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Documento BOE-A-1999-13775

Orden de 30 de abril de 1999 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del Centro de Formación Profesional Específica «Dirac», sito en Valladolid.

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 22 de junio de 1999, páginas 23844 a 23845 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-13775

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia del representante legal de

la compañía mercantil "Dirac Castilla-León, Sociedad Anónima Laboral",

solicitando la autorización de apertura y funcionamiento de un Centro

de Formación Profesional Específica que se denominaría "Dirac" y que

estaría situado en la calle Muro, 16, de Valladolid, para impartir ciclos

formativos de grado superior.

Este Ministerio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 7.3 del Real

Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento del Centro que a

continuación se señala:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: "Dirac".

Domicilio: Calle Muro, 16.

Localidad: Valladolid.

Municipio: Valladolid.

Provincia: Valladolid.

Titular: "Dirac Castilla-León, Sociedad Anónima Laboral".

Enseñanzas autorizadas:

Ciclos formativos de grado superior:

a) Turno diurno:

Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

Capacidad:

Número de grupos: Dos.

Número de puestos escolares: Sesenta.

b) Turno vespertino:

Administración de Sistemas Informáticos.

Capacidad:

Número de grupos: Dos.

Número de puestos escolares: Sesenta.

Segundo.-El Centro deberá cumplir la Norma Básica para la Edificación

NBE CPI/96, de Condiciones de Protección Contra Incendios en los

Edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Tercero.-Con carácter previo al comienzo de la actividades educativas

del Centro, la Dirección Provincial del Departamento en Valladolid, deberá

comprobar que el equipamiento se adecua al establecido en el anexo de

la Resolución de la Dirección General de Centros Educativos de 4 de febrero

de 1999, por la que se aprobó el expediente y proyecto de obras del Centro.

Cuarto.-Antes del inicio de las actividades educativas del ciclo

formativo de grado medio, la Dirección Provincial del Departamento en

Valladolid, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación,

deberá aprobar la relación del profesorado con el que contará el Centro,

que deberá cumplir los requisitos establecidos en la Orden de 23 de febrero

de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 27) por la que se regulan las

titulaciones mínimas y condiciones que deben poseer los Profesores para

impartir Formación Profesional Específica en los Centros Privados y en

determinados Centros de titularidad pública.

Quinto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la

notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los

artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativarnente en reposición, en el

plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo

con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 30 de abril de 1999.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de

junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional,

Roberto Mur Montero.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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