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Documento BOE-A-1999-13528

Orden de 10 de junio de 1999 por la que se crea una unidad dependiente del establecimiento penitenciario de Valladolid.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 1999, páginas 23488 a 23488 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1999-13528

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de Instituciones Penitenciarias, además de arbitrar los medios necesarios para lograr el cumplimiento del fin primordial de las penas y medidas de privación de libertad, la reeducación y la reinserción social de las personas a ellas sometidas, debe tratar de obtener la coordinación con las distintas Administraciones públicas y recabar la colaboración y participación de los ciudadanos y de instituciones o asociaciones públicas y privadas ocupadas en la resocialización de reclusos (artículo 69.2 de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria, y artículos 165 y 166 del Reglamento Penitenciario, aprobado por Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero).

En esta línea, la unidad dependiente que ahora se crea es consecuencia de lo acordado en Convenio de colaboración suscrito entre la anterior Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios, actual Dirección General de Instituciones Penitenciarias, y la Federación Nacional de Asociaciones para el Estudio de la Problemática Penitenciaria (FENPROP), entidad de reconocida solvencia por su trayectoria en la reeducación y reinserción de personas marginadas y delincuentes.

En su virtud, dispongo:

Primero.

Se crea una unidad dependiente del establecimiento penitenciario de Valladolid ubicada en instalaciones que, a tal efecto, pone a disposición la FENPROP en la calle Miguel Iscar, número 6, tercera planta, en Valladolid.

Dicha unidad dependiente esta destinada a albergar a internos/as del establecimiento penitenciario de Valladolid, clasificados en tercer grado de tratamiento y de acuerdo con los artículos 165.2 y 167 del Reglamento Penitenciario.

Segundo.

Se autoriza a la Dirección General de Instituciones Penitenciarias para que adopte cuantas medidas sean necesarias en aplicación de lo dispuesto en la presente Orden.

Madrid, 10 de junio de 1999.

MAYOR OREJA

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