De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en
el "Boletín Oficial del Estado" de la adenda al Convenio Marco de
colaboración entre la Comunidad Autónoma de Asturias y el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación para la puesta en marcha de las medidas
estructurales de acompañamiento de la política agraria común, que figura
como anexo a esta Resolución.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 10 de mayo de 1999.-El Director general, Antonio Rodríguez
de la Borbolla y Vázquez.
ANEXO
Adenda al Convenio Marco de colaboración entre la Comunidad
Autónoma de Asturias y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
para la puesta en marcha de las medidas estructurales de
acompañamiento de la política agraria común
En Madrid, 26 de abril de 1999.
REUNIDOS
De una parte, el ilustrísimo señor don Manuel Lamela Fernández,
Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, en virtud del Real
Decreto 1515/1997, de 26 de septiembre, en cumplimiento del artículo 1,
apartado 19 de la Orden de 28 de julio de 1998, sobre delegación de
atribuciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, actuando
por delegación de la señora Ministra a quien corresponde la competencia
de la firma en virtud del Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de julio
de 1998, sobre competencia para celebrar convenios de colaboración con
las Comunidades Autónomas.
De otra, el excelentísimo señor don Manuel Fernández Fernández,
Consejero de Agricultura (Decreto del Presidente del Principado 15/1998,
de 16 de junio), en nombre de la Comunidad Autónoma del Principado
de Asturias, con autorización del Consejo del Gobierno de esta Comunidad,
de fecha 21 de mayo de 1998.
Se reconocen recíprocamente la capacidad legal para suscribir la
presente adenda, a cuyo fin:
EXPONEN
1. o Que con fecha 13 de junio de 1997 se suscribe el Convenio Marco
de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Asturias y el Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación para la puesta en marcha de las
medidas estructurales de acompañamiento de la política agraria común.
2. o Que en la cláusula segunda del citado Convenio Marco se establece
que las previsiones máximas de inversión correspondientes a cada uno
de los programas afectados se fijarán anualmente en un protocolo adicional.
De acuerdo con todo lo expuesto y con el fin de establecer las
previsiones máximas de inversión para el año 1999, ambas partes suscriben
la presente
ADENDA
Los importes correspondientes a las ayudas cofinanciadas por el MAPA,
la Comunidad Autónoma de Asturias y el FEOGA-Garantía durante el
año 1999, en millones de pesetas, y su equivalente en euros, se consignan
a continuación:
MAPA Comunidad Autónoma FEOGA-Garantía Total general
Millones de pesetas Millones de euros Millones de pesetas Millones de euros Millones de pesetas Millones de euros Millones de pesetas Millones de euros
Medida
Ayudas agroambientales............ 57,14 0,34 57,14 0,34 342,84 2,06 457,12 2,75
Cese anticipado....................... 168,70 1,01 168,70 1,01 1.012,20 6,08 1.349,60 8,11
Forestación tierras agrarias........ 54,01 0,32 54,01 0,32 324,06 1,95 432,08 2,60
Totales............................. 279,85 1,68 279,85 1,68 1.679,10 10,09 2.238,80 13,46
Los importes indicados anteriormente pueden dedicarse al pago de
cualquiera de las medidas de acuerdo con las certificaciones del ejercicio.
Los importes transferidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación y no reconocidos a los beneficiarios se incorporan como
remanentes a los anticipos presupuestarios del MAPA para el ejercicio
del año siguiente
Programa y concepto presupuestario:
Medidas agroambientales: 717A-779.02.
Cese anticipado Real Decreto 1695/1995: 713B-778.00.
Forestación de tierras agrarias: 717A-779.03.
Y para la debida constancia de lo convenido se firma esta adenda
en triplicado ejemplar en el lugar y fecha al principio mencionados.-El
Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, Manuel Lamela
Fernández.-El Consejero de Agricultura, Manuel Fernández Fernández.
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