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Documento BOE-A-1999-1290

Resolución de 25 de noviembre de 1998, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Actualización del Convenio firmado por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía con la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial y para la Prestación en Zonas Rurales de Determinados Servicios Sanitarios a los Mutualistas y demás Beneficiarios Adscritos a Entidades de Seguros de Asistencia Sanitaria Concertada con dichas Mutualidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 19 de enero de 1999, páginas 2479 a 2483 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1999-1290

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 6 de octubre de 1998 se suscribió el Acuerdo de Actualización del Convenio firmado el día 28 de enero de 1997 por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía con la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial para la Prestación en Zonas Rurales de determinados Servicios Sanitarios a los Mutualistas y demás Beneficiarios Adscritos a Entidades de Seguros de Asistencia Sanitaria Concertada con dichas Mutualidades.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 25 de noviembre de 1998.‒El Secretario de Estado, Francisco Villar García-Moreno.

ANEXO
Acuerdo de actualización del Convenio firmado el día 28 de enero de 1997 por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía con la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial para la Prestación en Zonas Rurales de determinados Servicios Sanitarios a los Mutualistas y demás Beneficiarios Adscritos a Entidades de Seguros de Asistencia Sanitaria Concertada con dichas Mutualidades

En Sevilla a 6 de octubre de 1998.

Reunidos los firmantes del citado Convenio, y al amparo de lo previsto en sus cláusulas novena y undécima,

ACUERDAN

Primero.

Actualizar, con efectos de 1 de enero de 1999, los anexos II y III del Convenio de referencia, anexos que a partir de dicha fecha son los que, sellados por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, figuran unidos a este documento, junto con el anexo I vigente, y en cuya portada consta: «Anexos I, II y III, a 1 de enero de 1998», y que modifican las personas adscritas a cada mutualidad y entidad aseguradora, así como los precios que se indican en las cláusulas quinta y sexta originales. Dichos precios pasan a ser, para 1998, los de 1.175 pesetas por mes y persona, que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las mutualidades y resida en los municipios recogidos en el anexo I, y de 99 pesetas por mes y persona, que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las mutualidades y resida en localidades de menos de 20.000 habitantes no incluidas en los listados del anexo I.

Segundo.

Las regularizaciones económicas derivadas de las actualizaciones de los anexos II y III del Convenio, citadas en el punto primero del presente documento, serán efectuadas en un único pago por las correspondientes mutualidades, en un plazo no superior a los dos meses a partir de la firma del presente Acuerdo.

Tercero.

Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente a sus representados del acuerdo alcanzado para facilitar la aplicación del mismo.

Y en prueba de conformidad, firman a continuación el presente documento, extendido en tantos ejemplares como partes intervinientes, los representantes de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, y de cada una de las mutualidades.‒El Director general de Aseguramiento, Financiación y Planificación de la Consejería de Salud.‒José de Haro Bailón.‒El Director general del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, José Antonio Sánchez Velayos.‒La Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Ana María Pastor Julián.‒El Presidente de la Mutualidad General Judicial, Benigno Varela Autrán.

ANEXO I
Municipios Zona básica de salud
Almería  
Abla. Abla.
Abrucena. Abla.
Albánchez. Albox.
Alboloduy. Alhama de Almería.
Alcolea. Berja.
Alcóntar. Serón.
Alcudia de Monteagud. Tabernas.
Alhabia. Alhama de Almería.
Alhama de Almería. Alhama de Almería.
Alicún. Alhama de Almería.
Almocita. Alhama de Almería.
Alsodux. Alhama de Almería.
Bacares. Serón.
Bayárcal. Berja.
Beires. Alhama de Almería.
Benahadux. Benahadux.
Benitagla. Tabernas.
Benizalónl Sorbas.
Bentarique. Alhama de Almería.
Canjáyar. Alhama de Almería.
Castro de Filabres. Tabernas.
Chercos. Olula del Río.
Cóbdar. Albox.
Darrical. Berja.
Enix. Roquetas de Mar.
Félix. Roquetas de Mar.
Fiñana. Abla.
Fondón. Berja.
Gádor. Benahadux.
Gergal. Abla.
Huecija. Alhama de Almería.
Illar. Alhama de Almería.
Instinción. Alhama de Almería.
Laroya. Olula del Río.
Laujar de Andarax. Berja.
Líjar. Olula del Río.
Lubrín. Sorbas.
Lucainena de las Torres. Sorbas.
Lúcar. Serón.
Nacimiento. Abla.
Níjar. Níjar.
Ohanes. Alhama de Almería.
Olula de Castro. Abla.
Padules. Alhama de Almería.
Partaloa. Albox.
Paterna del Río. Berja.
Ragol. Alhama de Almería.
Rioja. Benahadux.
Santa Cruz. Alhama de Almería.
Santa Fe de Mondújar. Benahadux.
Senes. Tabernas.
Sierro. Olula del Río.
Somontín. Olula del Río.
Sorbas. Sorbas.
Suflí. Olula del Río.
Tabernas. Tabernas.
Taberno. Huércal-Overa.
Tahal. Tabernas.
Terque. Alhama de Almería.
Tres Villas (Las). Abla.
Turrillas. Sorbas.
Uleila del Campo. Sorbas.
Urracal. Olula del Río.
Velefique. Tabernas.
Cádiz  
Alcalá de los Gazules. Media Sidonia.
Alcalá del Valle. Alcalá del Valle-Olvera.
Algar. Arcos de la Frontera.
Benalup. Medina Sidonia.
Bornos. Villamartín.
Bosque (El). Villamartín.
Castellar de la Frontera. Jimena de la Frontera.
Espera. Arcos de la Frontera.
Gastor (El). Olvera.
Grazalema. Ubrique.
La Barca de la Florida. La Barca de la Florida.
Prado del Rey. Villamartín.
Puerto Serrano. Villamartín.
San José del Valle. La Barca de la Florida.
Torre-Alháquime. Olvera.
Trebujena. Sanlúcar-Barrio Alto.
Zahara. Olvera.
Córdoba  
Adamuz. Montoro.
Aguilar de la Frontera. Aguilar.
Alcaracejos. Pozoblanco.
Almedinilla. Priego de Córdoba.
Almodóvar del Río. Posadas.
Añora. Pozoblanco.
Belalcázar. Hinojosa del Duque.
Belmez. Peñarroya.
Benamejí. Benamejí.
Blázquez (Los). Pañarroya.
Bujalance. Bujalance.
Cañete de las Torres. Bujalance.
Carcabuey. Priego de Córdoba.
Cardeña. Villanueva de Córdoba.
Carlota (La). La Carlota.
Carpio (El). Bujalance.
Castro del Río. Castro del Río.
Conquista. Villanueva de Córdoba.
Doña Mencía. Cabra.
Dos Torres. Pozoblanco.
Encinas Reales. Benamejí.
Espejo. Castro del Río.
Espiel. Peñarroya.
Fernán-Núñez. La Rambla.
Fuente la Lancha. Pozoblanco.
Fuente-Obejuna. Peñarroya.
Fuente Palmera. Fuente Palmera.
Fuente Tójar. Priego de Córdoba.
Granjuela (La). Peñarroya.
Gualdalcázar. Córdoba.
Guijo (El). Pozoblanco.
Hinojosa del Duque. Hinojosa de Duque.
Hornachuelos. Palma del Río.
Iznájar. Iznájar.
Luque. Baena.
Montalbán de Córdoba. La Rambla.
Montemayor. La Rambla.
Montoro. Montoro.
Monturque. Lucena.
Moriles. Aguilar.
Nueva Carteya. Cabra.
Obejo. Córdoba.
Palenciana. Benamejí.
Pedro Abad. Montoro.
Pedroche. Pozoblanco.
Peñarroya-Pueblonuevo. Peñarroya-Pueblonuevo.
Posadas. Posadas.
Pozoblanco. Pozoblanco.
La Rambla. La Rambla.
Rute. Rute.
San Sebastián de los Ballesteros. La Carlota.
Santa Eufemia. Pozoblanco.
Santaella. La Rambla.
Torrecampo. Pozoblanco.
Valenzuela. Bujalanco.
Valsequillo. Peñarroya.
Victoria (La). La Carlota.
Villa del Río. Montoro.
Villafranca de Córdoba. Bujalance.
Villaharta. Córdoba.
Villanueva de Córdoba. Villanueva de Córdoba.
Villanueva del Duque. Pozoblanco.
Villanueva del Rey. Peñarroya.
Villaralto. Pozoblanco.
Villaviciosa de Córdoba. Córdoba.
Viso (El). Pozoblanco.
Zuheros. Baena.
Granada  
Agrón. Churriana de la Vega.
Alamedilla. Pedro Martínez.
Algondón. Albuñol.
Albuñán. Guadix.
Albuñol. Albuñol.
Aldeire. Marquesado.
Algarinejo. Montefrío.
Alhama de Granada. Alhama de Granada.
Alicún de Ortega. Pedro Martínez.
Almegíjar. Orgiva.
Alpujarra Sierra (antiguos municipios de Mecina, Bombarón y Yegén). Cadiar.
Alquife. Marquesado.
Arenas del Rey. Alhama de Granada.
Beas de Granada. Albaycín-Granada.
Beas de Guadix. Purullena.
Benalúa de Guadix. Purullena.
Benalúa de las Villas. Iznalloz.
Benamaurel. Baza.
Berchules. Cadiar.
Bubión. Orgiva.
Busquistar. Orgiva.
Cacín. Alhama de Granada.
Cadiar. Cadiar.
Calahorra (La). Marquesado.
Calicasas. Alfacar.
Campotéjar. Iznalloz.
Caniles. Baza.
Cañar. Orgiva.
Capileira. Orgiva.
Carataunas. Orgiva.
Castaras. Cadiar.
Castilléjar. Huéscar.
Castril. Huéscar.
Cijuela. Santafé.
Cogollos de Guadix. Guadix.
Colomera. Maracena.
Cortes de Baza. Baza.
Cortes y Graeña. Purullena.
Cúllar. Baza.
Chimeneas. Santafé.
Darro. Purullena.
Dehesas de Guadix. Pedro Martínez.
Deifontes. Iznalloz.
Diezma. Purullena.
Dílar. Armilla.
Dólar. Marquesado.
Escúzar. Churriana de la Vega.
Ferreira. Marquesado.
Fonelas. Purullena.
Freila. Baza.
Galera. Huéscar.
Gobernador. Iznalloz.
Gor. Guadix.
Gorafe. Guadix.
Guadaortuña. Iznalloz.
Guajares (Los) (antiguos municipios de Guajar Alto, Guajar Faragut y Guajar Fondón). Salobreña.
Gualchos. Motril.
Güejar Sierra. Bolo de Oro-Granada.
Guevéjar. Alfacar.
Huélago. Pedro Martínez.
Hueneja. Marquesado.
Huétor-Santillán. Albaycín-Granada.
Itrabo. Salobreña.
Iznalloz. Iznalloz.
Jallena. Alhama de Granada.
Jerez del Marquesado. Marquesado.
Jete. Almuñécar.
Jun. Cartuja-Granada.
Juviles. Cadiar.
Lachar. Santafé.
Lanteira. Marquesado.
Lecrín. Valle de Lecrín.
Lentegí. Almuñécar.
Lobras. Cadiar.
Lugros. Purullena.
Lújar. Motril.
Malaha (La). Churriana de la Vega.
Marchal. Purullena.
Moclín. Pinos Puente.
Molvízar. Salobreña.
Monachil. La Zubia.
Montefrío. Montefrío.
Montejícar. Iznalloz.
Montillana. Iznalloz.
Moraleda de Zafayona. Huétor-Tajar.
Morelabor (antiguos municipios de Moreda y Laborcillas). Pedro Martínez.
Murtas. Cadiar.
Nevada (antiguos municipios de Laroles, Mairena y Picena). Ugíjar.
Nigüelas. Valle de Lecrín.
Nívar. Alfacar.
Orce. Huéscar.
Orgiva. Orgiva.
Otívar. Almuñécar.
Pampaneira. Orgiva.
Pedro Martínez. Pedro Martínez.
Peza (La). Purullena.
Pinar (El) (antiguos municipios de Izbor, Pinos del Valle y Tablete). Valle de Lecrín.
Píñar. Iznalloz.
Polícar. Purullena.
Polopos. Albuñol.
Portugos. Orgiva.
Puebla de Don Fabrique. Huéscar.
Purullena. Purullena.
Rubite. Motril.
Salar. Huétor-Tajar.
Santa Cruz del Comercio. Alhama de Granada.
Soportújar. Orgiva.
Sorvilán. Albuñol.
Taha (La) (antiguos municipios de Ferreirola, Mecina Fondales y Pitres). Orgiva.
Torre Cardela. Iznalloz.
Torvizcón. Orgiva.
Trevélez. Orgiva.
Turón. Cadiar.
Ugíjar. Ugíjar.
Válor. Ugíjar.
Valle (El) (antiguos municipios de Melegis, Restabal y Saleres). Valle de Lecrín.
Valle de Zalabí (antiguos municipios de Alcudia de Guadix, Charches y Esfiliana). Guadix.
Vegas del Genil (antiguos municipios de Ambroz, Beligena, Casas Bajas y Purchil). Churriana de la Vega.
Vélez de Banaudalla. Motril.
Ventas de Huelma. Churriana de la Vega.
Villamena (antiguos municipios de Conchar y Cozvíjar). Valle de Lecrín.
Villanueva de las Torres. Pedro Martínez.
Villanueva Mesía. Huétor-Tajar.
Víznar. Alfacar.
Zafarraya. Alhama de Granada.
Zagra. Loja.
Zújar. Baza.
Huelva  
Alájar. Aracena.
Almendro (El). Andévalo occidental.
Almonaster la Real. Cortegana.
Alosno. Andévalo occidental.
Aroche. Cortegana.
Arroyomolinos de León. Santa Olalla del Cala.
Berrocal. Minas de Río Tinto.
Cabezas Rubias. Andévalo occidental.
Cala. Santa Olalla del Cala.
Calañas. Calañas.
Campillo (El). Minas de Río Tinto.
Campofrío. Minas de Río Tinto.
Cañaveral de León. Cumbres Mayores.
Castaño del Robledo. Aracena.
Cerro de Andévalo (El). Calañas.
Corteconcepción. Aracena.
Cortelazor. Aracena.
Cumbres de Enmedio. Cumbres Mayores.
Cumbres de San Bartolomé. Cumbres Mayores.
Cumbres Mayores. Cumbres Mayores.
Chucena. Pilas (Sevilla).
Encinasola. Cumbres Mayores.
Escacena del Campo. La Palma del Condado.
Fuenteheridos. Aracena.
Galaroza. Aracena.
Granada del Río Tinto (La). Minas de Río Tinto.
Granado (El). Andévalo occidental.
Higuera de la Sierra. Aracena.
Hinojales. Cumbres Mayores.
Hinojos. Pilas (Sevilla).
Jabugo. Cortegana.
Linares de la Sierra. Aracena.
Marines, Los. Aracena.
Minas de Río Tinto. Minas de Río Tinto.
Nava (La). Cortegana.
Nerva. Minas de Río Tinto.
Paterna del Campo. La Palma del Condado.
Paymogo. Andévalo occidental.
Puerto Moral. Aracena.
San Bartolomé de la Torre. Gibraleón.
San Silvestre de Guzmán. Ayamonte.
Sanlúcar de Guadiana. Andévalo occidental.
Santa Ana la Real. Aracena.
Santa Bárbara de Casa. Andévalo occidental.
Valdelargo. Aracena.
Villablanca. Ayamonte.
Villalba del Alcor. La Palma del Condado.
Villanueva de las Cruces. Andévalo occidental.
Villanueva de los Castillejos. Andévalo occidental.
Zalamea la Real. Minas de Río Tinto.
Zufre. Santaolalla del Cala.
Jaén  
Albánchez de Úbeda. Mancha Real.
Aldeaquemada. La Carolina.
Arquillos. Linares.
Bedmar y Garcíez (Bedmar). Jódar.
Begíjar. Baeza.
Bélmez de la Moraleda. Huelma.
Benatae. Orcera.
Cabra del Santo Cristo. Huelma.
Cambil. Huelma.
Campillo de Arenas. Jaén.
Canena. Úbeda.
Carboneros. La Carolina.
Carcheles (Carchelejo-Carchel). Jaén.
Castellar de Santisteban. Santisteban del Puerto.
Chiclana de Segura. Santisteban del Puerto.
Chilluévar. Cazorla.
Escañuela. Arjona.
Espeluy. Mengíbar.
Frailes. Alcalá la Real.
Fuerte del Rey. Jaén.
Génave. Orcera.
Guardia de Jaén (La). Jaén.
Hinojares. Pozo Alcón.
Hornos de Segura. Orcera.
Huesa. Peal de Becerro.
Ibros. Baeza.
Iruela (La). Cazorla.
Iznatoraf. Villanueva del Arzobispo.
Jabalquinto. Linares.
Jamilena. Torredelcampo.
Jimena. Mancha Real.
Larva. Jódar.
Lupión. Baeza.
Montizón. Santisteban del Puerto.
Navas de San Juan. Santisteban del Puerto.
Peal de Becerro. Peal de Becerro.
Puente de Génave. Orcera.
Puerta de Segura (La). Orcera.
Quesada. Peal de Becerro.
Rus. Úbeda.
Sabiote. Torreperogil.
Santa Elena. La Carolina.
Santiago Pontones (Santiago Espada). Santiago Pontones.
Santisteban del Puerto. Santisteban del Puerto.
Santo Tomé. Cazorla.
Segura de la Sierra. Orcera.
Siles. Orcera.
Sorihuela del Guadalimar. Santisteban del Puerto.
Torresblascopedro. Linares.
Torres. Mancha Real.
Torres de Albánchez. Orcera.
Vilches. Linares.
Villardompardo. Torredonjimeno.
Villares (Los). Jaén.
Villarrodrigo. Orcera.
Málaga  
Alameda. Molina.
Alcaucín. Viñuela.
Alfarnate. Colmenar.
Alfarnatejo. Colmenar.
Algatocín. Algatocín.
Alhaurín de la Torre. Alhaurín de la Torre.
Alhaurín el Grande. Alhaurín el Grande.
Almáchar. Benamargosa.
Almargen. Campillos.
Almogía. Puerto de la Torre.
Alozaina. Alozaina.
Alpandeire. Ronda.
Archez. Torre del Mar.
Archidona. Archidona.
Ardales. Alora.
Arenas. Vélez-Málaga.
Arriate. Ronda.
Atajate. Benaoján.
Benadalid. Algatocín.
Benahavís. San Pedro de Alcántara.
Benalauría. Algatocín.
Benamargosa. Benamargosa.
Benamocarra. Vélez-Málaga.
Benaoján. Benaoján.
Benarrabá. Algatocín.
Borge (El). Benamargosa.
Burgo (El). Ronda.
Campillos. Campillos.
Canillas de Aceituno. Viñuela.
Canillas de Albaida. Torre del Mar.
Cañete la Real. Campillos.
Carratraca. Alora.
Cartajima. Ronda.
Cartama. Cartama.
Casabermeja. Ciudad Jardín.
Casarabonela. Alozaina.
Colmenar. Colmenar.
Comares. Benamargosa.
Cortes de la Frontera. Benaoján.
Cuevas Bajas. Archidona.
Cuevas de San Marcos. Archidona.
Cuevas del Becerro. Ronda.
Cútar. Benamargosa.
Faraján. Ronda.
Frigiliana. Nerja.
Fuente de Piedra. Mollina.
Gaucín. Algatocín.
Genalguacil. Algatocín.
Guaro. Coín.
Humilladero. Mollina.
Igualeja. Ronda.
Istán. Marbella.
Iznate. Vélez-Málaga.
Jimera de Líbar. Benaoján.
Jubrique. Algatocín.
Júzcar. Ronda.
Macharavialla. Rincón de la Victoria.
Manilva. Estepona.
Moclinejo. Rincón de la Victoria.
Mollina. Mollina.
Monda. Coín.
Montejaque. Benaoján.
Ojén. Marbella.
Parauta. Ronda.
Periana. Viñuela.
Pizarra. Cartama.
Pujerra. Ronda.
Riogordo. Colmenar.
Salares. Viñuela.
Sayalonga. Torre del Mar.
Sedella. Viñuela.
Sierra de Yeguas. Campillos.
Teba. Campillos.
Tolox. Alozaina.
Torrox. Torrox.
Totalán. Pedregalejo-El Palo.
Valle de Abdalajís. Antequera.
Villanueva de Algaidas. Archidona.
Villanueva de Tapia. Archidona.
Villanueva del Rosario. Antequera.
Villanueva del Trabuco. Archidona.
Viñuela. Viñuela.
Yunquera. Alozaina.
Sevilla  
Aguadulce. Estepa.
Alanís. Cazalla de la Sierra.
Albaida del Aljarafe. Olivares.
Algamitas. El Saucejo.
Almadén de la Plata. Santa Olalla de Cala.
Almensilla. Coria del Río.
Badalatosa. Estepa.
Benacazón. Sanlúcar la Mayor.
Cañada del Rosal. La Lusiana.
Carrión de los Céspedes. Pilas.
Castilblanco de los Arroyos. Guillena.
Castilleja de Guzmán. Castilleja de la Cuesta.
Castilleja del Campo. Sanlúcar la Mayor.
Castillo de las Guardas (El). Guillena.
Coripe. Morón de la Frontera.
Corrales (Los). El Saucejo.
Espartinas. Sanlúcar la Mayor.
Garrobo (El). Guillena.
Gerena. Guillena.
Gilena. Estepa.
Guadalcanal. Cazalla de la Sierra.
Lora de Estepa. Estepa.
Luisisna (La). La Luisiana.
Madroño (El). Guillena.
Marinaleda. Estepa.
Martín de la Jara. El Saucejo.
Molares (Los). Utrera.
Navas de la Concepción (Las). Constantina.
Palomares del Río. Mairena de Aljarafe.
Pedrera. Estepa.
Pedroso (El). Constantina.
Pruna. Morón de la Frontera.
Puebla de Cazalla (La). Puebla de Cazalla.
Puebla de los Infantes (La). Lora del Río.
Real de la Jara (El). Santa Olalla de Cala.
Ronquillo (El). Guillena.
Rubio (El). Osuna.
San Nicolás del Puerto. Constantina.
Saucejo (El). El Saucejo.
Villafranca Guadalquivir. Coria del Río.
Villamanrique de la Condesa. Pilas.
Villanueva de San Juan. El Saucejo.
ANEXO II
Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el anexo I e importe que debe abonarse mensualmente a la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía por cada uno de los colectivos (a 1 de febrero de 1998)

Precio por persona = 1.175 pesetas/mes en 1998

Entidad Personas adscritas Importe mensual

De

MUFACE

Pesetas

De

ISFAS

Pesetas

De

MUGEJU

Pesetas

Por col.

MUFACE

Pesetas

Por col.

ISFAS

Pesetas

Por col.

MUGEJU

Pesetas

ADESLAS. 6.880 5.103 68 8.084.000 5.996.025 79.900
AEGON.
AMECESA. 1 1.175
ASEICA. 7 8.225
ASISA. 14.183 5.883 224 16.665.025 6.912.525 263.200
Caja Salud. 1.111 347 24 1.305.425 407.725 28.200
Caser Salud. 1.103 323 1.296.025 379.525
Groulpama Ibérica. 45 14 52.875 16.450
Igual. Santander. 4 4.700
La Equitativa. 1 9 1.175 10.575
PREVIASA. 61 71.675
Sanitas. 105 123.375
Unión Médica Gaditana. 264 310.200
 Total. 23.653 11.686 421 27.792.275 13.731.050 494.675
ANEXO III
Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios de 20.000 habitantes (excluidas las que figuran en el anexo II) e importe que debe abonarse mensualmente a la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía por cada uno de los colectivos (a 1 de febrero de 1998)

Precio por persona = 99 pesetas/mes en 1998

Entidad Personas adscritas Importe mensual

De

MUFACE

Pesetas

De

ISFAS

Pesetas

De

MUGEJU

Pesetas

Por col.

MUFACE

Pesetas

Por col.

ISFAS

Pesetas

Por col.

MUGEJU

Pesetas

ADESLAS. 12.798 9.409 439 1.267.002 931.491 43.461
AEGON. 4 396
AMECESA. 1 99
ASEICA. 15 1.485
ASISA. 22.968 9.619 727 2.273.832 952.281 71.973
Caja Salud. 5.115 1.519 111 506.385 150.381 10.989
Caser Salud. 2.574 443 254.826 43.857
Groulpama Ibérica. 11 1.089
Igual. Santander. 5 495
La Equitativa. 2 5 198 495
PREVIASA. 313 18 30.987 1.782
Sanitas. 396 39.204
Unión Médica Gaditana. 654 64.746
 Total. 44.445 21.010 1.691 4.400.055 2.079.990 167.409

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