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Documento BOE-A-1999-12241

Resolución de 29 de mayo de 1999, de la Dirección General de Justicia y Administración Local, de la Consejería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales, por la que se otorgan destinos correspondientes al concurso de traslados de fecha 15 de febrero de 1999, por el que se ofertaban plazas vacantes de nueva creación de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 1 de junio de 1999, páginas 20658 a 20662 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-A-1999-12241

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso

de traslados convocado por Resolución de 15 de febrero de 1999

("Boletín Oficial del Estado" del 24) para cubrir plazas vacantes

en órganos de nueva creación entre Oficiales, Auxiliares y Agentes

de la Administración de Justicia,

Esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en

los artículos 455 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,

del Poder Judicial, y los artículos 54, 55 y 57 del Real Decreto

249/1996, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento

Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de

la Administración de Justicia, ha dispuesto:

Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter

definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado

en el concurso de traslados convocado por Resolución de fecha

mencionada anteriormente, que se corresponden con los

relacionados en el anexo I de la Resolución de convocatoria.

Segundo.-Excluir del concurso de traslados a los funcionarios

que en anexo II se relacionan.

Tercero.-Declarar caducadas las instancias presentadas por

los participantes en el presente concurso que no han obtenido

destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos

de traslados.

Cuarto.-Los funcionarios deberán tomar posesión de su

destino el día 10 de junio de 1999, fecha en la que iniciarán su

actividad los órganos judiciales cuyos puestos de trabajo son

objeto de esta Resolución, cesando en sus destinos de origen tres

días antes de la indicada fecha en caso de tratarse de la misma

localidad y a partir del día siguiente al de la publicación de esta

Resolución en el "Boletín Oficial del Estado" cuando suponga

cambio de localidad.

Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la

Administración de Justicia en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o

Agentes el plazo posesorio deberá de computarse desde el día

siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín

Oficial del Estado", pero en el presente caso dicho plazo no resulta

retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso

en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes y por tanto no

puede ser computado como de servicios efectivos.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del

presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo y no

quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la

Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable

para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente,

Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su actual destino, un permiso

retribuido de un día si no hay cambio de localidad o de dos en

caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse

a Canarias, islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso

podrá ser de hasta tres días [artículo 66.1.g) del Reglamento

Orgánico], teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha

inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza

de reingreso.

Por esta Comunidad Autónoma o aquella Administración

competente que corresponda, se les concederá la excedencia de oficio

en el Cuerpo de procedencia si ésta se produce en un Cuerpo

al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se

les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión

en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes al objeto de

evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas

que han sido adjudicadas cesarán como consecuencia de la

posesión del titular.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,

cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de A Coruña

en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación

en el "Boletín Oficial del Estado".

Santiago de Compostela, 29 de mayo de 1999.-El Director

general, José Antonio Álvarez Vidal.

ANEXO I (Ver imágenes 20659 a 20661).

ANEXO II

Excluir del concurso por haber presentado su instancia fuera

del plazo concedido para ello a los siguientes funcionarios:

Don Francisco Javier Valdivieso Amigo. 32.749.063.

Don Francisco José Conde Castro. 34.975.893.

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