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Documento BOE-A-1999-12797

Resolución de 13 de mayo de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo de colaboración entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Foral de Navarra sobre la realización del programa «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler».

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 8 de junio de 1999, páginas 22008 a 22008 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-12797

TEXTO ORIGINAL

Suscrito entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Foral de Navarra el Protocolo de colaboración de 1999, sobre la realización del programa «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler», y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Protocolo, que figura como anexo de esta resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 13 de mayo de 1999.‒La Secretaria general técnica, María Dolores Cospedal García.

ANEXO
Protocolo de colaboración entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Foral de Navarra sobre la realización del programa «Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler»

En Madrid, a 15 de marzo de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Antonio Basagoiti Pastor, sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en el ejercicio de su cargo.

Y, de otra parte, el ilustrísimo señor don Javier Trigo Oubiña, sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en el ejercicio de su cargo.

INTERVIENEN

El ilustrísimo señor don Antonio Basagoiti Pastor, como Director general del Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en nombre y representación de la Administración General del Estado, según las competencias que le corresponden a tenor del apartado octavo del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 2 de marzo de 1990, en redacción aprobada por el mismo órgano colegiado el 3 de julio de 1998 («Boletín Oficial del Estado» número 169, del 16).

Y el ilustrísimo señor don Javier Trigo Oubiña, como Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, nombrado por Decreto Foral 365/1996, de 23 de septiembre, («Boletín Oficial de Navarra» número 117, de 25 de septiembre), en nombre y representación de la Comunidad Foral de Navarra.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

EXPONEN

Que con fecha 2 de marzo de 1998 se firmó la ampliación del convenio de colaboración suscrito el 9 de septiembre de 1996 entre el Instituto de la Juventud del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Foral de Navarra para conjuntamente promover actuaciones que contribuyan a favorecer el acceso a la vivienda de la juventud.

Que en la cláusula primera del referido convenio de ampliación se establece que, para dar continuidad al mismo, se firmará en el primer trimestre de cada año un Protocolo que establezca las actividades a realizar, así como los medios de todo tipo necesarios para su ejecución, especificando las aportaciones respectivas.

Que siguiendo vigentes los motivos que dieron lugar al convenio antedicho, las partes en el mismo acuerdan suscribir el presente Protocolo, según el tenor de las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Protocolo tiene por objeto dar continuidad a las acciones pactadas en la estipulación primera del convenio suscrito entre las dos partes el 9 de septiembre de 1996.

Segunda.

Para el año 1999, la distribución pormenorizada de las aportaciones de cada una de las partes para este programa, serán las siguientes:

I. El Instituto de la Juventud, con cargo al número económico, 19.201.323A.226.10 de su vigente presupuesto, del que existe remanente suficiente, abonará los gastos que se produzcan por:

1. La cobertura del seguro multirriesgo-hogar hasta un máximo de 8.500.000 pesetas.

La prima para cada una de las pólizas será 7.500 pesetas.

2. La cobertura del seguro de caución hasta un máximo de 15.000.000 de pesetas.

La prima de cada una de las pólizas será como máximo el 3 por 100 de la renta anual de cada contrato.

3. La realización de los cursos de formación, asesoramiento, gestión técnica y seguimiento del programa hasta un máximo de 7.500.000 pesetas.

Total de su aportación: 31.000.000 de pesetas.

Esta cantidad es global para todas las Comunidades Autónomas incorporadas al Programa Bolsa de Vivienda Joven en Alquiler.

II. La Dirección General (u organismo correspondiente), correrá directamente con los gastos que se produzcan por:

1. Personal necesario para el programa: 7.000.000 de pesetas.

2. Gastos de local: 1.500.000 de pesetas.

Total de su aportación: 8.500.000 pesetas.

Este gasto no tiene una consignación presupuestaria específica, puesto que las personas que desarrollan el programa son funcionarios de este Instituto y los locales son la sede de la citada institución.

Tercera.

El presente Protocolo estará vigente durante todo el año 1999.

Y para que así conste, en prueba de conformidad con lo expuesto anteriormente las partes firman el presente Protocolo en el lugar y fechas expresados, en dos ejemplares que hacen fe.

Por el Instituto de la Juventud, Antonio Basagoiti Pastor.‒Por el Instituto Navarro de Deporte y Juventud, Javier Trigo Oubiña.

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