Visto el expediente de indulto de don Juan Martínez Adánez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Decimoséptima de la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de fecha 2 de abril de 1992, como autor de un delito de hurto, a la pena de dos meses y un día de arresto mayor, y un delito de falsedad, a la pena de 60.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1982, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de abril de 1999,
Vengo en indultar a don Juan Martínez Adánez la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 16 de abril de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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