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Documento BOE-A-1999-11177

Decreto 43/1999, de 23 de febrero, por el que se aprueba la constitución de la entidad municipal descentralizada de Sorpe, en el término municipal de Alt Áneu (Pallars Sobirà).

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 18 de mayo de 1999, páginas 18694 a 18694 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1999-11177

TEXTO ORIGINAL

El 3 de marzo de 1998, el Ayuntamiento de Alt Àneu acordó iniciar el expediente de constitución de la entidad municipal descentralizada de Sorpe, según lo establecido en el artículo 76.1.a) de la Ley 8/1987, de 15 de abril, Municipal y de Régimen Local de Cataluña. El Ayuntamiento sometió el expediente a información pública, mediante la exposición en el tablón de anuncios municipal y la publicación en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña». También solicitó informe a la Diputación de Lleida y al Consejo Comarcal del Pallars Sobirà. El Pleno de la Diputación de Lleida, en la sesión de 24 de julio de 1998, emitió informe favorable.

El 19 de octubre de 1998, el Ayuntamiento de Alt Àneu remitió el expediente al Departamento de Gobernación para su resolución.

La Comisión de Delimitación Territorial, en la sesión de 19 de noviembre de 1998, emitió informe favorable sobre el expediente, al considerar que Sorpe ya había sido una entidad local menor durante el período comprendido entre 1971 y 1992, pero fue suprimida ante la falta de recursos económicos para llevar a cabo sus competencias. Con posterioridad, ha quedado resuelta esta circunstancia, de manera que la entidad contará con los recursos suficientes para cumplir sus atribuciones y la prestación de los servicios generales del municipio de Alt Àneu no se verá afectada.

La Comisión Jurídica Asesora, en la sesión de 4 de febrero de 1999, emitió dictamen favorable sobre el expediente, al entender que se habían seguido los trámites procedimentales previstos legalmente y se cumplían las consideraciones exigidas por el ordenamiento jurídico vigente para constituir entidades municipales descentralizadas.

Por todo ello, teniendo en cuenta que la constitución de la entidad municipal descentralizada no supone una pérdida en la prestación de los servicios generales del municipio, que la entidad dispondrá de recursos suficientes y que concurren circunstancias de orden geográfico, histórico, social, económico y administrativo;

Considerando lo dispuesto en los artículos 76 a 80 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, Municipal y de Régimen Local de Cataluña, y los artículos 75 a 89 del Decreto 140/1988, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Demarcación Territorial y Población de las Entidades Locales de Cataluña.

De acuerdo con el informe de la Comisión de Delimitación Territorial y el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta del Consejero de Gobernación y con la deliberación previa del Gobierno, decreto:

Artículo 1.

Se aprueba la constitución de la entidad municipal descentralizada de Sorpe, en el término municipal de Alt Àneu.

Artículo 2.

El ámbito territorial de la entidad municipal descentralizada de Sorpe es el que consta en el mapa del expediente (documento número 9), la capital de la entidad se encuentra en el núcleo de Sorpe y su patrimonio está formado por los bienes que se detallan en la Memoria del Ayuntamiento de Alt Àneu.

Artículo 3.

El Departamento de Gobernación, el Ayuntamiento de Alt Àneu y la entidad municipal descentralizada de Sorpe levantarán, conjuntamente, el acta de deslinde y amojonamiento correspondiente al ámbito territorial de la entidad municipal descentralizada. Sobre la base de la nueva acta, el Instituto Cartográfico de Cataluña elaborará el cuaderno topográfico donde se fijarán las coordenadas de los hitos del amojonamiento y realizará el mapa oficial de la nueva entidad.

Artículo 4.

Se faculta al Consejero de Gobernación para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Barcelona, 23 de febrero de 1999.–El Presidente, Jordi Pujol.–El Consejero de Gobernación, Xavier Pomés i Abella.

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