Por Orden de 13 de abril de 1999 ("Boletín Oficial del Estado"
del 28), modificada por Orden de 5 de mayo de 1999 ("Boletín
Oficial del Estado" del 7), se convocó concurso específico para
la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Ministerio de
Industria y Energía y que se relacionaban en el anexo I.
Valorados los méritos alegados por los concursantes, previa
actuación de la Comisión de Valoración a que hace referencia
la base décima de la citada Orden, habiéndose dado cumplimiento
a las normas reglamentarias y a las bases de la convocatoria,
este Departamento, en cumplimiento de lo dispuesto en la base
duodécima de la convocatoria, acuerda resolver el presente
concurso, teniendo en cuenta los siguientes puntos:
Primero.-Hacer públicos los destinos definitivos que han sido
adjudicados, y que figuran en anexo de la presente Orden.
Segundo.-Los destinos adjudicados tienen la consideración de
voluntarios y son irrenunciables, de acuerdo con lo previsto en
la base undécima de la convocatoria.
Tercero.-El plazo máximo para la toma de posesión en el nuevo
puesto de trabajo será de tres días hábiles, si radica en la misma
localidad que el desempeñado hasta ese momento, o de un mes,
si radica en distinta o comporta el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contar a partir del
día siguiente al de cese, que deberá efectuarse dentro de los tres
días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del
concurso en el "Boletín Oficial del Estado". Si la resolución comporta
el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá
computarse desde dicha publicación.
El cómputo del plazo para el cese no se iniciará mientras no
finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido
concedidos a los interesados.
Las disposiciones de este punto se entenderán sin perjuicio
de las facultades de prórroga de los plazos de cese y toma de
posesión otorgadas a los Subsecretarios, y contempladas en la
base duodécima, punto 5, de la citada convocatoria.
Cuarto.-Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse potestativamente recurso de reposición
ante este órgano en el plazo de un mes, de conformidad con los
artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificados por la
Ley 4/1999, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación,
ante el órgano competente del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 21 de junio de 1999.-P. D. (Orden de 11 de noviembre
de 1998, "Boletín Oficial del Estado" del 16), el Subsecretario,
Carlos González-Bueno Catalán de Ocón.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
ANEXO: (Ver imagen página 24117).
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