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Documento BOE-A-1999-11106

Resolución de 28 de abril de 1999, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convocan becas Glaxo Wellcome-CSIC de Formación de Personal Investigador.

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 18 de mayo de 1999, páginas 18627 a 18628 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-11106

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y

Laboratorios Glaxo Wellcome, dentro de las actividades contempladas en el

Convenio de Colaboración Científica suscrito entre ambas entidades, han

acordado impulsar un programa de Formación de Personal Investigador.

Dicho programa tiene la finalidad de promover la formación de personal

investigador altamente cualificado, así como la investigación científica,

en los campos de la Química, la Biología y la Biomedicina más afines

al sector farmacéutico.

Consecuentemente, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas,

por Resolución de la Presidencia de 28 de abril de 1999, ha resuelto

convocar dos becas de Formación de Personal Investigador, con arreglo a

las bases que se detallan en el anexo de esta Resolución.

Madrid, 28 de abril de 1999.-El Presidente, César Nombela Cano.

ANEXO

Bases de la convocatoria

I. Temas de aplicación

Los proyectos de investigación presentados deberán ajustarse a temas

relacionados con el descubrimiento de los mecanismos moleculares de

las enfermedades humanas que permitan el diseño de nuevas estrategias

terapéuticas.

II. Plazo de solicitud

Estas becas podrán solicitarse a partir del día siguiente al de la

publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y durante

un plazo de treinta días naturales, en el Departamento de Postgrado y

Especialización del Consejo Superior de Investigaciones Científicas,

Serrano, 113, 28006 Madrid, por correo certificado o bien por alguno de los

procedimientos previstos en la legislación vigente.

III. Requisitos de los solicitantes

Los aspirantes a estas becas habrán de reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española.

b) Tener aprobadas todas las asignaturas requeridas para la obtención

del título de Licenciado en Ciencias Biológicas, Ciencias Químicas,

Farmacia o Medicina. La fecha de fin de estudios debe ser junio de 1995

o posterior. Excepcionalmente se podrán aceptar candidatos con fecha

de terminación de estudios anterior si la Comisión de Selección de Becas

nombrada al efecto considera suficientes las razones que hayan concurrido

para justificar el retraso en el comienzo de la formación investigadora.

c) Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles

no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en el momento

de solicitar la beca.

d) Acreditar la tutoría de un Investigador del CSIC, así como la

autorización del Director del correspondiente centro o instituto.

IV. Dotaciones

1. Glaxo Wellcome se hará cargo de la dotación económica de las

becas, cuyo importe unitario asciende a 110.000 pesetas brutas mensuales

durante el primer y segundo año de la beca, y 120.000 pesetas brutas

mensuales durante el tercero y cuarto. Esta cuantía se igualará cada año

a la cantidad fijada por el Ministerio de Educación y Cultura para las

becas de Formación de Personal Investigador.

Asimismo, Glaxo Wellcome abonará a los interesados el importe

correspondiente a las tasas académicas de los cursos de tercer ciclo, si procede,

previa justificación del gasto realizado.

2. Glaxo Wellcome aportará una ayuda de hasta un máximo de 500.000

pesetas por beca para sufragar los gastos derivados de desplazamiento

y estancia en Centros de Investigación del extranjero para la realización

de trabajos realizados con el tema de investigación propuesto y para el

cual se concede la beca. Estos gastos deben ser convenientemente

justificados. Se excluye expresamente en este apartado la asistencia a

congresos, reuniones científicas y seminarios.

3. El CSIC por su parte se hará cargo de la inclusión de los interesados

en la póliza colectiva de este organismo para asistencia médica y accidentes

corporales.

4. Las becas se abonarán por mensualidades completas y con

referencia a la situación de derecho del becario el día 15 del mes a que

corresponda.

V. Formalización de solicitudes

Los impresos de solicitud se encuentran a disposición de los interesados

en el Departamento de Postgrado y Especialización del Consejo Superior

de Investigaciones Científicas, Serrano, 113, 28006 Madrid, y en la dirección

internet: http://www.csic.es/postgrado

Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

1. Certificación académica personal completa y acreditativa de la

titulación exigida, en original o fotocopia debidamente compulsada por la

autoridad académica competente.

2. Currículum vitae del solicitante, según modelo que se facilitará

en el Departamento de Postgrado y Especialización del CSIC.

3. Memoria-proyecto del trabajo a realizar, máximo de 2.000 palabras,

que deberá incluir un informe del Director del mismo, con el visto bueno

del Director del centro o instituto.

4. Relación de las 10 publicaciones más relevantes del grupo

investigador receptor del becario a juicio de los integrantes de dicho grupo.

5. Fotocopia del documento nacional de identidad.

6. Breve currículum vitae del Director del trabajo.

7. Declaración comprometiéndose a renunciar, si fuera seleccionado,

a la percepción de otras remuneraciones y disfrute de otras becas o ayudas

tal como se indica en el apartado VI.

VI. Período y condiciones de disfrute

El período de disfrute de la beca es de un año y podrá prorrogarse

hasta tres veces en períodos de doce meses.

Los perceptores de estas ayudas deberán incorporarse a los respectivos

centros del CSIC para el que obtengan la beca en la fecha que se indique

en la comunicación de concesión de la misma. Todo becario que no lo

haga en el plazo establecido perderá los derechos inherentes a la beca

que se le hubiere concedido. Para cualquier aplazamiento en la fecha de

incorporación o interrupción de la beca será necesaria autorización expresa

del Director del Departamento de Postgrado y Especialización del CSIC.

Sólo en aquellos casos en los que se aprecie fuerza mayor o maternidad

se podrá recuperar el período interrumpido, siempre que las

disponibilidades presupuestarias lo permitan.

La condición y disfrute de una beca no establece relación contractual

o estatutaria con el centro al que queda adscritos el beneficiario ni con

Glaxo Wellcome, ni implica por parte del organismo receptor ningún

compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a la plantilla

del mismo.

El disfrute de una beca es incompatible con el registro en las oficinas

del Instituto Nacional de Empleo (INEM) como demandante de empleo,

al tratarse de subvenciones para adquirir una cualificación profesional

nueva y exigir dedicación exclusiva a la formación conducente al grado

de Doctor.

Además, el disfrute de una de estas becas es incompatible con cualquier

otra beca o ayuda de similares características financiadas con fondos

públicos o privados, españoles o de la Unión Europea. No obstante serán

compatibles con bolsas de viaje con la autorización correspondiente del

organismo.

La solicitud de prórroga deberá manifestarse al Departamento de

Postgrado y Especialización del CSIC al cumplirse los diez primeros meses

de disfrute de la beca. Para ello, los becarios deberán enviar, junto con

la solicitud de prórroga, una memoria, máximo de 1.000 palabras, relativa

a la labor realizada y la que se proponen llevar a cabo en caso de serle

concedida dicha prórroga, que deberá acompañarse del informe del

Director del trabajo con el visto bueno del Director del centro o instituto.

A la vista de esta documentación, la Comisión Mixta CSIC-Glaxo

Wellcome, nombrada al efecto, propondrá a la Presidencia del Consejo Superior

de Investigaciones Científicas la correspondiente prórroga o baja.

A los efectos de concursos y oposiciones dentro del organismo se

considerará tarea investigadora el tiempo de disfrute de la beca.

VII. Selección de candidatos

Para la selección de los candidatos se nombrará una Comisión Mixta

CSIC-Glaxo Wellcome que será presidida por el Vicepresidente de

Investigación Científica y Técnica del CSIC.

En la selección se tendrán en cuenta, además de los requisitos

administrativos, todos los méritos académicos y científicos aportados, tanto

los que se refieren al candidato como al grupo receptor, así como el interés

y la oportunidad del tema de investigación propuesto y el carácter

formativo del plan de trabajo. Los candidatos seleccionados en esta fase

podrán ser citados para una entrevista personal. La Comisión Mixta elevará

a la Presidencia de CSIC una relación de aquellos candidatos que deban

ser becados.

Las solicitudes desestimadas podrán ser recuperadas por los

interesados en el plazo de cuarenta y cinco días naturales, a partir de la fecha

de la resolución de concesión de las becas. Las que no hayan sido recogidas

pasado este plazo serán destruidas.

VIII. Obligaciones de los becarios

1. Presentar al término del período de disfrute de la beca el

correspondiente informe final descriptivo de la labor realizada, máximo de 1.000

palabras. Estos informes se presentarán al Departamento de Postgrado

y Especialización del CSIC y a Glaxo Wellcome.

2. Permanecer asiduamente en el centro para el que se le concedió

la beca, siendo necesaria para cualquier cambio la autorización del

Departamento de Postgrado y Especialización del CSIC que decidirá de acuerdo

con los centros correspondientes.

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