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Documento BOE-A-1999-11354

Resolución de 30 de abril de 1999, de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la que se convocan cursos de preparación para el acceso a los Cuerpos Superiores de Inspectores de Hacienda del Estado, de Interventores y Auditores del Estado y de Inspectores de Seguros del Estado para los aspirantes destinados en la Agencia Estatal de Administración Tributaria que concurran por el sistema de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 20 de mayo de 1999, páginas 19065 a 19066 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-11354

TEXTO ORIGINAL

El artículo 57 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de

Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social ("Boletín Oficial

del Estado" del 31), separa el Cuerpo Superior de Inspectores de

Finanzas del Estado en los Cuerpos Superiores de Inspectores

de Hacienda del Estado, de Interventores y Auditores del Estado

y de Inspectores de Seguros del Estado, quedando adscrito el

Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda a la Agencia Estatal de

la Administración Tributaria y los Cuerpos Superiores de

Interventores y Auditores del Estado y de Inspectores de Seguros del

Estado al Ministerio de Economía y Hacienda.

Convocadas pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo

Superior de Inspectores de Hacienda del Estado, por Resolución del

Director general de la Agencia Estatal de la Administración

Tributaria de 4 de diciembre de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"

del 14), e igualmente convocadas por Órdenes del Ministerio de

Economía y Hacienda de 7 de diciembre de 1998 ("Boletín Oficial

del Estado" del 14), pruebas selectivas para el ingreso en los

Cuerpos Superiores de Interventores y Auditores del Estado y de

Inspectores de Seguros del Estado, procede convocar el curso de

preparación del tercer y cuarto ejercicio de las pruebas selectivas

de acceso al Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del

Estado, y los cursos de preparación del tercer ejercicio de las pruebas

selectivas de acceso a los Cuerpos Superiores de Interventores

y Auditores del Estado y de Inspectores de Seguros del Estado

para su realización por los funcionarios de la Agencia Estatal de

la Administración Tributaria que se seleccionen de entre los que

concurren por el sistema de promoción interna.

Por lo expuesto, y en uso de las competencias que le están

atribuidas por el artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de

diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991 ("Boletín

Oficial del Estado" del 29),

Esta Dirección General acuerda lo siguiente:

Primero.-Se convoca el curso de preparación para la

realización del tercer y cuarto ejercicios de la fase de oposición de

las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de

Inspectores de Hacienda del Estado, convocadas por Resolución

del Director general de la Agencia Estatal de la Administración

Tributaria de 4 de diciembre de 1998; el curso de preparación

del tercer ejercicio de la fase de oposición de las pruebas selectivas

para el ingreso en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores

del Estado, convocadas por Orden del Ministerio de Economía

y Hacienda de 7 de diciembre de 1998, y el curso de preparación

del tercer ejercicio de la fase de oposición de las pruebas selectivas

para el ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros

del Estado, convocadas por Orden del Ministerio de Economía

y Hacienda de 7 de diciembre de 1998, declarándose abierto el

plazo para que los funcionarios en quienes concurran los requisitos

señalados en el apartado segundo puedan solicitar su realización.

El plazo de admisión de solicitudes es de quince días naturales

a partir del día siguiente al de la publicación de la presente

Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Segundo.-Pueden solicitar la realización de los cursos

convocados por la presente Resolución, los funcionarios que cumplan

los siguientes requisitos:

I. Pertenecer al Cuerpo de Gestión de la Hacienda Pública,

o bien a cualquier otro Cuerpo del grupo B.

II. Estar destinado en la Agencia Estatal de la Administración

Tributaria.

III. No haber realizado el curso de preparación del tercer

ejercicio de acceso al extinguido Cuerpo Superior de Inspectores de

Finanzas del Estado en ninguna de la convocatorias que se

celebraron.

IV. Concurrir por el sistema de promoción interna a las

pruebas selectivas convocadas para el ingreso a cualquiera de los tres

Cuerpos citados.

V. Superar en la presente convocatoria de acceso al Cuerpo

Superior de Inspectores de Hacienda del Estado la segunda parte

del segundo ejercicio de la fase de oposición; o en las presentes

convocatorias de acceso a los Cuerpos Superiores de Interventores

y Auditores del Estado y de Inspectores de Seguros del Estado

el segundo ejercicio de la fase de oposición.

Tercero. I. Los funcionarios que cumplan los requisitos

señalados en el apartado anterior podrán presentar una única

solicitud de participación para uno, dos o los tres cursos convocados

por la presente Resolución, en función de las oposiciones de

ingreso a los Cuerpos Superiores de Inspectores de Hacienda del Estado,

Interventores y Auditores del Estado e Inspectores de Seguros del

Estado al, o los, que se haya presentado.

II. Se podrá renunciar al curso adjudicado dentro de los ocho

días naturales siguientes al de inicio del correspondiente curso.

III. Sólo se podrá participar en uno de los tres cursos

convocados, de manera a quienes se les admita a la realización de

cualquiera de ellos, sin que renuncien al mismo dentro del plazo

señalado en el punto anterior, se les excluirá de cualquiera de

los otros cursos convocados.

Cuarto.-Las solicitudes, dirigidas al ilustrísimo señor Director

general de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, se

cumplimentarán en el modelo de instancia que se adjunta, y se

presentarán en el Registro General de la Agencia Estatal de la

Administración Tributaria, calle San Enrique, número 26, y en

los Registros Generales de las Delegaciones Especiales,

Delegaciones Provinciales y Administraciones de la Agencia Estatal de

la Administración Tributaria, o en la forma establecida en el

artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con

indicación del cumplimiento de los requisitos antes expuestos.

Quinto.-Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el

Director general de la Agencia Estatal de la Administración

Tributaria dictará Resolución, declarando aprobada la lista de los

solicitantes admitidos y excluidos a cada uno de los cursos

convocados, quedando condicionada la admisión a cada uno de los

respectivos cursos a: La Superación de la segunda parte del

segundo ejercicio de las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo Superior

de Inspectores de Hacienda del Estado; a la superación del segundo

ejercicio de las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo Superior

de Interventores y Auditores del Estado,oalasuperación del

segundo ejercicio de la fase de oposición al Cuerpo Superior de

Inspectores de Seguros del Estado. Esta Resolución deberá

publicarse en el "Boletín Oficial del Estado".

Sexto.-Los funcionarios cuyas solicitudes hubieran sido

admitidas realizarán el curso correspondiente, organizado y coordinado

por la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios

Fiscales.

Cada curso tendrá una duración de tres meses, y será

obligatoria la asistencia a clase. El curso de preparación para el acceso

al Cuerpo Superior de Inspectores de Hacienda del Estado se

iniciará a partir de la publicación de los resultados de la segunda

parte del segundo ejercicio de la fase de oposición y finalizará

antes del comienzo del cuarto ejercicio; en él se impartirán las

materias que correspondan al programa del tercer y del cuarto

ejercicios de dicha fase. El curso de preparación del tercer ejercicio

de la fase de oposición al Cuerpo Superior de Interventores y

Auditores del Estado se iniciará una vez publicadas las notas del

segundo ejercicio de la fase de oposición y finalizará antes del

comienzo de la segunda parte del tercer ejercicio de la fase de

oposición y en él se impartirán las materias correspondientes al

programa del tercer ejercicio de la citada fase. Y el curso de

preparación del tercer ejercicio de la fase de oposición para el ingreso

en el Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado se

iniciará una vez se publiquen las notas del segundo ejercicio de

la fase de oposición y finalizará antes del inicio de la segunda

parte del tercer ejercicio de las pruebas selectivas de acceso, y

en él se impartirán las materias que se correspondan con el

programa del tercer ejercicio de las citadas pruebas selectivas.

Séptimo.-Los cursos se desarrollarán en la sede central de

la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales

en Madrid, así como, en su caso, en los Centros Regionales del

Instituto de Estudios Fiscales de Barcelona, Valencia, Sevilla y

A Coruña.

Para los funcionarios que presten sus servicios en localidades

donde no exista Centro Regional del Instituto de Estudios Fiscales,

los cursos se celebrarán en las correspondientes Delegaciones

Especiales y/o Provinciales de la Agencia Tributaria, en cuyo

ámbito territorial se encuentren destinados los aspirantes admitidos.

En ningún caso, los posibles desplazamientos que pudieran

producirse con motivo de cada curso, tanto del mismo término

municipal como desde un término municipal a otro, generarán

ningún derecho a indemnización por razón de servicio.

Octavo.-Los cursos convocados por esta Resolución sólo

pueden ser realizados una vez. Sin embargo, aquellos funcionarios

que habiendo sido admitidos a cualquiera de los cursos

convocados renunciaran al mismo, por causas justificadas dentro de

los ocho días naturales siguientes al de iniciación del curso, podrán

solicitar su realización cuando sea nuevamente convocado.

Noveno.-La presente Resolución, y cuantos actos

administrativos se deriven de ella, podrán ser impugnados en los casos y

en la forma establecida por la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común y por la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 30 de abril de 1999.-El Director general, Ignacio

Ruiz-Jarabo Colomer.

Ilmos. Sres. Director del Departamento de Recursos Humanos y

Administración Económica y Director general del Instituto de

Estudios Fiscales.

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