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Documento BOE-A-1999-14496

Orden de 4 de junio de 1999 por la que se modifica el concierto educativo del centro «Padre Piquer», de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 30 de junio de 1999, páginas 24915 a 24915 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-14496

TEXTO ORIGINAL

El centro denominado "Padre Piquer", tiene suscrito concierto educativo

para cuatro unidades de Educación Primaria, 17 unidades de Educacion

Secundaria Obligatoria (ocho para el primer ciclo y nueve para el segundo

ciclo), en base a lo establecido en la Orden de 26 de mayo de 1998, por

la que se resolvieron los expedientes de modificación de los conciertos

educativos de los centros docentes privados para el curso 1998/1999.

Por Orden de fecha 18 de mayo de 1999 ("Boletín Oficial del Estado"

de 3 de junio), por la que se resuelve la modificación de los conciertos

educativos para el curso 1999/2000, y teniendo en cuenta que el centro

tiene aprobado un calendario de adaptación a las nuevas enseñanzas del

sistema educativo y la evolución de la matrícula, se aprobó concierto

educativo al centro, para dos unidades de Educación Primaria y 17 unidades

de Educación Secundaria Obligatoria (ocho para el primer ciclo y nueve

para el segundo ciclo), una menos de las solicitadas por la titularidad

del mismo, considerando debía adaptarse a la configuración del centro.

Sin embargo, vista la petición de la titularidad del centro de ampliación

de una unidad concertada para Educación Primaria, ya que el centro prevé

que para el curso 1999/2000 pondrá en funcionamiento tres unidades

de este nivel educativo, en las que se escolarizará 32 alumnos en quinto

curso y 38 alumnos en sexto curso de Educación Primaria, superando,

por tanto, la ratio media establecida por la Administración como requisito

necesario para poder ampliar el número de unidades concertadas,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Aprobar la ampliación de una unidad concertada al centro

"Padre Piquer", sito en calle Cañaveral, número 96, y Geranios, número 30,

de Madrid, quedando establecido un concierto educativo para las unidades

que se detallan:

Tres de Educación Primaria.

Ocho de primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria.

Nueve de segundo ciclo de Educación Secundaria Obligatoria.

Segundo.-La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará

al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar

y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos

que por la presente se acueda.

Tercero.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia

firmada por el Director provincial de Madrid y el titular del centro o persona

con representación legal debidamente acreditada.

Entre la notificación y la firma de la misma, deberá mediar un plazo

mínimo de cuarenta y ocho horas.

Cuarto.-La modificación que por esta Orden se aprueba tendrá efectos

desde el inicio del curso 1999/2000.

Quinto.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa, y contra

la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala

de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a

lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por

la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar

desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en

reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado,

de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 4 de junio de 1999.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996,

"Boletín Oficial del Estado" del 19), el Secretario general de Educación

y Formación Profesional, Roberto Mur Montero.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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