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Documento BOE-A-1999-13180

Resolución de 18 de mayo de 1999, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se da publicidad a la addenda al Convenio marco de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la puesta en marcha de las medidas estructurales de acompañamiento de la política agraria común.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 14 de junio de 1999, páginas 22755 a 22756 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1999-13180

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el

"Boletín Oficial del Estado" de la addenda al Convenio marco de

colaboración entre la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio de

Agricultura, Pesca y Alimentación para la puesta en marcha de las medidas

estructurales de acompañamiento de la política agraria común, que figura

como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 18 de mayo de l999.-El Director general, Antonio Rodríguez

de la Borbolla y Vázquez.

ANEXO

Addenda al Convenio marco de colaboración entre la Comunidad

Autónoma de Aragón y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

para la puesta en marcha de las medidas estructurales de

acompañamiento de la política agraria común

En Madrida6demayo de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Manuel Lamela Fernández,

Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, en virtud del Real Decreto

1515/1997, de 26 de septiembre, en cumplimiento del artículo 1,

apartado 19, de la Orden de 28 de julio de 1998, sobre delegación de atribuciones

del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, actuando por

delegación de la señora Ministra a quien corresponde la competencia de la

firma en virtud del Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de julio de 1998,

sobre competencia para celebrar Convenios de colaboración con las

Comunidades Autónomas.

De otra, el excelentísimo señor don José Manuel Lasa Dolhagaray,

Consejero de Agricultura y Medio Ambiente (Decreto 11, de 11 de julio de l995),

en nombre de la Comunidad Autónoma de Aragón, con autorización del

Consejo de Gobierno de esta Comunidad.

Se reconocen recíprocamente la capacidad legal para suscribir la

presente addenda a cuyo fin:

EXPONEN

1. o Que con fecha 29 de mayo de l997 se suscribe el Convenio marco

de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Aragón y el Ministerio

de Agricultura, Pesca y Alimentación para la puesta en marcha de las

medidas estructurales de acompañamiento de la política agraria común.

2. o Que en la cláusula segunda del citado Convenio marco se establece

que las previsiones máximas de inversión correspondientes a cada uno

de los programas afectados se fijarán anualmente en un protocolo adicional.

De acuerdo con todo lo expuesto y con el fin de establecer las

previsiones máximas de inversión para el año 1999, ambas partes suscriben

la presente addenda.

Los importes correspondientes a las ayudas cofinanciadas por el MAPA,

la Comunidad Autónoma de Aragón y el FEOGA-Garantía durante el

año 1999, en millones de pesetas, y su equivalente en euros, se consignan

a continuación:

MAPA Comunidad Autónoma FEOGA-Garantía Total general

Millones de pesetas Millones de euros Millones de pesetas Millones de euros Millones de pesetas Millones de euros Millones de pesetas Millones de euros

Medida

Ayudas agroambientales............ 210,00 1,26 210,00 1,26 420,00 2,52 840,00 5,05

Cese anticipado....................... 28,82 0,17 28,82 0,17 57,64 0,35 115,28 0,69

Forestación tierras agrarias........ 98,07 0,59 98,07 0,59 196,14 1,18 392,28 2,36

Totales.......................... 336,89 2,02 336,89 2,02 673,78 4,05 1.347,56 8,10

Los importes indicados anteriormente pueden dedicarse al pago de

cualquiera de las medidas de acuerdo con las certificaciones del ejercicio.

Los importes transferidos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y

Alimentación y no reconocidos a los beneficiarios, se incorporan como

remanentes a los anticipos presupuestarios del MAPA para el ejercicio

del año siguiente.

Programa y concepto presupuestario:

Medidas agroambientales: 717A-779.02.

Cese anticipado Real Decreto 1695/1995: 713B-778.00.

Forestación de tierras agrarias: 717A-779.03.

Y para la debida constancia de lo convenido se firma esta addenda

en cuadruplicado ejemplar en el lugar y fecha al principio mencionados.

El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, Manuel Lamela

Fernández.-El Consejero de Agricultura y Medio Ambiente, José Manuel

Lasa Dolhagaray.

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