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Documento BOE-A-1999-10793

Resolución de 26 de abril de 1999, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo del personal laboral del Patrimonio Nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 13 de mayo de 1999, páginas 17977 a 17979 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-10793
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1999/04/26/(1)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo del personal laboral del Patrimonio Nacional (código de Convenio número 9003962), que fue suscrito, con fecha 9 de abril de 1999, de una parte por el Comité de Empresa en representación del colectivo laboral afectado, y de otra por representantes del propio Patrimonio Nacional en representación de la Administración, al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial de Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998, en la ejecución de dicha revisión salarial.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de abril de 1999.‒La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

TABLAS SALARIALES 1998

Retribuciones básicas

Nivel Salario base Paga extraordinaria 1/2 paga extraordinaria Antigüedad
0 243.600 243.600 121.800 3.094
I 220.567 220.567 110.284 2.849
II 198.452 198.452 99.226 2.542
III 176.888 176.888 88.444 2.297
IV 156.305 156.305 78.153 1.991
V 140.775 140.775 70.388 1.807
VI 130.545 130.545 65.273 1.685
VII 120.161 120.161 60.081 1.532
VIII 115.077 115.077 57.359 1.501
IX 109.870 109.870 54.935 1.440

Complemento mayor dedicación

Nivel Importe
0 49.621
I 45.945
II 44.536
III 42.392
IV 41.473
V 40.646
VI 40.033
VII 38.839
VIII 31.671
IX 30.630

Complemento puesto de trabajo

Categoría Importe
Jefe de Departamento. 116.731
Delegado en El Pardo. 116.731
Delegado. 99.762
Arquitecto e Ingeniero Sup. 102.917
Jefe de Servicio y Asimilado. 89.777
Arquitecto e Ingeniero Téc. 75.442
Jefes de Sección. 61.658
Secretaria del Presidente. 25.637
Secretaria del Gerente. 21.410
Cajero Delegación. 9.373
Jefe Negociado. 8.485
Programador. 8.485
Delineante Proyectista. 8.485
Técnico no titulado. 8.485
Operador de Ordenador. 8.454
Delineante. 7.994
Colectivo de Caballerizas. 2.820

Complemento de especial responsabilidad

Categoría Importe
Médico. 46.088
Coordinador de Área. 20.032
Conductor del Gerente. 19.358
Conserje Mayor (Serv. Centrales). 22.666
ATS. 16.173
Encargado general, de Explotación, Guardia Mayor, Conserje Mayor y Jardinero Mayor. 10.537
Titulado Superior. 9.526
Encargado, Celador, Conserje, Ayuda de Cámara y Doncella... 9.097
Conserje (Servicios Centrales). 12.099
Conservador/Restaurador «B». 9.189
Auxiliar de Restauración. 8.270
Mozo y Limpiadora. 7.658

Plus de cualificación adicional parcial

Categoría Importe
Oficial de Oficios. 8.913
Maquinista/Tractorista. 8.913
Oficial Administrativo. 8.699
Auxiliar Administrativo. 8.699
Caballerizo. 8.699
Ayudante. 8.454
Peón. 8.270

Otros pluses y complementos

Plus o complemento Importe
De plena disponibilidad (Jefe Sección). 19.910
De jornada partida. 19.879
De residencia (aislamiento). 17.275
De plena disponibilidad (Conductor). 8.638
De atención e información al público. 7.749
De turnicidad. 7.658
De plena disponibilidad (Demandadera). 7.474
De idioma. 7.076
De quebranto de moneda. 5.605
De residencia (a extinguir). 26.841
Personal (a extinguir) «A». 102.900
Personal (a extinguir) «B». 85.860
Por trabajos tóxicos, penosos o peligrosos:  
(*) 1 supuesto. 1.110
(*) 2 supuestos. 1.699
(*) 3 supuestos. 1.976

(*) Cuantía con efectividad a partir de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la tabla salarial.

Personal f/semana. Nivel II. Precio día

Categoría Importe
Salario base. 5.462
Antigüedad. 69
Jornada partida. 904
Atención e información al público. 348
Idioma. 322
Quebranto de moneda. 255

Valor hora (*)

Nivel Hora normal Hora extraordinaria Hora en festivo
II 1.720 3.011 3.441
III 1.544 2.702 3.088
IV 1.363 2.386 2.726
V 1.227 2.147 2.453
VI 1.138 1.992 2.276
VII 1.048 1.833 2.094
VIII 1.004 1.757 2.008
IX 958 1.675 1.914

(*) Cuantías con efectividad a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la tabla salarial.

Trabajo nocturno (*)

Nivel Jornada Hora
I 1.936 242
II 1.740 217
III 1.542 193
IV 1.378 173
V 1.247 156
VI 1.149 144
VII 1.051 132
VIII 1.018 128
IX 952 115

(*) Cuantías con efectividad a partir de la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la tabla salarial.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/04/1999
  • Fecha de publicación: 13/05/1999
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • CITA Convenio publicado por Resolución de 15 de abril de 1992 (BOE núm. 103, del 29).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Patrimonio Nacional

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