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Documento BOE-A-1999-11489

Resolución de 3 de mayo de 1999, de la Dirección General de Enseñanza Superior e Investigación Científica, por la que se conceden subvenciones para la realización de acciones especiales y acciones de política científica en el marco del Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento.

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 21 de mayo de 1999, páginas 19386 a 19387 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-11489

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo de 5 de noviembre de 1997 («Boletín Oficial del Estado» del 15), se convocaba la presentación de solicitudes para ayudas y subvenciones a proyectos de investigación y otras acciones con cargo al Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento. Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo de 28 de diciembre de 1998, fueron denegadas las solicitudes presentadas por don Antonio Sáenz de Miera López. A la vista de las alegaciones presentadas por el interesado, la Comisión de Selección del Programa de Acciones Especiales y Acciones de Política Científica ha reconsiderado sus propuestas primitivas y entiende que procede subvencionar sus solicitudes.

Por todo ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución de convocatoria, he acordado la concesión de dos subvenciones por importe total de 5.039.430 pesetas. La cuantía de la misma se abonará con cargo al crédito 18.07.782 del programa 541A de los Presupuestos Generales del Estado para 1999. La justificación y seguimiento de las acciones subvencionadas se ajustarán a lo dispuesto en los puntos 7 y 8 de la Resolución de convocatoria. El organismo perceptor de las subvenciones presentará certificación que acredite que sus importes se han incorporado a su contabilidad, en el plazo de un mes a contar desde su percibo. Las subvenciones quedarán afectas a los fines para los que se otorgan. De su correcta utilización responderá el organismo perceptor, dentro de los tres meses siguientes a la terminación de las acciones, de la siguiente forma:

Con certificación que lo acredite, los organismos sujetos a rendición de cuentas al Tribunal de Cuentas.

Con justificantes originales los no sujetos a ese requisito.

La presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 3 de mayo de 1999.–El Director general, Tomás García-Cuenca Ariati.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación, Perfeccionamiento y Movilidad de Investigadores.

ANEXO
Fundación Universidad-Empresa. Madrid
Referencia Centro Investigador responsable Título

Subvención concedida

Pesetas

APC1998-0230 Fundación Universidad-Empresa. Madrid. Sáenz de Miera López, Antonio. XXV Seminario de la Fundación Universidad-Empresa. 2.943.730
APC1998-0231 Fundación Universidad-Empresa. Madrid. Sáenz de Miera López, Antonio. Estudio sobre la evolución de la Universidad, la empresa y las relaciones Universidad-empresa en los últimos veinticinco años, y publicación del mismo. 2.095.700
   Total.     5.039.430

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