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Documento BOE-A-1999-12419

Resolución de 5 de mayo de 1999, de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se acuerda tener por incoado expediente de delimitación del entorno de protección del bien de interés cultural declarado con categoría de monumento, a favor del Castillo, en Grajal de Campos (León).

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 2 de junio de 1999, páginas 20956 a 20956 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1999-12419

TEXTO ORIGINAL

El Castillo, en Grajal de Campos (León), fue declarado monumento por Decreto de 3 de junio de 1931.

En aplicación de la disposición adicional 1.ª de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, pasa a tener la consideración y a denominarse bien de interés cultural.

Procede, por tanto, adecuar la citada declaración a las prescripciones impuestas en el artículo 11.2 de la citada Ley, delimitando el entorno afectado por la declaración.

Vista la propuesta del Servicio de Protección, esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero; Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre; Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que desarrolla parcialmente la Ley del Patrimonio Histórico Español, acuerda:

1.º Tener por incoado expediente de delimitación del entorno de protección del bien de interés cultural declarado con categoría de monumento a favor del Castillo, en Grajal de Campos (León), según la delimitación que se publica como anexo a la presente Resolución y que figura en el plano unido al expediente.

2.º Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.

3.º Hacer saber al Ayuntamiento de Grajal de Campos (León) que según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, no podrá llevarse a cabo ningún tipo de obra en el entorno delimitado sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o si es el caso, por la Dirección General.

4.º Que la presente Resolución se publique en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y en el «Boletín Oficial del Estado», y se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Valladolid, 5 de mayo de 1999.‒El Director general, Javier Toquero Mateo.

ANEXO
Delimitación del entorno de protección

Queda definido por una línea continua que comenzando en el cruce del Camino de Villacreces con la calle de la Plazuela se dirige el norte por la primera continuando en dirección por la carretera de Sahagún en un tramo de 250 metros. Luego se dirige en dirección sur tomando el eje de la calle La Ronda del norte hasta el límite este de la parcela 04 de la manzana 37775 y hasta la calle Nueva recogiendo las parcelas 01, 02, 03, 04, 05 y 06 de la manzana 35778 y continuando por la línea que limita las parcelas con fachada a la calle del Castillo, a la calle Corredera hasta encontrarse de nuevo con la calle de la Plazuela en su punto de origen.

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