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Documento BOE-A-1999-1252

Orden de 29 de diciembre de 1998 por la que se resuelve el concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Sanidad y Consumo (Instituto Nacional de la Salud), convocado por otra de 15 de julio de 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 19 de enero de 1999, páginas 2330 a 2339 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1999-1252

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 15 de julio de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"

de 1 de septiembre) se convocó concurso para la provisión de

puestos de trabajo en el Instituto Nacional de la Salud. Una vez

realizado el procedimiento establecido en el artículo 20.1.a) y c)

de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, según redacción dada al mismo por la

Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior,

cumplidas las bases de la convocatoria del concurso y valorados los

méritos alegados por los aspirantes a los puestos convocados,

Este Ministerio acuerda resolver el presente concurso, de

conformidad con los siguientes puntos:

Primero.-Hacer públicos los destinos definitivos adjudicados

a los funcionarios que han participado en el concurso y que figuran

en el anexo a la presente Orden.

Segundo.-Los destinos adjudicados tienen la consideración de

voluntarios y son irrenunciables, de acuerdo con lo previsto en

la base novena de la convocatoria.

Tercero.-Los destinos adjudicados serán comunicados por este

Ministerio a las unidades de personal de los departamentos

ministeriales a que figuran adscritos los cuerpos o escalas o, en el

caso de los cuerpos o escalas dependientes de la Secretaría de

Estado para la Administración Pública, a la Dirección General

de la Función Pública, así como a los departamentos u organismos

de procedencia del concursante seleccionado.

Cuarto.-El plazo de toma de posesión del destino obtenido

será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del

funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o

el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del

día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres

días hábiles siguientes al de la publicación de la presente Orden

en el "Boletín Oficial del Estado", así como el cambio de la situación

administrativa que en cada caso corresponda. Si la resolución

comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de

posesión deberá contarse desde su publicación.

Quinto.-El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando

finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido

concedidos a los interesados, salvo que, excepcionalmente y por

causas justificadas, se acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Sexto.-Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se

considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto

en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia

voluntaria o excedencia por cuidado de hijos.

Séptimo.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.c)

del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto, los funcionarios

en situación administrativa distinta a la de servicio activo se

considerarán automáticamente reingresados en virtud de esta Orden

y la posterior toma de posesión.

Octavo.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo

en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su

publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la

Audiencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66

y demás preceptos concordantes de la Ley Orgánica 6/1985,

de 1 de julio, del Poder Judicial.

Madrid, 29 de diciembre de 1998.-P. D. (Orden de 1 de julio

de 1998, "Boletín Oficial del Estado" del 11), el Secretario general

de Asistencia Sanitaria, Alberto Núñez Feijoo.

Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.

ANEXO: ( Ver Imágenes páginas 2332 a 2339).

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