. o y las soluciones de nitrato amónico del 20. o
El transporte de las materias del 1. o b) y1. o c) deberá realizarse en
envases con cierre provisto de respiradero.
RID/TPF:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Apartados b) y c) del marginal 501.
Excepto: Las materias del 5. o y las soluciones de nitrato amónico del 20. o
El transporte de las materias del 1. o b) y1. o c) deberá realizarse en
envases con cierre provisto de respiradero.
IMO/IMDG:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Sólo se autorizan las siguientes materias: Números ONU 2429,
3149, 2984 y 2014, 3216, 2427, 2428.
Materias a transportar para la clase 5.2
Tensión de vapor máxima a 55 o C. Se tendrá que cumplir:
1,5y 1,71x " 180
siendo
X: tensión de vapor a 15 o C (Kpa).
Y: tensión de vapor a 55 o C (Kpa).
Densidad máxima admisible relativa: 1,9 kilogramos/litro.
ADR:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Peróxidos orgánicos de tipo B, C, D, E y F, líquidos, incluidos
en el marginal 2551, que requieran métodos de embalaje OP5, OP6, OP7
y OP8.
RID/TPF:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Peróxidos orgánicos de tipo B, C, D, E y F, líquidos, incluidos
en el marginal 551, que requieran métodos de embalaje OP5A, OP6A, OP7A
y AP8A.
IMO/IMDG:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Peróxidos orgánicos de tipo B, C, D, E y F, líquidos, que
requieran métodos de embalaje OP5A, OP6A, OP7A y OP8A.
Materias a transportar para la clase 6.1
Tensión de vapor máxima a 55 o C. Se tendrá que cumplir:
1,5y 1,71x " 180
siendo
X: tensión de vapor a 15 o C (Kpa).
Y: tensión de vapor a 55 o C (Kpa).
Densidad máxima admisible relativa: 1,9 kilogramos/litro.
ADR:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Apartados b) y c) del marginal 2601.
Excepto: El cianuro de hidrógeno estabilizado del 1. o , las soluciones
de cianuro de hidrógeno del 2. o , los metales carbonilos del 3. o , la etilenimina
del 4. o y el isocianato de metilo del 5. o
RID/TPF:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Apartados b) y c) del marginal 601.
Excepto: El cianuro de hidrógeno estabilizado del 1. o , las soluciones
de cianuro de hidrógeno del 2. o , los metales carbonilos del 3. o , la etilenimina
del 4. o y el isocianato de metilo del 5. o
IMO/IMDG:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Materias líquidas que requieran grupos de embalaje II o III.
Excepto: Números ONU 1569, 3250, 1600, 2312, 1693, 2785, 3123, 1701.
IATA/OACI:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de
embalaje II o III y que requieran las siguientes instrucciones de embalaje: 605
(sólo números ONU 1593, 1710, 1897, 2485, 2831), 611, 612 (sólo números
ONU 1593, 1638, 1701, 1702, 1710, 1737, 1738, 1750, 1846, 1888, 1897,
1916, 1935, 2024, 2788, 2831), 618 y 620.
Materias a transportar para la clase 8
Tensión de vapor máxima a 55 o C. Se tendrá que cumplir:
1,5y 1,71x " 180
siendo
X: tensión de vapor a 15 o C (Kpa).
Y: tensión de vapor a 55 o C (Kpa).
Densidad máxima admisible relativa: 1,9 kilogramos/litro.
ADR/RID/TPF:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Apartados b) y c) del marginal 2801/801.
Excepto: Las materias del 6. o , 14. o , 65. o c) y 66. o c).
El transporte de las materias del 61. o (número ONU 1791), debe
realizarse en envases cuyo cierre vaya provisto de un respiradero.
IMO/IMDG:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Materias líquidas que requieran grupos de embalaje II o III.
Excepto: Números ONU 3301, 3094, 1774, 2809, 2576, 2803.
IATA/OACI:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de
embalaje II o III y que requieran las siguientes instrucciones de embalaje: 812,
813 (sólo números ONU 1715, 1719, 1740, 1764, 1765, 1775, 1776, 1778,
1781, 1782, 1789, 1790, 1791, 1808, 1811, 1814, 1818, 1824, 1830, 1832,
1837, 1906, 1908, 1940, 2258, 2308, 2439, 2502, 2564, 2672, 2677, 2679,
2681, 2789, 2790, 2796, 2797, 2817, 2837, 3093, 3094, 3320), 820 y 821
(sólo números ONU 1719, 1740, 1789, 1791, 1805, 1814, 1824, 1908, 2564,
2677, 2679, 2681, 2817, 2837, 3320).
Materias a transportar para la clase 9
Tensión de vapor máxima a 55 o C. Se tendrá que cumplir:
1,5y 1,71x " 180
siendo
X: tensión de vapor a 15 o C (Kpa).
Y: tensión de vapor a 55 o C (Kpa).
Densidad máxima admisible relativa: 1,9 kilogramos/litro.
ADR:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Apartados: b) y c) de los apartados 2. o y 11. o del marginal 2901.
RID/TPF:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Apartados b) y c) de los apartados 2. o y 11. o del marginal 901.
IMO/IMDG:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias que requieran grupos de embalaje II o III siguientes: Números
ONU 1990, 3082.
IATA/OACI:
Grupo de envase/embalaje: II y III.
Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de
embalaje II o III y que requieren las siguientes instrucciones de embalaje: 906,
907 (excepto número ONU 1941) y 914.
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