Está Vd. en

Documento BOE-A-1999-14330

Real Decreto 1101/1999, de 18 de junio, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, el Palacio Real de Valladolid.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 29 de junio de 1999, páginas 24668 a 24668 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-14330

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Cultura el 18 de marzo de 1999 incoa

expediente de declaración de monumento a favor del inmueble Palacio

Real situado en la plaza de San Pablo, número 1, en Valladolid.

La tramitación del citado expediente, de conformidad con lo establecido

en la disposición transitoria sexta, apartado 1, de la Ley 16/1985, de 25

de junio, del Patrimonio Histórico Español, se ha llevado a efecto según

lo determinado en la Ley de 13 de mayo de 1933 para la Defensa,

Conservación y Acrecentamiento del Patrimonio Histórico Artístico Nacional;

Reglamento para su aplicación, de 16 de abril de 1936, y la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por

Ley 4/1999.

De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria sexta,

apartado 1, y artículos 6 b) y 14.2 de la Ley 16/1985, y el artículo 14 del

Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, y en aplicación de lo previsto

en el artículo 2.2 de la citada Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico

Español, a propuesta del Ministro de Educación y Cultura y previa deliberación

del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de junio de 1999.

DISPONGO:

Artículo 1.

Se declara bien de interés cultural con categoría de monumento, el

Palacio Real de Valladolid.

Artículo 2.

La zona afectada por el presente Real Decreto comprende solamente

el inmueble de referencia, cuya delimitación se inicia en: número 1 de

la plaza de San Pablo, continúa por los números 13, 11 y 9 de la calle

del León, sigue por los números 2, 4, 6, 8, 10 y 12 de la calle de San

Diego, se prolonga por el número 9 de la plaza de Santa Brígida, y, girando

por la derecha, prosigue a lo largo del muro sin número de la calle de

San Ignacio y sigue por el muro sin número de la calle de San Quirce

hasta llegar al punto de partida en la plaza de San Pablo.

Artículo 3.

La descripción complementaria del bien a que se refiere el presente

Real Decreto, así como la zona afectada por la declaración, son las que

constan en el plano y demás documentación que obran en el expediente.

Asimismo, se incorpora la relación de bienes muebles integrantes del

Patrimonio Histórico Español, vinculados con la historia del edificio y que

son afectados por la declaración de bien de interés cultural, de acuerdo

con lo establecido en el artículo 27 de la Ley 16/1985 y 12.1 del Real

Decreto 11/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985,

modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero.

Dado en Madrid a 18 de junio de 1999.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación y Cultura,

MARIANO RAJOY BREY

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid